TEXTO PAGINA: 25
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de febrero de 2013 487799 d) Aprobar las Bases para las Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. e) Cancelar los procesos de selección de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. f) Aprobar la reserva del valor referencial de las Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. g) Disponer la Ejecución de Prestaciones Adicionales o Reducción de las Prestaciones de bienes y servicios contratados por Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. h) Disponer la ejecución de prestaciones adicionales o reducciones de bienes y servicios contratados por Adjudicación Directas y Adjudicación de Menor Cuantía. i) Autorizar contrataciones complementarias de bienes y servicios contratados en procesos de selección de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. j) Conocer y resolver las observaciones y los recursos de apelación que se interpongan, en los casos permitidos por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. k) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje y representar a la entidad en dichos procedimientos de solución de controversias en materia de contrataciones del Estado, sin perjuicio de las atribuciones del Procurador Público a cargo de la defensa de los intereses de la entidad, como organismo público especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; pudiendo delegar dicha representación en el Jefe de la Ofi cina General de Administración u otros del personal de la entidad. l) Representar a la entidad ante el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias de acuerdo a las normas de contrataciones del Estado, pudiendo delegar dicha representación en el Jefe de Administración u otros del personal de la entidad. En materia administrativa: a) Resolver en última instancia administrativa los recursos administrativos interpuestos ante órganos de la institución. Artículo 2º.- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LEGALES La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con todos los requisitos legales establecidos por las disposiciones legales y administrativas que sean aplicables. Artículo 3º.- OBLIGACIÓN DE DAR CUENTA El delegado deberá dar cuenta ante el Despacho de la Presidencia del Consejo Directivo de CEPLAN, el primer día hábil de cada mes, de los actos realizados durante el mes anterior, en ejercicio de la delegación de facultades dispuesta por la presente Resolución. Artículo 4º.- DEJAR SIN EFECTO DELEGACIONES DE FACULTADES Déjese sin efecto a partir de la vigencia de la presente Resolución la delegación de facultades otorgadas por las Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo Nºs. 033-2010-CEPLAN/PCD, 018-2011-CEPLAN/PCD, O35- 2011-CEPLAN/PCD y 068-2011/CEPLAN/PCD. Artículo 5º.- PUBLICACIÓN. Encárguese al Jefe de la Ofi cina General de Administración de CEPLAN la publicación de esta Resolución de Presidencia del Consejo Directivo en el Diario Ofi cial “EI Peruano”. Artículo 6º.- NOTIFICACIÓN Dispóngase que la presente Resolución sea puesta a conocimiento de los órganos de CEPLAN y organismos que correspondan, así como su publicación en la página web de la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO PAZ SOLDÁN Presidente Consejo Directivo 899135-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Autorizan viaje a EE.UU. de funcionaria del INDECOPI, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 019-2013-INDECOPI/COD Lima, 31 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, del 20 al 24 de mayo de 2013, se desarrollará en la ciudad de Honolulu, Hawái, Estados Unidos de América, la Trigésima Sexta Reunión del Congreso de Normalización de Asia Pacífi co (PASC, por sus siglas en inglés), organizado en el marco del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC, por sus siglas en inglés); Que, la reunión del PASC tiene como fi nalidad el intercambio de experiencias y la promoción de alianzas estratégicas entre sus miembros, a fi n de lograr una mejor participación en la normalización internacional; Que, ser miembro del PASC es estratégico debido a la transferencia tecnológica, la red de contactos y los benefi cios logrados hasta la fecha en el ámbito de la normalización; asimismo, participar en el referido evento permitirá al Perú, a través del INDECOPI, obtener un nivel de reconocimiento internacional importante por parte de los organismos internacionales de normalización, como la Organización Internacional de Normalización (ISO, por sus siglas en inglés) y la Comisión Electrotécnica Internacional (IEC, por sus siglas en inglés); Que, el Perú, a través del INDECOPI, es miembro del PASC desde el año 2007, no habiendo asistido a las últimas 3 reuniones consecutivas, motivo por el cual perdió su calidad de miembro pleno y pasó a ser miembro “observador”; Que, dada la coyuntura actual, en la cual se vienen implementando acuerdos comerciales, existiendo negociaciones en curso que involucran temas de normalización, habiendo solicitado el Perú ser sede de la reunión de APEC 2016 y estando los temas de infraestructura de la calidad (normalización) en la Agenda de la Competitividad 2012-2013 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), resulta primordial la presencia del Perú en el mencionado evento, a través del INDECOPI como Organismo Nacional de Normalización; Que, atendiendo a lo expuesto, se considera necesaria de la señora María del Rosario Uría Toro, Secretaria Técnica de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias (CNB), dado que el INDECOPI, en su calidad de Organismo Peruano de Normalización, desarrolla las actividades de normalización en todos los sectores de la industria, siendo la referida Comisión la autoridad competente para participar a nombre del Perú en el desarrollo de normas técnicas internacionales; Que, los gastos que genere la participación de la mencionada representante serán asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, el inciso g) del Artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modifi cado por Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María del Rosario Uría Toro, Secretaria Técnica de la Comisión de