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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2013 489784 IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Si un solicitante proporciona información falsa u omite hechos o circunstancias relevantes relacionadas con la resolución anticipada de origen o no actúa de conformidad con los términos y condiciones de la resolución, la Administración Aduanera promueve la aplicación de las acciones legales que correspondan. X. REGISTROS Resoluciones anticipadas de origen emitidas Código : RC-01-INTA-PE.00.17 Tipo de almacenamiento : Físico Tiempo de conservación : 10 años Ubicación : División de Tratados Internacionales Responsable : División de Tratados Internacionales XI. VIGENCIA El presente procedimiento entrará en vigencia a partir del 1.3.2013. XII. ANEXOS No aplica. 905564-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban el Plan Operativo Informático de la SUNARP correspondiente al año 2013 RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 005-2013-SUNARP/SA Lima, 27 de febrero de 2013 VISTO, el Informe Nº 033-2013-SUNARP/GI, mediante el cual ha remitido el Proyecto del Plan Operativo Informático 2013, elaborado por la Gerencia de Informática; y al Informe Nº 124-2013-SUNARP/GL, sobre el particular; CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 019- 2011-PCM, se aprueba la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las Entidades de la Administración Pública y su Guía de Elaboración, precisándose en su artículo 4º que cada año fi scal, las Entidades deberán registrar en la página web del Portal del Estado Peruano, el Plan Operativo correspondiente, registro que deberá realizarse antes del último día hábil del mes de febrero del año al que haga referencia; Que la Gerencia de Informática, en observancia de lo dispuesto en la Guía para elaborar el Plan Operativo Informático, ha presentado a la Gerencia General, el Plan Operativo Informático de la SUNARP para el año 2013; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 4.2 de la Guía para la elaboración, formulación y evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por Resolución Ministerial N° 019-2011-PCM, corresponde a la máxima autoridad de la entidad, la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático; Que, según el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolución Ministerial N°139-2002-JUS, el Superintendente Adjunto es el funcionario de mayor jerarquía después del Superintendente Nacional, reemplazando a dicho funcionario ante su ausencia, que ha sido debidamente comunicada al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, la Gerencia Legal en el Informe de visto, ha considerado procedente la aprobación del mencionado Plan Operativo por el Superintendente Adjunto, a efectos de cumplir con la norma señalada en el considerando primero; De conformidad con el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Ministerial Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Plan Operativo Informático de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP, correspondiente al año 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese, JORGE ORTIZ PASCO Superintendente Adjunto de los Registros Públicos 906013-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales de diversas Cortes Superiores de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 011-2013-P-CE-PJ Lima, 25 de febrero de 2013 VISTO: El Ofi cio N° 043-2013-P-CNDP-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, remitiendo propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales en mérito al acuerdo adoptado por la referida comisión. CONSIDERANDO: Primero. Que la Resolución Administrativa N° 029- 2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008, establece que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo del proceso de descarga procesal de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; y proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de dichos órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 031-2012-CE-PJ, de fecha 2 de marzo de 2012, y sus modificatorias, se aprobó la Directiva N° 001-2012- CE-PJ “Lineamientos Uniformes de Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal”, que reafirma lo establecido precedentemente y reordena el funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal, con la finalidad de establecer la correcta disposición de medidas administrativas y la mejora de la productividad de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes que son de competencia de la Comisión Nacional de Descarga Procesal. Tercero. Que, asimismo, por Resolución Administrativa N° 246-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, se prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales de descarga procesal hasta el 28 de