Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2013 (25/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, la Ley N° 29158, la Ley N° 29370, el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y la Resolucion Ministerial N° 357-2010MTC/02; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar, a partir del 01 de agosto del 2013, la renuncia formulada por el senor MORDAZA Duber MORDAZA MORDAZA al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Encargar, a partir del 01 de agosto del 2013, las funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al senor MORDAZA MORDAZA Carreno MORDAZA, en tanto se designe a su titular. Articulo 3°.- Encargar, a partir del 01 de agosto del 2013, las funciones de Jefe Responsable de la Unidad Ejecutora 012 Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, al senor MORDAZA MORDAZA Carreno MORDAZA, en tanto se designe a su titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 966797-1

El Peruano Jueves 25 de MORDAZA de 2013

Autorizan a Peru Vias Seguras S.R.L. a impartir cursos de capacitacion en su calidad de Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 2763-2013-MTC/15 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s 062020 y 082549, presentados por la empresa denominada PERU VIAS SEGURAS S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 302-2013MTC/15 de fecha 15 de enero de 2013, se autorizo a la empresa denominada PERU VIAS SEGURAS S.R.L., con RUC N° 20549679774 y con domicilio en Av. Las MORDAZA Lote 18 A, Sector Dignidad Nacional Huachipa, Distrito de Lurigancho ­ Chosica, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA de los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Oficio N° 3540-2013-MTC/15.03 de fecha 22 de MORDAZA de 2013, se autorizo a La Escuela, el incremento de su plana docente;

Que, mediante Parte Diario N° 062020 de fecha 12 de MORDAZA de 2013, La Escuela solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I; Que, mediante Oficio N° 3918-2013-MTC/15.03 de fecha 07 de junio de 2013, notificado en la misma fecha, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, siendo respondida mediante Parte Diario N° 082549 de fecha 17 de junio de 2013; Que, el numeral c) del articulo 47° de El Reglamento, indica que: "La obligacion de la Escuela es informar a la DGTT sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores"; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final de El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 493-2013MTC/15.03.A.A.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada PERU VIAS SEGURAS S.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, en el horario, con los instructores y con los vehiculos autorizados mediante la Resolucion Directoral N° 302-2013-MTC/15 y el Oficio N° 3540-2013-MTC/15.03. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada PERU VIAS SEGURAS S.R.L., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 965539-1

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