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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de enero de 2013 486407 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de representante de PROINVERSIÓN a España y Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 007-2013 Lima, 16 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el día 26 de enero de 2013 se desarrollará en la ciudad de Davos, Suiza, el desayuno de trabajo “In Perú, it is possible”, en el marco de la reunión anual del World Economic Forum; Que, mediante Informe Técnico Nº 02-2013-DSI del 11 de enero de 2013, la Dirección de Servicios al Inversionista señala que el desayuno de trabajo descrito en el considerando precedente es organizado en el marco de la reunión anual del World Economic Forum, teniendo como objetivo, promover al país como plaza preferente de inversión en la región sudamericana, además de difundir los principales proyectos de Asociaciones Público Privadas (APP) que PROINVERSIÓN tiene actualmente a cargo; Que, entre las actividades consideradas en el presente viaje, se desarrollarán reuniones bilaterales con empresas identifi cadas como potenciales postores en los proyectos a cargo de PROINVERSIÓN, en la ciudad de Madrid, España entre los días 22 y 23 de enero de 2013; Que, la persona que representará a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN en los eventos a que se refi eren los considerandos precedentes será la señorita Milagros Rasmussen Albitres, Consultora de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN; Que, los gastos de pasajes aéreos, desplazamiento, transporte local, alimentación y alojamiento que origine la participación de la mencionada representante serán asumidos por PROINVERSIÓN; Que, el inciso a) del numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje en mención, en virtud de lo cual PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los montos que ocasione la asistencia de su representante a dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29951, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006- PCM, y la Directiva Nº 008-2011-PROINVERSIÓN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en comisión de servicios de la señorita Milagros Rasmussen Albitres, Consultora de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN, entre los días 21 al 27 de enero de 2013 a las ciudades de Madrid, España y Davos, Suiza para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aéreo : US$ 3026.00 Viáticos : US$ 1820.00 Artículo 3º.- La persona a que se refi eren los artículos precedentes, en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ILLESCAS MUCHA Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 890324-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Exceptúan a PLUSPETROL NORTE S.A., de la obligación de inscripción como Consumidor Directo de Combustibles Líquidos con instalaciones fijas en el Registro de Hidrocarburos y disponen su incorporación al SCOP RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 005-2013-OS/CD Lima, 15 de enero de 2013 VISTO: El Memorando Nº GFHL/DPD-100-2013 de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y otras normas de carácter general; Que, según lo dispuesto por el artículo 21º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, corresponde a esta entidad dictar de manera exclusiva y dentro de su ámbito de competencia, reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones; función que comprende también la facultad de dictar mandatos y normas de carácter particular, referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades bajo su competencia, o de sus usuarios, así como la de dictar directivas o procedimientos relacionados con la seguridad y la prevención del riesgo eléctrico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-EM, el Ministerio de Energía y Minas transfi rió a OSINERGMIN el