Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 117

El Peruano Sábado 28 de diciembre de 2013 511947 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan Presidente del Tribunal Registral y Presidentes de Salas de las Sedes Lima, Trujillo y Arequipa RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 362-2013-SUNARP-SN Santiago de Surco, 26 de diciembre de 2013 Vistos las Actas de Instalación y designación de los respectivos Presidentes de las cinco Salas, así como del Presidente del Tribunal Registral, de fecha 26 de diciembre 2013. CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Registral es el órgano de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos con competencia nacional para conocer y resolver en segunda y última instancia administrativa las apelaciones contra las observaciones, tachas y otras decisiones de los Registradores y abogados certifi cadores emitidas en el ámbito de la función registral; Que, el tercer párrafo del artículo 55° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo No. 012-2013-JUS, establece que el Presidente del Tribunal será elegido por los vocales titulares en votación secreta, por el período de un año (1) año; Así también, en el segundo párrafo del mismo artículo, establece que el Presidente de cada una de las Salas es elegido por los integrantes de las Salas respectivas, por el período de un (1) año. Que, en atención a los documentos de vistos, resulta pertinente ofi cializar la designación del Presidente del Tribunal Registral, así como de los Presidentes de cada una de las salas del Tribunal Registral para el período 2014; De conformidad con la Ley de creación del Sistema Nacional y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Ley No. 26366 y el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo No. 012-2013-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar la designación del señor abogado Walter Juan Poma Morales, como Presidente del Tribunal Registral de la SUNARP para el período 2014. Artículo Segundo.- Formalizar la designación de los Presidentes de las cinco salas, efectuadas por los Vocales conformantes del Tribunal Registral para el año 2014, que a continuación se detalla; Salas Presidente de Sala Primera Sala, Sede Lima Nora Mariella Aldana Durán Segunda Sala, Sede Lima Luis Alberto Aliaga Huaripata Tercera Sala, Sede Lima Samuel Hernán Gálvez Troncos Cuarta Sala, Sede Trujillo Tito Augusto Torres Sánchez Quinta Sala, Sede Arequipa Raúl Jimmy Delgado Nieto Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Públicos SUNARP 1032470-1 Aprueban “Guía para la inscripción de los actos y derechos de las Organizaciones Sociales de Base” la misma que no tiene carácter normativo y cuyo contenido es de uso facultativo por parte de estas agrupaciones RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 366-2013-SUNARP/SN Lima, 27 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos es un Organismo Público Técnico Especializado creado por la Ley Nº 26366, encargado de planifi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional; Que, desde su creación, los Registros Públicos cumplen un rol importante en la organización y desarrollo económico de nuestra sociedad. Su importancia, se evidencia en la seguridad jurídica que otorga a las operaciones comerciales, intercambio de bienes y otras actividades susceptibles de registro; Que, la SUNARP en el marco de sus funciones, viene adoptando un conjunto de medidas con la fi nalidad de asegurar la mejor calidad en la prestación de sus servicios a la ciudadanía, en especial a favor de ciertos sectores de la población que encuentran difi cultades para que sus actos accedan al Registro y que requieren una intervención proactiva del Estado bajo un enfoque de inclusión social; Que, en virtud de la Ley Nº 25307 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM, el Estado ha decidido reconocer la existencia de las llamadas Organizaciones Sociales de Base (en adelante OSB), las cuales son concebidas como organizaciones autogestionarias que se forman por iniciativa de personas de menores recursos económicos para enfrentar sus problemas alimentarios con la perspectiva de alcanzar un desarrollo humano integral de sus integrantes; Que, mediante Resolución N° 356-2013-SUNARP/SN del 23 de diciembre del presente se aprobó la Directiva N° 011-2013-SUNARP/SN, directiva que regula la inscripción de los actos y derechos de las Organizaciones Sociales de Base, cuyo objetivo era establecer medidas normativas que se adecuen a su contexto y necesidades a fi n de fl exibilizar la inscripción de los principales actos y derechos de estas agrupaciones. Que, teniendo en cuenta la aprobación de una nueva directiva normativa y con la fi nalidad de facilitar el acceso al servicio de inscripción registral de las organizaciones sociales de base, resulta conveniente aprobar la expedición de una nueva guía que constituya un documento de consulta y apoyo para estas agrupaciones, a fi n de facilitarles la inscripción de sus actos y derechos, proporcionándoles además modelos de constancias de convocatoria y quórum, así como un modelo referencial de estatuto que simplifi que su elaboración y contribuya el diligenciamiento de títulos idóneos. Estando a las consideraciones que anteceden, y en mérito de lo establecido por el inciso w) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUNARP, aprobado por el Decreto Supremo N° 012- 2013-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la “Guía para la inscripción de los actos y derechos de las Organizaciones Sociales de Base”, la misma que no tiene carácter normativo y cuyo contenido es de uso facultativo por parte de estas agrupaciones, cuyo texto, en anexo, forma parte de la presente resolución y será publicado en la página web de la SUNARP. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la “Guía para el reconocimiento, el nombramiento del Consejo Directivo, la redacción del estatuto de las Organizaciones Sociales de Base y la Inscripción de estos actos”, aprobada por