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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (15/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 63

El Peruano Viernes 15 de noviembre de 2013 507165 Visto los Ofi cios Nº 512 y 544-2013-MTPE/4/13, de la Ofi cina General de Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solicitando ampliación del periodo de entrega de la información de la “Encuesta de Demanda Laboral de Personas con Discapacidad”, hasta el 23 de noviembre 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 283-2013- INEI, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 21 de octubre de 2013, se autorizó la ejecución de la “Encuesta de Demanda Laboral de Personas con Discapacidad”, a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). La Encuesta está dirigida a una muestra representativa de 6857 empresas con 20 a más trabajadores de todos los sectores económicos de los departamentos de Ayacucho, Ica y Tumbes, así como en Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao; Que, la referida Resolución Jefatural, en su artículo 2º dispone como periodo de entrega de la información de la Encuesta, del 11 al 28 de octubre de 2013; Que, la Dirección General de Promoción del Empleo, ha informado que se ha presentado una demora imprevista en el desarrollo del aplicativo informático que posibilita a las empresas la respuesta virtual de la Encuesta, motivo por el que solicita se amplíe el periodo de entrega de dicha información; Que, resulta pertinente ampliar el periodo de entrega de la información de la referida Encuesta, hasta el 23 de noviembre de 2013, a fi n que las empresas informantes tengan la oportunidad de cumplir con la presentación de la información requerida y eviten las sanciones a que se refi ere el artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 283- 2013-INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ampliar, hasta el 23 de noviembre de 2013, el periodo de recojo de información de la “Encuesta de Demanda Laboral de Personas con Discapacidad”, autorizada mediante Resolución Jefatural Nº283-2013- INEI; dirigida a una muestra representativa de 6857 empresas con 20 a más trabajadores de todos los sectores económicos de los departamentos de Ayacucho, Ica y Tumbes, así como de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2°.- El acceso y respuesta al formulario se realizará en forma virtual, al cual se podrá acceder ingresando a la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), http://www.trabajo.gob. pe/, al banner “Encuesta de Demanda Laboral de Personas con Discapacidad”, donde debe registrar su número de RUC, usuario y clave SOL o directamente en el link: https://www.sunat.gob.pe/xssecurity/SignOnVerifi cation. htm?signonForwardAction=http://appweb.trabajo.gob.pe/ si.edlpcd/index.jsp Las empresas que no cumplan con entregar la información de la “Encuesta de Demanda Laboral de Personas con Discapacidad”, serán pasibles de la multa correspondiente establecida en el artículo 4º de la Resolución Jefatural Nº 283-2013-INEI. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 1013565-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Modifican el rol del Turno Judicial del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 740-2013-CSJLN/PJ Independencia, siete de noviembre del año dos mil trece VISTOS: La Resolución de Presidencia Nº 396-2013-P- CSJLN/PJ de fecha 19 de junio del 2013 y la Resolución Administrativa Nº 219-2013-CE-PJ de fecha 2 de octubre del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 396- 2013-P-CSJLN/PJ de fecha diecinueve de junio del dos mil trece, se aprobó el rol de turno judicial de los Juzgados Penales de la Sede Central, Módulo Básico de Justicia de Carabayllo, Los Olivos, Condevilla y Puente Piedra, conforme al anexo que forma parte integrante de la misma, por el periodo comprendido entre junio a diciembre del 2013. Que, por Resolución Administrativa Nº 219-2013-CE- PJ de fecha 2 de octubre del 2013, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, reubicar – a partir del 1 de noviembre del 2013- el Segundo Juzgado Penal Transitorio de San Martín de Porres, en Segundo Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Mirafl ores – Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Que, atendiendo a esta última circunstancia, resulta pertinente modifi car la Resolución de Presidencia Nº 396-2013-P-CSJLN/PJ de fecha 19 de junio del 2013, considerando la reubicación del Segundo Juzgado Penal Transitorio de Condevilla. Por los fundamentos antes señalados, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en uso de las atribuciones conferidas por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Primero: MODIFICAR el rol del Turno Judicial del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de esta Corte Superior, correspondiente al período comprendido del 12 de noviembre al 31 de diciembre del 2013, conforme se detalla en el anexo I que forma parte de la presente Resolución. Segundo: DISPONER que los Señores Magistrados a cargo del Turno Judicial, en las fechas indicadas, se ciñan a lo establecido en la Resolución Administrativa Nº 023-2010-CED-CSJLN/PJ, publicada el veintidós de diciembre del dos mil diez, en el Diario Oficial El Peruano. Tercero: DISPONER que el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de éste Distrito Judicial, realice el servicio de Turno Permanente en materia penal, para resolver la situación jurídica de las personas detenidas, sometidas al trámite del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo 957; Cuarto: PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital; Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de