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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de enero de 2013 486404 en la modalidad de teléfonos públicos; suscribiéndose la adenda respectiva el 7 de marzo de 2005; Que, mediante Resolución Ministerial N° 845- 2009-MTC/03, de fecha 14 de diciembre de 2009, se renovó el plazo del Contrato de Concesión aprobado por Resolución Ministerial N° 026-2001-MTC/15.03, modifi cada por Resolución Ministerial N° 224-2003- MTC/03 y Resolución Ministerial N° 871-2004-MTC/03, para la prestación del servicio portador local y telefonía fi ja local en el área que comprende los departamentos de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Cajamarca, del departamento de Cajamarca y la provincia de Huánuco del departamento de Huánuco, por un plazo adicional de cinco años, que regirá desde el 16 de enero de 2021; suscribiéndose la respectiva adenda el 28 de enero de 2010; Que, mediante documento registrado como P/D Nº 126165, la empresa AMERICATEL PERÚ S.A., ha solicitado ampliación del área de la concesión aprobada mediante Resolución Ministerial N° 026-2001-MTC/15.03 para la prestación los servicios públicos de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y portador local a nivel nacional; Que, el numeral 5.2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial N° 026-2001- MTC/15.03, modifi cado por Resolución Ministerial N° 871-2004-MTC/03, establece que el área de concesión para el servicio concedido son los departamentos de Lambayeque, La Libertad, Lima, Arequipa, Ica, la provincia de Cajamarca del departamento de Cajamarca, la provincia de Huánuco del departamento de Huánuco y la Provincia Constitucional del Callao. Que, el numeral 18.5 de la Clausula 18 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial N° 026-2001-MTC/15.03 establece que las partes podrán acordar, por escrito, la modifi cación del presente Contrato sujetándose a las Leyes Aplicables; Que, el artículo 124° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que la suscripción de las adendas a los contratos de concesión se realizará dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de publicada la resolución correspondiente, y que en caso de incumplimiento, la resolución que la sustenta quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que se emita el acto administrativo correspondiente; Que, el Procedimiento N° 5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002- MTC y sus modificatorias, establece que la autoridad que aprueba la modificación de las concesiones para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, en caso no se requiera de asignación del espectro radioeléctrico, es el Director General de Concesiones en Comunicaciones; Que, el artículo 83° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, establece que la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, tiene entre sus funciones, el evaluar solicitudes de concesiones para prestar servicios públicos de telecomunicaciones, así como su modifi cación; Que, mediante Informe Nº 1101-2012-MTC/27, se concluye que corresponde aprobar, la modifi cación del contrato de concesión para la prestación de los servicios públicos de telefonía fi ja local y portador local aprobado por Resolución Ministerial Nº 026-2001-MTC/15.03 y sus modifi catorias, referido a ampliar el área de concesión a todo el territorio de la República del Perú con excepción de las área en las cuales cuenta con concesión para prestar los citados servicios; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modifi catorias; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el área de concesión otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 026- 2001-MTC/15.03 y sus modifi catorias a la empresa AMERICATEL PERÚ S.A., a todo el territorio de la República del Perú con excepción de los departamentos de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Cajamarca del departamento de Cajamarca y la provincia de Huánuco del departamento de Huánuco, para la prestación de los servicios públicos de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y portador local, áreas de concesión que han sido aprobadas por la citada resolución y la Resolución Ministerial N° 871- 2004-MTC/03; para lo cual se modifi ca el numeral 5.2. denominado Área de Concesión de la Cláusula 5 del citado contrato de concesión. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área a ampliar para lo cual se deberá modifi car el Anexo 2 del contrato de concesión aprobado mediante Resolución Ministerial N° 026-2001-MTC/15.03 y sus modifi catorias el que a su vez reemplaza al Anexo 3 denominado PLAN MÍNIMO DE EXPANSIÓN aprobado por la Resolución Viceministerial N° 984-2001-MTC/15.03, conforme al Anexo 1 de la Adenda a aprobarse por la presente Resolución. Artículo 3º.- Aprobar la Adenda por la cual se formaliza la modifi cación del Contrato de Concesión aprobado mediante Resolución Ministerial N° 026-2001- MTC/15.03 y sus modifi catorias para la prestación de los servicios públicos de telefonía fi ja local, en la modalidad de abonados y portador local, autorizándose al Director General de Concesiones en Comunicaciones a suscribirla en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones así como en caso cualquiera de las partes lo solicite. Artículo 4º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho en lo que corresponda, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por la empresa AMERICATEL PERÚ S.A. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS MEJIA CORNEJO Director General de Concesiones en Comunicaciones 889787-1 Rectifican error material contenido en el Informe Nº 1101-2012-MTC/27 y la R.D. Nº 343-2012-MTC/27 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 475-2012-MTC/27 Lima, 27 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 343-2012- MTC/27 sustentado en el Informe N° 1101-2012-MTC/27, se resolvió ampliar el área de concesión otorgada mediante Resolución Ministerial N° 026-2001-MTC/15.03 y sus modifi catorias a la empresa AMERICATEL PERÚ S.A., a todo el territorio de la República del Perú con excepción de los departamentos de Arequipa, Ica, Lambayeque, La Libertad, Lima, la Provincia Constitucional del Callao, la provincia de Cajamarca del departamento de Cajamarca y la provincia de Huánuco del departamento de Huánuco,