Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2013 (30/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2013

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previa a la realizacion de ofertas publicas primarias y/o emisiones de valores en el MORDAZA del tramite anticipado al que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Asimismo, dichas emisiones y/o ofertas, pueden ser efectuadas durante los dos (2) anos siguientes a la fecha de aprobacion correspondiente. Dicho plazo podra renovarse por unica vez y de manera automatica, para lo cual se requerira la MORDAZA de un prospecto MORDAZA actualizado que consolide todas las modificaciones efectuadas por el emisor hasta la fecha de la solicitud de renovacion, asi como la actualizacion de la restante documentacion e informacion que resulte pertinente. Es responsabilidad del emisor el cabal cumplimiento de la normativa vigente a la fecha de renovacion. El MORDAZA plazo se cuenta a partir del vencimiento del anterior y la solicitud de renovacion debe presentarse MORDAZA de dicho vencimiento. Una vez vencido el plazo original del tramite anticipado o de su renovacion y verificado que no existen emisiones en circulacion se procedera a excluir el "Segundo Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero de HSBC Bank Peru S.A," del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- La inscripcion y el registro al que se refieren los articulos precedentes no implican que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a HSBC Bank Peru S.A., en su calidad de emisor y entidad estructuradora; al Banco Internacional del Peru S.A.A. - INTERBANK, en su calidad de representante de los obligacionistas; a CAVALI S.A. ICLV, y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas 936287-1

Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, que establece que las empresas del sistema financiero pueden emitir, a traves de oferta publica de valores mobiliarios, instrumentos representativos de deuda, siempre que cuenten previamente con la opinion favorable de la citada Superintendencia; Que, el 13 de noviembre de 2012, la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV, mediante Oficio Nº 4641-2012-SMV/11.1, notifico a HSBC Bank Peru S.A. observaciones encontradas durante la evaluacion del expediente administrativo al que se contrae la presente Resolucion; Que, el 30 de MORDAZA de 2013, HSBC Bank Peru S.A. cumplio con subsanar las observaciones a las que se refiere el considerando precedente, completando los requisitos de documentacion e informacion relativos a la solicitud de inscripcion del "Segundo Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero de HSBC Bank Peru S.A." y de registro del prospecto MORDAZA respectivo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Por tanto, HSBC Bank Peru S.A. ha cumplido con presentar la informacion requerida por la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas modificatorias y complementarias, habiendose verificado asimismo que cumple con la condicion de Entidad Calificada; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion Nº 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica y el registro de los prospectos informativos correspondientes en el Registro Publico del MORDAZA de Valores deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv. gob.pe), y; Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como a lo establecido por el articulo 46º, numerales 4 y 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas publicas primarias y evaluar y/o resolver todo tramite vinculado a dichas ofertas y disponer la inscripcion de valores en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado y disponer la inscripcion del "Segundo Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero de HSBC Bank Peru S.A.", por un monto de emision ascendente a USD $ 100,000,000.00 (Cien Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles, asi como disponer el registro del Prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- En tanto HSBC Bank Peru S.A. mantenga su condicion de entidad calificada y se trate de la emision de valores tipicos, la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos a utilizar en el MORDAZA del programa al que se refiere el articulo precedente, se podran entender realizados en la fecha de su presentacion. En caso contrario, la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos correspondientes se sujetaran a lo dispuesto por el articulo 14º, literal b), numeral 2), del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 3º.- La documentacion e informacion presentada, incluyendo el prospecto MORDAZA, debera encontrarse actualizada en toda ocasion de forma

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban Normas relativas al Registro para el Control de Bienes Fiscalizados a que se refiere el Articulo 6° del Decreto Legislativo Nº 1126
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 173-2013/SUNAT MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que el articulo 6° del Decreto Legislativo Nº 1126 que establece medidas de control en los insumos quimicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboracion de drogas ilicitas y MORDAZA modificatoria, crea el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados (Registro) que contendra toda la informacion relativa a los Bienes Fiscalizados, asi como a los Usuarios y sus actividades; Que el referido articulo senala que la SUNAT es la responsable de la implementacion, del desarrollo y del

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