Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2013 (18/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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para la prestacion de los servicios publicos de telefonia fija local, en la modalidad de abonados y portador local, areas de concesion que han sido aprobadas por la citada resolucion y la Resolucion Ministerial N° 8712004-MTC/03; para lo cual se modifica el numeral 5.2. denominado Area de Concesion de la Clausula 5 del citado contrato de concesion; Que, el numeral 16 del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece que en materia de telecomunicaciones el Ministerio tiene entre otras funciones, aplicar y hacer cumplir dicha Ley, sus reglamentos y demas disposiciones conexas; Que, el numeral 2 del articulo II del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, dispone que los procedimientos creados y regulados como tales por ley expresa, atendiendo a la singularidad de la materia, se rigen supletoriamente por la referida ley en aquellos aspectos no previstos y en los que no son tratados expresamente de modo distinto; Que, de acuerdo con lo establecido por el articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision, debiendo adoptar la rectificacion las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; Que, mediante documento registrado con P/D N° 126165 del 25 de octubre de 2011, la empresa AMERICATEL PERU S.A., solicito ampliacion de area de concesion para la prestacion del servicio de telefonia fija, en la modalidad de abonados; Que, teniendo en cuenta lo senalado en el considerando precedente, asi como lo indicado en el Perfil del Proyecto Tecnico presentado, se evidencia un error de trascripcion al momento de redactarse el Informe N° 1101-2012-MTC/27 y la Resolucion Directoral N° 3432012-MTC/27 al haberse considerado que la ampliacion de area de concesion era tambien para la prestacion del servicio portador local; y, a nivel nacional con excepcion de la provincia de MORDAZA del departamento de MORDAZA y la provincia de MORDAZA del departamento de Huanuco; por lo que corresponde emitir una resolucion de rectificacion de error material; Que, con relacion a la forma que debe adoptar la rectificacion del error MORDAZA descrito, corresponde efectuarlo por Resolucion Directoral, toda vez que la aprobacion de ampliacion de area de concesion solicitada por la empresa AMERICATEL PERU S.A., se realizo mediante dicho acto administrativo; Que, el articulo 83º y la Disposicion Complementaria Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el numeral 10 del Texto Unico Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, establecen que la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, es la autoridad que aprueba el tramite sobre permisos de instalacion y operacion de estaciones radioelectricas para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; Que, mediante Informe N° 1596-2012-MTC/27 se concluye que corresponde rectificar el error material contenido en el Informe N° 1101-2012-MTC/27 y la Resolucion Directoral N° 343-2012-MTC/27 referido a la aprobacion de ampliacion de area de concesion solicitada por la empresa AMERICATEL PERU S.A. solo corresponde para la prestacion del servicio de telefonia fija, en la modalidad de abonados a nivel nacional con excepcion de los departamentos de MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento

de Organizacion y Funciones de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Rectificar el error material contenido en el Informe N° 1101-2012-MTC/27 y la Resolucion Directoral N° 343-2012-MTC/27 considerando que la aprobacion de ampliacion de area de concesion solicitada por la empresa AMERICATEL PERU S.A. solo corresponde para la prestacion del servicio de telefonia fija, en la modalidad de abonados a nivel nacional con excepcion de los departamentos de MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Concesiones en Comunicaciones 889787-2

Declaran que las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora en FM en diversas localidades de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, seran otorgadas mediante concurso publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1776-2012-MTC/28 MORDAZA, 27 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan mediante concurso publico cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda y localidad es menor al numero de solicitudes admitidas; Que, el articulo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que configurada la situacion prevista en el articulo 40º del mismo cuerpo legal, se expedira la resolucion directoral senalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad seran otorgadas por concurso publico; Que, mediante Informe Nº 2985-2012-MTC/28 se da cuenta que para el servicio de radiodifusion sonora en frecuencia modulada (FM) en las localidades de ASUNCION-MAGDALENA-SAN MORDAZA del departamento de MORDAZA, COCHABAMBA del departamento de MORDAZA, SANTUARIO DE CHAPI (POLOBAYA) del departamento de MORDAZA y URCOS-OROPESA del departamento de MORDAZA, el numero de solicitudes admitidas es de seis (06), cinco (05), tres (03) y doce (12), lo cual es superior al de frecuencias disponibles que son de cinco (05), cuatro (04), dos (02) y once (11), respectivamente, razon por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion deberan otorgarse por concurso publico; correspondiendo ademas expedir la resolucion que asi lo declare; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora en frecuencia modulada (FM) en las localidades de

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