Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (15/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013 507166 Fiscales Superiores de éste Distrito Judicial y la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. DANTE TERREL CRISPIN Presidente NOVIEMBRE VIERNES 1 10º JP SEDE SÁBADO 2 11º JP SEDE DOMINGO 3 12º JP SEDE LUNES 4 13º JP SEDE MARTES 5 14º JP SEDE MIÉRCOLES 6 JP TRANSITORIO SEDE JUEVES 7 1º JP CARABAYLLO VIERNES 8 2º JP CARABAYLLO SÁBADO 9 1º JP CONDEVILLA DOMINGO 10 2º JP CONDEVILLA LUNES 11 1º JP TRANSITORIO CONDEVILLA MARTES 12 1º JP LOS OLIVOS MIÉRCOLES 13 2º JP LOS OLIVOS JUEVES 14 1º JP PTE. PIEDRA VIERNES 15 1º JP TRANSITORIO PTE PIEDRA SÁBADO 16 2º JP TRANSITORIO PTE PIEDRA DOMINGO 17 1º JP SEDE LUNES 18 2º JP SEDE MARTES 19 3º JP SEDE MIÉRCOLES 20 4º JP SEDE JUEVES 21 5º JP SEDE VIERNES 22 6º JP SEDE SÁBADO 23 7º JP SEDE DOMINGO 24 8º JP SEDE LUNES 25 9º JP SEDE MARTES 26 10º JP SEDE MIÉRCOLES 27 11º JP SEDE JUEVES 28 12º JP SEDE VIERNES 29 13º JP SEDE SÁBADO 30 14º JP SEDE DICIEMBRE DOMINGO 1 JP TRANSITORIO SEDE LUNES 2 1º JP CARABAYLLO MARTES 3 2º JP CARABAYLLO MIÉRCOLES 4 1º JP CONDEVILLA JUEVES 5 2º JP CONDEVILLA VIERNES 6 1º JP TRANSITORIO CONDEVILLA SÁBADO 7 1º JP LOS OLIVOS DOMINGO 8 2º JP LOS OLIVOS LUNES 9 1º JP PTE. PIEDRA MARTES 10 1º JP TRANSITORIO PTE PIEDRA MIÉRCOLES 11 2º JP TRANSITORIO PTE PIEDRA JUEVES 12 1º JP SEDE VIERNES 13 2º JP SEDE SÁBADO 14 3º JP SEDE DOMINGO 15 4º JP SEDE LUNES 16 5º JP SEDE MARTES 17 6º JP SEDE MIÉRCOLES 18 7º JP SEDE JUEVES 19 8º JP SEDE VIERNES 20 9º JP SEDE SÁBADO 21 10º JP SEDE DOMINGO 22 11º JP SEDE LUNES 23 12º JP SEDE MARTES 24 13º JP SEDE MIÉRCOLES 25 14º JP SEDE JUEVES 26 JP TRANSITORIO SEDE VIERNES 27 1º JP CARABAYLLO SÁBADO 28 2º JP CARABAYLLO DOMINGO 29 1º JP CONDEVILLA LUNES 30 2º JP CONDEVILLA MARTES 31 1º JP TRANSITORIO CONDEVILLA 1013968-1 Establecen procedimiento en caso de impedimento, recusación, inhibición o discordia en las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 1003-2013-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, ocho de noviembre del año dos mil trece. I. ANTECEDENTES: El Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa Nº 154-2013-CE- PJ, publicada en el diario ofi cial El Peruano el día 10 de agosto de 2013, II. FUNDAMENTOS: 1. Mediante Resolución Administrativa Nº 154-2013- CE-PJ, publicada en el diario ofi cial El Peruano el día 10 de agosto de 2013, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso en su artículo primero la reubicación y conversión de distintos órganos jurisdiccionales, entre ellos la Segunda Sala Contencioso Administrativa Transitoria de Lima en Primera Sala Penal Transitoria de Villa María del Triunfo; la Tercera Sala Contencioso Administrativa de Lima en Segunda Sala Penal Transitoria de Villa María del Triunfo. 2. El artículo 145º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que en los casos de discordia o impedimento de uno o más jueces, el presidente procede a llamar a los jueces de la misma especialidad de otras salas, si las hubiera, y luego, a los jueces de las salas de otra especialidad, comenzando por el menos antiguo, en el orden de prelación que establece el Consejo Ejecutivo correspondiente. 3. Asimismo, el artículo 150º del mismo cuerpo legal, prescribe que en los supuestos de recusación o inhibición, para completar Sala, se procede con el mismo trámite previsto para la resolución de las causas en discordia. 4. En ese contexto, y atendiendo a que esta Corte Superior de Justicia cuenta con tres Salas Penales, (Sala Penal Permanente, Primera y Segunda Sala Penal Transitoria) y una Sala Civil, la cual conoce todas las especialidades excluyendo la penal, corresponde aplicar la norma acotada precedentemente en caso de que se presenten supuestos de impedimento, recusación, inhibición o discordia, procediendo el Presidente de la Sala en que se produzcan dichos supuestos a llamar al Juez Superior menos antiguo de la Sala que se encuentre de turno y en caso de persistir los supuestos normativos acotados se recurrirá a llamar a los integrantes de la Sala del turno inmediato anterior. 5. La regulación del turno fi jado en la presente resolución, se aplicará también para los casos en que se produzca impedimento, recusación, inhibición o discordia, debidamente acreditada y aceptada en la Sala Civil. 6. En tal sentido, resulta atendible dictar las medidas pertinentes, en concordancia con el segundo párrafo de la norma acotada, con el fi n de cautelar el normal desarrollo de los procesos y garantizar una pronta y efi ciente administración de justicia, teniendo presente la competencia de los órganos colegiados en referencia, corresponde fi jar los turnos de las Salas que completarán el Colegiado de la Sala solicitante, para el período que resta del año, el cual tendrá una duración semanal. 7. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su