Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2013 (04/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Viernes 4 de octubre de 2013

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evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a Financiera Efectiva S.A., en su calidad de emisor; a Scotiabank Peru S.A.A., en su calidad de representante de los obligacionistas; a BCP Capital Financial Services S.A. (ahora, Credicorp Capital Servicios Financieros S.A.) y LXG Capital S.A.C., en calidad de agentes estructuradores; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a CAVALI S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas 995240-1

efectuadas por la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, completando de esta forma los requisitos de documentacion e informacion relativos a la solicitud de inscripcion del "Primer Programa de Bonos Corporativos Efectiva" y de registro del prospecto MORDAZA respectivo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Por tanto, Financiera Efectiva S.A. ha cumplido con presentar la informacion requerida por la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-1998-EF/94.10 y sus normas modificatorias y complementarias; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica y el registro de los prospectos informativos correspondientes en el Registro Publico del MORDAZA de Valores deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe); y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como a lo establecido por el articulo 46º, numerales 4 y 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a resolver las solicitudes formuladas por los administrados vinculadas a las ofertas publicas primarias y evaluar y/o resolver todo tramite vinculado a dichas ofertas y disponer la inscripcion de valores en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado y disponer la inscripcion del "Primer Programa de Bonos Corporativos Efectiva", hasta por un monto MORDAZA de emision de S/. 250'000,000.00 (Doscientos Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dolares de los Estados Unidos de America; asi como disponer el registro del Prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- Las emisiones y las ofertas publicas de valores a realizarse en el MORDAZA del programa al que se refiere el articulo precedente estaran condicionadas a que toda la informacion contenida en los documentos del programa se mantenga actualizada, asi como a la MORDAZA y registro de los respectivos documentos complementarios para cada emision y debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto por el articulo 25º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, y por el articulo 29º de dicho Reglamento, de ser el caso. Asimismo, se debera cumplir con presentar a la Superintendencia del MORDAZA de Valores la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del mencionado Reglamento. Dichas emisiones y ofertas podran ser efectuadas durante los dos (2) anos siguientes a la fecha de aprobacion correspondiente. Dicho plazo podra renovarse por unica vez y de manera automatica, para lo cual se requerira la MORDAZA de un prospecto MORDAZA actualizado que consolide todas las modificaciones efectuadas por el emisor hasta la fecha de la solicitud de renovacion, asi como la actualizacion de la restante documentacion e informacion que resulte pertinente. El MORDAZA plazo se computara a partir del vencimiento del anterior y la solicitud de renovacion debe presentarse MORDAZA de dicho vencimiento. De haber vencido el plazo de vigencia del tramite anticipado sin que existan emisiones vigentes a dicha fecha, la Superintendencia del MORDAZA de Valores podra declarar de oficio la exclusion del programa. Articulo 3º.- La inscripcion y el registro a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion no implican que la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD. MORDAZA, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Aprueban Directiva que determina los requisitos y procedimientos para la supervision de los Establecimientos de Salud Privados que expidan Certificados de Salud Mental para la obtencion de las licencias de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 038-2013/SUCAMEC MORDAZA, 2 de octubre de 2013. VISTO: La Hoja de Coordinacion N° 383-2013SUCAMEC-GAMAC, de fecha 25 de setiembre de 2013, el Decreto Supremo N° 014-2013-IN, y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante el articulo 1 del Decreto Supremo N° 014-2013-IN, publicado el 22 de setiembre de 2013, se modifico el articulo 1.1 del Decreto Supremo N° 006-2013-IN en lo referente al articulo 98, literal g) del Decreto Supremo N° 007-98-IN, Reglamento de la Ley N° 25054 ­ Ley sobre la fabricacion, comercio, posesion y uso por particulares de MORDAZA y municiones que no son de guerra; respecto a la MORDAZA de los Certificados de Salud Mental como requisito para obtener la licencia de posesion y uso de MORDAZA de fuego de uso civil. Dichos certificados podran ser expedidos por Establecimientos de Salud Publicos o Privados con categoria minima de I - 3, otorgada por las Direcciones de Salud de MORDAZA y demas Direcciones Regionales de Salud correspondientes. 2. El precitado Decreto Supremo, en su articulo 4, incorpora una cuarta Disposicion Complementaria Final al Decreto Supremo N° 006-2013-IN, disponiendo que mediante Resolucion de Superintendencia de la SUCAMEC, se regularan los requisitos y procedimientos para el registro y supervision de los Establecimientos de Salud Privados que expidan Certificados de Salud Mental. 3. Aquellos Establecimientos de Salud Privados contenidos en el Registro Nacional de Establecimientos

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