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El Peruano Viernes 28 de junio de 2013 498287 e) Conocimiento de herramientas ofi máticas DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD FINANCIERA CARGO NIVEL Jefe de Unidad SP-EJ Actividades a) Dirigir, coordinar y supervisar los programas propios del área de su competencia. b) Evaluar las actividades del área y determinar las medidas correctivas para su adecuado funcionamiento. c) Coordinar con el Jefe inmediato y demás dependencias de la entidad, en asuntos de su competencia. d) Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe Inmediato. Requisitos mínimos a) Título profesional universitario en Contabilidad, colegiado y habilitado b) Experiencia profesional de 05 años c) Capacitacion en temas contables públicos y privados d) Conocimiento de herramientas ofi máticas CARGO NIVEL Tesorero SP-ES Actividades a) Coordina, conduce y supervisa la ejecución del Sistema de Tesorería. b) Presenta la información contable a las instancias correspondientes. c) Asesora y absuelve consultas sobre normas y metodología del sistema. d) Cumplir otras normas que le asigne el Jefe Inmediato. Requisitos mínimos a) Título profesional universitario en Contabilidad, Administración o afi nes, colegiado y habilitado b) Experiencia profesional de 05 años c) Capacitación en Temas contables públicos y privados d) Conocimiento de herramientas ofi máticas. DENOMINACIÓN DEL ORGANO: SECRETARIA GENERAL CARGO NIVEL Asesor I SP-EJ Actividades a) Asesorar al Jefe inmediato en materias de su competencia. b) Emitir opinión técnica en asuntos de su especialidad. c) Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe Inmediato. Requisitos mínimos a) Título profesional universitario colegiado y habilitado. b) Estudios concluidos de Diplomados o Maestría. c) Experiencia profesional de 05 años d) Capacitacion en temas relacionados de su competencia. e) Conocimiento de herramientas ofi máticas DENOMINACIÓN DEL ORGANO: DIRECCION DE DERECHO DE VIGENCIA CARGO NIVEL Supervisor en Derecho de Vigencia y Penalidad SP-EJ Actividades a) Realizar actividades relacionadas con el control de los pagos provenientes de la recaudacion del derecho de vigencia y penalidad. b) Emitir opinión técnica en asuntos de su especialidad. c) Brindar asesoría especializada y absolver consultas formuladas en temas de su especialidad y competencia, presentando alternativas de solución. d) Participar en comisiones y/o reuniones de trabajo relacionados con asuntos especializados del área de su competencia. e) Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe Inmediato. Requisitos mínimos a) Título profesional universitario en Contabilidad, Administración o afi nes, colegiado y habilitado. b) Estudios concluidos de Maestría. c) Experiencia profesional de 05 años. d) Capacitación en Temas contables públicos y privados e) Conocimiento de herramientas ofi máticas. CARGO NIVEL Especialista Administrativo SP-ES Actividades a) Coordinar y ejecutar los procesos técnicos relacionados con el área. b) Asesorar y absolver consultas tecnico administrativas y sobre la normatividad y procedimeintos del área. c) Emitir informes técnicos especializados del área en forma periódica o cuando lo solicite el Jefe Inmediato. d) Cumplir otras funciones que le asigne el Jefe Inmediato. Requisitos mínimos a) Título profesional universitario en Contabilidad, Administración o afi nes, colegiado y habilitado. b) Estudios concluidos de Maestría. c) Experiencia profesional de 05 años. d) Capacitación en Temas contables públicos y privados. e) Conocimiento de herramientas ofi máticas. 955735-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto la Res. Nº 057-2008/ SUNAT que aprobó el PDT Libre Desafiliación - Formulario Virtual Nº 606 y estableció el uso del Formulario Nº 1075 para elpago del diferencial de aportes por libre desafiliación RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 208-2013/SUNAT Lima, 26 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que con fecha 23 de octubre de 2007 la SUNAT y la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) suscribieron un Convenio de Cooperación Interinstitucional, a través del cual la ONP delegó en la SUNAT la recepción de la declaración y la recaudación del pago que las Administradoras de Fondos de Pensiones debían efectuar