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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (15/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 61

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013 507163 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, las Entidades de la Administración Pública que cuenten con ofi cinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas, a través de Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 221-2013-INDECOPI/COD se designó a los funcionarios responsables de atender los pedidos de información que se formulan al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, conforme a las consideraciones expresadas por la Gerencia de Ofi cinas Regionales, contenidas en el Memorándum Nº 0923-2013/GOR, resulta pertinente actualizar la relación de funcionarios responsables de atender los pedidos de información que se formulen al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de su Reglamento, en el ámbito de las Ofi cinas Regionales del INDECOPI; De conformidad con lo establecido por los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º- Dejar sin efecto la designación de los funcionarios responsables de atender los pedidos de información que se formulan al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, efectuada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 221-2013-INDECOPI/COD, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Designar como funcionarios responsables de atender los pedidos de información que se formulen conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a su Reglamento, en el ámbito de las Ofi cinas Regionales del INDECOPI, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución, a las siguientes personas: Ofi cina Regional Responsable designado Amazonas Andrey Guerrero García Ancash - Sede Chimbote Manuel Sánchez Quiñones Ancash - Sede Huaraz Jorge Luis Cabel Villarroel Apurímac Karin Karoll Felicidad Diaz Pasache Arequipa María Lucía del Pilar Cornejo Gutiérrez- Ballón Ayacucho Victor Hugo Rodríguez Rojas Cajamarca Milagros Jacqueline Castillo Trigoso Cusco Paola Aragón Iturri Huancavelica Gary Alain Loza Huarachi Huánuco Jina Mery Troyes Delgado Ica Ernesto Fernando Martín Perla Najarro Junín Andrómeda Barrientos Roque La Libertad Sergio Miguel Obregón Matos Lambayeque Ana Kimena Leyva Wong Loreto Francisco Jefferson Ruiz Calsin Madre de Dios Javier Ernesto Castro Cuba León Moquegua José Alonso Membrillo Nina Pasco Rebeca Yuliana Rodriguez Porta Piura Ana Peña Cardoza Puno Juan Ever Pilco Herrera San Martín Michel Iván Veliz Herrera Tacna Marcos Alberto Lipa Portugal Tumbes Edgar Allinson Vilela Adanaqué Ofi cina Regional Responsable designado Ucayali Jessica Samantha Ramírez Araujo VRAEM Christian John Rodríguez León Sede Lima Norte Magaly Guzmán Terrones Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1014004-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan la ejecución de la “Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo”, durante el año 2014 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 324-2013-INEI Lima, 6 de noviembre de 2013 Visto el Ofi cio Nº 498-2013-MTPE/4/13, de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo”, para el año 2014, en Lima Metropolitana, Provincia Constitucional del Callao y 29 principales ciudades del país. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Básicas de los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, requiere contar con información sobre el comportamiento de las variaciones coyunturales en la demanda de mano de obra en empresas del sector privado que cuentan con 10 y más trabajadores, con excepción del sector construcción, para lo cual tiene programado realizar durante el período enero a diciembre de 2014, la “Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo” en Lima Metropolitana, la Provincia Constitucional del Callao y en 29 principales ciudades del país, la que servirá entre otros, para la toma de decisiones sobre las políticas de empleo y de recursos humanos; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, ha evaluado el Manual Metodológico y la Ficha Técnica que se adjunta como parte de lo solicitado; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la “Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo”, durante el año 2014, dirigida a las empresas de 10 a más trabajadores que desarrollan actividades económicas, con excepción del sector construcción, para lo cual se ha seleccionado una muestra de 2 879 empresas en Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao y de 4 372 empresas en las 29 principales ciudades del país, así como aprobar el formulario respectivo y fi jar el plazo máximo de entrega de la información, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Estadística e Informática; Con la opinión técnica favorable de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización