Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2013 (08/02/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487745

b) El MORDAZA MORDAZA Yonyl MORDAZA MORDAZA, al no encontrarse conforme con ello, solicito que la decision se reconsiderara; sin embargo, en la sesion del 20 de junio de 2012, se declaro improcedente, por lo que, finalmente, mediante el Acuerdo Municipal N° 0052012-CMDO, se procedio a declarar el cese del gerente municipal. c) Los citados regidores han cesado al gerente municipal por causal de falta grave, pero dicha falta grave no se encuentra tipificada en ninguna MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Orcotuna. Respecto a la solicitud de vacancia presentada por Lady MORDAZA Cangahuala de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mediante escrito, presentado el 24 de MORDAZA de 2012, los MORDAZA mencionados solicitaron a la Municipalidad Distrital de Orcotuna adherirse al pedido de vacancia presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olihua MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lopez. Respecto a la posicion de la Municipalidad Distrital de Orcotuna a) A traves de la Resolucion de Alcaldia N° 081-2012MDO/A, del 7 de agosto de 2012, se resuelve acumular las solicitudes de vacancia presentadas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lady MORDAZA Cangahuala de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gutierrez. b) En la sesion extraordinaria del 29 de agosto de 2012, los miembros de la Municipalidad Distrital de Orcotuna declararon improcedente la solicitud de vacancia presentada por las personas MORDAZA citadas. Dicha decision se plasmo en el Acuerdo de Concejo N° 006-2012-CMDO. Respecto al recurso de apelacion El 11 de setiembre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lady MORDAZA Cangahuala de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpusieron recurso de apelacion contra el acuerdo de concejo que declaro improcedente la solicitud de vacancia, reproduciendo los argumentos expuestos en dicha solicitud. Respecto de los descargos presentados por los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olihua MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mediante escritos, de fechas 18 de octubre de 2012 y 5 de noviembre del mismo ano, los regidores cuestionados presentaron sus descargos senalando lo siguiente: a) El cese del gerente municipal acontecio en el MORDAZA del ejercicio de sus funciones fiscalizadoras, toda vez que resulta materialmente imposible que puedan cumplir con sus obligaciones sin contar con la informacion correspondiente. b) El gerente municipal, de manera reiterada e injustificada, incumplio con sus obligaciones, entre ellas la de brindarles informacion con el fin de ocultar operaciones que realizaba en perjuicio de los intereses municipales. c) Han cumplido con su deber de garantizar y respetar el debido MORDAZA, ya que cumplieron con imputar, de manera MORDAZA, los cargos al gerente municipal, tramitaron los descargos presentados por el citado funcionario y finalmente, en sesion de concejo resolvieron el recurso de reconsideracion interpuesto por el MORDAZA distrital. d) El hecho que se le imputo al gerente municipal solo estaba relacionado con no remitir informacion al concejo municipal, mas no por no convocar a sesion de concejo. Este ultimo punto ha sido incorporado en las actas de las sesiones de concejo de manera fraudulenta, por lo que han cumplido con denunciar este hecho, siendo el caso que la Fiscalia Mixta de MORDAZA, mediante resolucion del 4 de octubre de 2012, ha solicitado recabar los libros de las

actas de sesiones de concejo con el objeto de remitirlas a la Oficina de Criminalistica de la Policia Nacional del Peru, a efectos de que se practiquen las pericias grafotecnicas correspondientes. e) Finalmente, senalan que, Froy MORDAZA MORDAZA, mediante la Resolucion de Alcaldia N° 086-2012-MDO/A, del 12 de setiembre de 2012, fue repuesto en el cargo de gerente municipal, en virtud de lo dispuesto por el Juzgado Mixto de Concepcion. CUESTION EN DISCUSION Este Supremo Tribunal Electoral debe determinar si en el presente caso MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olihua MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la Municipalidad Distrital de Orcotuna, han incurrido en la causal contemplada en el articulo 11 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). FUNDAMENTOS DE LA DECISION Los alcances del MORDAZA parrafo del articulo 11 de la LOM 1. El articulo 11 de la LOM dispone en su MORDAZA parrafo lo siguiente: "[...] Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de cargos de MORDAZA o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdiccion. Todos los actos que contravengan esta disposicion son nulos y la infraccion de esta prohibicion es causal de vacancia en el cargo de regidor". 2. En ese sentido, resulta importante para este organo electoral recordar que, mediante la Resolucion N° 2412009-JNE, se realizo una interpretacion de la referida disposicion, en la que se senala que esta "[...] responde a que de acuerdo al numeral 4 del articulo 10 de la citada ley, el regidor cumple una funcion fiscalizadora, siendo ello asi, se encuentra impedido de asumir funciones administrativas o ejecutivas dentro de la misma municipalidad, de lo contrario entraria en un conflicto de intereses asumiendo un doble papel, la de administrar y fiscalizar". 3. En otras palabras, la finalidad de la causal de declaratoria de vacancia, prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 11 de la LOM, es la de evitar la anulacion o menoscabo relevante a las funciones fiscalizadoras que son inherentes al cargo de regidor. En ese sentido, si los hechos imputados a algun regidor no suponen, en cada caso concreto, una anulacion o afectacion del deber de fiscalizacion de la citada autoridad municipal, no deberia proceder una solicitud de declaratoria de vacancia. Analisis del caso concreto 1. En el presente caso, conforme se aprecia en la sesion extraordinaria, de fecha 9 de MORDAZA de 2012, los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olihua MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprobaron MORDAZA por falta grave al gerente municipal Froy MORDAZA MORDAZA, sobre la base de que el inciso 30 del articulo 9 de la LOM permite al concejo municipal MORDAZA por acto doloso o falta grave al gerente municipal. Los hechos que sirvieron de sustento a dicho cese fueron no haber cumplido los pedidos anteriores realizados por los regidores y no haber convocado a la sesion de concejo extraordinaria, incurriendo, a criterio de regidores cuestionados, en la comision de una falta grave. 2. Por su parte, los solicitantes de la vacancia sostienen que, pese a que los regidores no tienen facultad para MORDAZA al gerente municipal, tomaron dicha decision en MORDAZA abuso de las funciones que les asigna la ley, efectivizandose el cese con la emision del Acuerdo de Concejo N° 005-2012-CM/MDO-C, del 12 de MORDAZA de 2012. Agregan, asimismo, que los hechos imputados al gerente municipal no se encuentran tipificados como

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.