Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2013 (18/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de enero de 2013

Articulo 4°.- Dejar subsistente en todos los demas terminos la Resolucion Ministerial N° 1341/RE, de 19 de diciembre de 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores 890303-2

SALUD
Autorizan viaje de representantes del Seguro Integral de Salud y del FISSAL a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 002-2013-SA MORDAZA, 17 de enero del 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 10° de la Ley N° 29761, Ley del Financiamiento Publico de los Regimenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal, en adelante Ley de Financiamiento, se creo la Unidad Ejecutora denominada Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) sobre la base del Fondo creado por la Ley 27656, con el fin de financiar las enfermedades de alto costo de atencion, asi como la atencion de salud de las personas con enfermedades raras o huerfanas, establecida en la Ley N° 29698, Ley que Declara de Interes Nacional y Preferente Atencion el Tratamiento de Personas que padecen Enfermedades Raras o Huerfanas. Constituyendo al FISSAL como una Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud ­ IAFAS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2012-SA, se declaro de interes nacional la Atencion Integral del Cancer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncologicos en el Peru, el cual estara a cargo del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, en el ambito de sus competencias; Que, a traves del articulo 2º del precitado Decreto Supremo se aprueba el "Plan Nacional para la Atencion Integral del Cancer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncologicos en el Peru", denominado "Plan Esperanza", cuya promocion, difusion, implementacion y ejecucion, se realizara con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, del Seguro Integral de Salud y de los demas Pliegos involucrados, segun sus competencias, conforme a lo dispuesto en el articulo 3° del mencionado Decreto Supremo; Que, considerando la existencia de pacientes con diagnostico de Leucemia Linfatica Aguda, que requieren del procedimiento de "Trasplantes de Progenitores Hematopoyeticos Alogenicos No Emparentados", cuyo tratamiento se efectua fuera del MORDAZA, el Seguro Integral de Salud con participacion de su Unidad Ejecutora N° 002 ­ Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL, celebro un convenio con THE UNIVERSITY OF MIAMI MILLER SCHOOL OF MEDICINE, mediante el cual se financiara el procedimiento de "Trasplante de Progenitores Hematopoyeticos Alogenicos No Emparentados", para los pacientes beneficiarios del FISSAL que lo requieran, el cual sera realizado en un hospital localizado en la MORDAZA de Miami, Estado de La MORDAZA, en los Estados Unidos de America; Que, en atencion a ello y en el MORDAZA del convenio suscrito con THE UNIVERSITY OF MIAMI MILLER SCHOOL OF MEDICINE, un grupo de pacientes debera viajar en el primer trimestre del ano 2013 a los Estados Unidos de MORDAZA para someterse al procedimiento de "Trasplante de Progenitores Hematopoyeticos Alogenicos No Emparentados", razon por la cual el Seguro Integral

de Salud, a traves del Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL, debe prever las actividades de representacion institucional y las de orden logistico que permitan la estadia de cada MORDAZA y un acompanante en dicho MORDAZA, por el lapso de tiempo que demande el procedimiento en mencion; Que, con Oficio N° 034-2013-SIS/J, el Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud, solicita se autorice su viaje, asi como del Jefe del Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL a los Estados Unidos de MORDAZA, a fin de que realicen las gestiones logisticas que permitan la contratacion directa de servicios de hospedaje, alimentacion y traslados que demande la estadia en el referido MORDAZA de los pacientes que seran sometidos al procedimiento de "Trasplante de Progenitores Hematopoyeticos Alogenicos No Emparentados", asi como la de un acompanante, ademas de realizar las coordinaciones necesarias con THE UNIVERSITY OF MIAMI MILLER SCHOOL OF MEDICINE, en el MORDAZA del convenio suscrito con la citada Universidad; Que, mediante Informe Nº 009-2013-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud, informa que el viaje del Jefe Institucional del SIS, asi como del Jefe del FISSAL, a la MORDAZA de Miami, Estado de La MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 135 ­ Seguro Integral de Salud; Que, considerando que las actividades que efectuaran el Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud y el Jefe del Fondo Intangible Solidario de Salud, se realizaran del 18 al 24 de enero de 2013, en la MORDAZA de Miami, Estado de La MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud ha otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisicion de los pasajes en tarifa economica, viaticos para siete dias y un dia para gastos de instalacion; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos publicos, por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberan canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, considerando la importancia para el Ministerio de Salud y para el Seguro Integral de Salud de efectuar las gestiones necesarias con THE UNIVERSITY OF MIAMI MILLER SCHOOL OF MEDICINE, que permitan la atencion de los pacientes beneficiarios del procedimiento de "Trasplantes de Progenitores Hematopoyeticos Alogenicos No Emparentados", resulta pertinente autorizar el viaje del Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud, asi como del Jefe del Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL, a la MORDAZA de Miami, Estado de La MORDAZA, Estados Unidos de America; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos y su modificatoria, y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA Grillo MORDAZA, Jefe Institucional (e) del Seguro Integral de Salud, asi como del Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA Garavito MORDAZA, Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) a la MORDAZA de Miami, Estado de La MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 25 de enero de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios

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