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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de febrero de 2013 487807 Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de Lima, disponer las acciones administrativas respectivas a fi n de viabilizar el Programa Especial arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fi n, con sujeción a los lineamientos establecidos. Motivo por el cual la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior ha emitido los informes N° 006-2013- CECT-UPD-CSJLI/PJ y 011-2013-CECT-UPD-CSJLI/ PJ de vistos en los cuales se explica la problemática que afronta el Cuarto Juzgado Civil de Lima, al tener la cantidad de 400 escritos sin ser compaginados en sus expedientes, aproximadamente 300 expedientes por dar cuenta entre las dos secretarías, gran cantidad de expedientes para elevar y notifi car, así como un aproximado de 170 expedientes para sentenciar y gran cantidad de expedientes para ser enviados al Archivo Central; informando además que carecen de logística necesaria para afrontar la carga procesal. Asimismo se ha verifi cado por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Lima que en el 7° Juzgado Civil de Lima se encuentra una situación similar a la encontrada en el 4° Juzgado Civil de Lima. Por lo tanto teniendo en cuenta lo solicitado y estando a los informes de vista, se hace necesario conformar la Comisión del Programa Especial “Carga Cero-Costo Cero”, con fi nes de Descarga Procesal de esta Corte Superior de Justicia para el presente año judicial, cuyo objeto sea el de optimizar el servicio de justicia que brindan los órganos jurisdiccionales que afrontan mayor carga procesal y que tiene la disponibilidad de apoyar para el benefi cio de los ciudadanos. Que, en consecuencia, el Presidente de la Corte, como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial de Lima, conforme a las facultades conferidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y en aplicación del Artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la Doctora Rosa Guillermina Rodríguez Lecaros para que proceda con la ejecución del PROGRAMA ESPECIAL “CARGA CERO-COSTO CERO”, CON FINES DE DESCARGA PROCESAL. Artículo Segundo.- CONFORMAR la Comisión de Evaluación y Verifi cación del PROGRAMA ESPECIAL “CARGA CERO-COSTO CERO”, CON FINES DE DESCARGA PROCESAL, para el año 2013, la misma que queda integrada por la Magistrada y servidores siguientes: Dra. Rosa Guillermina Rodríguez Lecaros, Juez Especializado Titular quien la presidirá Dr. John Sánchez Chirinos, Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Dr. Wilson Núñez León, Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales Srta. Lizbeth Concha Guerrero, personal que se asignará al Sexto Juzgado de familia de Lima Artículo Tercero.- DISPONER que el programa empezará con los juzgados civiles de la sede del edifi cio Alzamora Valdez y que el tiempo de inicio y culminación del mismo será establecido de acuerdo a la evaluación de la Comisión del Programa Especial “Carga Cero-Costo cero”. Artículo Cuarto.- EL GRUPO DE TRABAJO deberá de elevar sus propuestas a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser canalizadas de forma adecuada. Artículo Quinto.- DISPONER que todas las áreas administrativas de la Corte Superior de Justicia de Lima, esto es; la Oficina de Administración, Personal, Logística, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Archivo Central, y toda oficina administrativa que tengan intervención en el programa especial antes citado, presten las facilidades a la referida Comisión del Programa Especial “Carga Cero-Costo cero” a fin de poder llegar a la conclusión del mismo de forma satisfactoria. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura - OCMA, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 900159-1 ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la ENSABAP ESCUELA NACIONAL SUPERIOR AUTÓNOMA DE BELLAS ARTES DEL PERÚ RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 016-2013-ENSABAP Lima, 28 de enero de 2013 VISTO: Memorando Nº 026-2013-DAL-ENSABAP del 23 de enero de 2013, Memorando Nº 036-2013-SG- ENSABAP/LGZR del 21 de enero de 2013, Resolución Directoral Nº 006-2013-ENSABAP del 14 de enero de 2013, Resolución Directoral Nº 003-2013-ENSABAP del 8 de enero de 2013, Resolución Directoral Nº 109-2011- ENSABA, del 27 de julio de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, es una Institución Pública de Educación Superior, con autonomía académica, económica y administrativa; por mandato expreso de la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley General de Educación Nº 28044, modifi cada por la Ley Nº 28329; Que, con fecha 24 de junio de 2010, la Asamblea General de la ENSABAP, eligió conforme a lo dispuesto en el Estatuto, al Sr. Luís Guillermo Cortés Carcelén, como Director General de la ENSABAP; Que, la Ley 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del Articulo 2º de la Constitución Política del Estado; Que, en tal sentido y según lo establecido en el Artículo 5º de la Ley antes referida, las Instituciones Públicas deben difundir información a través de su Portal de Transparencia; Que, conforme al Artículo 3º, literal c), del Reglamento de la citada Ley aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, debe designarse al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, por medio de la Resolución Directoral Nº 109- 2011-ENSABA se designó al Sr. Gustavo Adolfo Quevedo Tamayo como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú; Que, mediante Resolución Directoral Nº 003-2013- ENSABAP, se aceptó la renuncia del Sr. Gustavo Adolfo Quevedo Tamayo, como Director Administrativo de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú; Que, con Resolución Directoral Nº 006-2013-ENSABAP se designó a partir del 15 de enero de 2013 al Sr. Juan Carlos Sandoval Moreno en el cargo de confi anza de Director Administrativo de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú;