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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2013 (30/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Jueves 30 de mayo de 2013 495742 l) Carga útil (en kilogramos). m) Peso Bruto (en kilogramos). n) Número de constancia de inscripción o certifi cado de habilitación vehicular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). 8. Datos del registro expedido por el MTC para los Usuarios que realicen Servicio de Transporte. 9. Actividades Fiscalizadas a realizar con Bienes Fiscalizados. 10.Detalle de los Bienes Fiscalizados con los que se realizará Actividades Fiscalizadas, así como las presentaciones que tendrán los mismos, teniendo en cuenta los catálogos que SUNAT ponga a disposición en SUNAT Virtual. 11. Medios de contacto con los Usuarios (número de teléfono, dirección de correo electrónico y número de fax de contar con este). En el caso de los Usuarios que sólo presten Servicio de Almacenamiento o Servicio de Transporte, no deberán consignar lo señalado en el numeral 10. Artículo 7°.- DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO Los Usuarios, al solicitar la inscripción en el Registro, deberán presentar a la SUNAT la siguiente documentación, según corresponda: 1. Respecto de los Usuarios, directores, representantes legales y Responsables del manejo de los Bienes Fiscalizados: a) Certifi cado de Antecedentes Penales y Certifi cado de Antecedentes Judiciales vigente. Los Usuarios, directores y representantes legales extranjeros, que no residan en el país, deberán presentar el documento que en su país de residencia haga las veces del Certifi cado de Antecedentes Penales y Certifi cado de Antecedentes Judiciales, emitido con una antigüedad no mayor a los treinta (30) días calendario, debidamente apostillado según lo establecido por el Convenio de la Apostilla o Convenio de la Haya del 5 de octubre de 1961, cuando corresponda, o legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú. b) Copia certifi cada del documento de identidad: Documento Nacional de Identidad (DNI), carné de extranjería o documento donde conste la visa o calidad migratoria que permita realizar actividad comercial en el Perú. Los directores y representantes legales extranjeros, que no residan en el país, deberán presentar fotocopia simple de su documento de identidad debidamente apostillado según lo establecido por el Convenio de la Apostilla o Convenio de la Haya del 5 de octubre de 1961, cuando corresponda, o legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú. c) Fotocopia simple de la última boleta de pago o del contrato de trabajo o de servicios suscrito entre los Usuarios y la persona que suscribe el informe técnico a que se refi ere el literal a) del numeral 4, y entre los Usuarios y la persona responsable del Establecimiento. d) Copia certifi cada de las licencias de conducir vigentes, o similares para el transporte aéreo, ferroviario, acuático y otros, de los conductores de los vehículos inscritos en el Registro. e) Copia certifi cada del registro expedido por el MTC, en los casos que corresponda. 2. Por cada Domicilio Legal o local anexo declarado en el RUC que se solicite registrar como Establecimiento en el Registro: a) Fotocopia simple de la Licencia Municipal de Funcionamiento del Establecimiento, cuando corresponda; de ser el caso la declaración jurada de permanencia en el giro presentada a la Municipalidad. De no estar obligada a contar con Licencia Municipal de Funcionamiento, presentar fotocopia simple del documento que autorice su funcionamiento expedido por la autoridad correspondiente. b) Fotocopia simple del contrato de arrendamiento o de la fi cha registral de propiedad del inmueble, u otro documento que acredite la posesión o propiedad del mismo. c) Croquis de ubicación. 3. Con relación a los vehículos destinados al transporte de Bienes Fiscalizados: a) Copia certifi cada de la tarjeta de propiedad del vehículo o documento similar para el transporte aéreo, ferroviario, acuático u otros. Si el vehículo no fuera de propiedad de los Usuarios, se deberá presentar el documento que acredite la cesión en forma gratuita u onerosa y la autorización del propietario del uso del vehículo para el transporte de Bienes Fiscalizados. b) Copia certifi cada del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente, o documento similar tratándose de otros medios de transporte, cuando corresponda. c) Copia certifi cada del certifi cado vigente de la última revisión técnica expedida por las instituciones legalmente autorizadas para ello, cuando corresponda, o documento similar para el transporte aéreo, ferroviario, acuático y otros. En los lugares donde no se efectúen revisiones técnicas, declaración jurada que señale que las unidades de transporte se encuentran en buen estado de funcionamiento. d) Copia certifi cada de la Constancia de Inscripción del Vehículo o Certifi cado de Habilitación Vehicular expedida por el MTC, en los casos que corresponda. e) Copia certifi cada del documento que acredita la inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos, en los casos que corresponda. 4. Respecto de las Actividades Fiscalizadas: a) Un informe técnico en el cual los Usuarios sustenten y describan el proceso que comprenda las Actividades Fiscalizadas que realicen o vayan a realizar. Tiene carácter de declaración jurada y deberá ser suscrito por el responsable técnico y refrendado por los Usuarios o representante legal. En el informe técnico se consignará la siguiente información, según corresponda a la actividad o actividades que realice: i. Nombre o razón social de los Usuarios. ii. Domicilio Legal. iii. Ubicación del Establecimiento donde realizará actividades con Bienes Fiscalizados, los cuales deberán corresponder a los Establecimientos señalados en la solicitud de inscripción. iv. Actividad de la empresa y Actividades Fiscalizadas. v. Requerimiento de Bienes Fiscalizados solicitados precisando, como mínimo y cuando corresponda: a. El área de la empresa que lo requiere. b. Nombre del producto fi scalizado. c. Nombre comercial del producto fi scalizado. d. Descripción del producto fi scalizado. e. Calidad. f. Rango de concentración (mínima y máxima). g. Grado del producto. h. Cantidad solicitada. i. Unidad de medida comercial y de control. j. Composición de los disolventes y mezclas y su rango de concentración (mínima y máxima). Asimismo, deberá adjuntar la fi cha técnica que corresponda. La cantidad solicitada debe estimarse en base a las operaciones de ingreso (stock inicial, compra local, ingresos por comercio internacional y producción) que se realizarán para cada Bien Fiscalizado en un año. vi. Uso detallado de cada Bien Fiscalizado en las actividades que desarrolla, hasta su disposición fi nal, mencionando como mínimo y cuando corresponda, el control de calidad utilizado, el acondicionamiento y mantenimiento. vii. Balance de materias, el cual contendrá como mínimo y cuando corresponda: a. Capacidad de almacenamiento. b. Capacidad de planta y/o de producción. c. Descripción general de los procedimientos de almacenamiento, en caso se trate de Bienes Fiscalizados que por sus características físico químicas, deben ser