Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2013 (04/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Viernes 4 de octubre de 2013

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monto de dinero se destinara a reducir el pago del monto total del servicio de Reserva Secundaria de Frecuencia del mes siguiente. 12. HORIZONTE, PERIODICIDAD Y PLAZOS 12.1. El informe anual que determina la magnitud para la reserva para RPF se efectuara una vez al ano, de acuerdo a los plazos establecidos en el numeral 6.2.1 de la NTCOTR. 12.2. El informe mensual de evaluacion del cumplimiento de las unidades generadoras frente al servicio de RPF debera ser emitido dentro de los primeros 10 dias habiles del mes siguiente al de evaluacion. ANEXO N° 1 METODOLOGIA PARA DETERMINAR LA RESERVA DESTINADA A LA RPF 1. CRITERIOS GENERALES 1.1. La metodologia para determinar la magnitud de reserva para RPF debe tener en cuenta los mayores costos de operacion por disponer de un margen de potencia adicional para proveer el servicio de RPF asi como los beneficios del mismo. 1.2. La reserva destinada a la RPF debe responder tanto a cambios intempestivos de la demanda como a cambios intempestivos de la generacion que produzcan deficit de generacion. 1.3. Se fija en 59,5 Hz el valor limite inferior de la frecuencia en estado cuasi estable que debe alcanzarse en el sistema despues de 15 segundos de ocurrido un evento. 1.4. La magnitud de Reserva Rotante para la RPF para compensar deficit de generacion tendra en cuenta las fallas aleatorias de generadores y equipos de la red que impliquen salidas de generacion y la conexion intempestiva de MORDAZA bloques de demanda. 1.5. Las fallas de generacion y de equipos de red que impliquen desconexion de generadores se limitaran a una desconexion simple, es decir, la perdida de una unidad generadora a la vez. 1.6. La magnitud de Reserva Rotante para la RPF para disminuir generacion (frecuencia por encima de la referencia) es el mismo encontrado para incrementar generacion (disminuciones de frecuencia). 1.7. En la metodologia se considera inicialmente una reserva rotante asignada a la RPF del 1% de la demanda, para iniciar el MORDAZA de analisis. 1.8. Para el caso de las areas aisladas temporalmente del MORDAZA, el valor en porcentaje de la reserva destinada a la RPF, sera evaluado para cada caso de manera especifica. 1.9. Si se observa que existe una diferencia mayor al 15% en la magnitud de la Reserva Rotante para la RPF entre los resultados correspondientes a periodos tipicos tales como avenida/estiaje o cambios importantes en la topologia de la red o del MORDAZA generador, se podra establecer magnitudes de Reserva Rotante para la RPF diferenciados para dichos periodos. 2. METODOLOGIA 2.1. Se calcula el costo de la Energia no Suministrada (ENS) asociada a los eventos considerados en los numerales 1.4 y 1.5, como se indica en los numerales 3 y 4 del presente anexo. 2.2. Se calculan los costos operativos asociados a mantener cada porcentaje de reserva, como se indica en el numeral 2.5 del presente anexo. 2.3. Incrementar la reserva rotante en un 1% e iniciar nuevamente en el numeral 2.1 anterior. 2.4. Determinar la reserva rotante que se asignara a la RPF como el punto donde se minimiza la suma de las siguientes tres (3) componentes: a) Los costos operativos adicionales por mantener la reserva rotante destinada a la RPF; b) El costo de la ENS por fallas aleatorias de generadores y equipos de la red que impliquen desconexiones de generacion; c) El costo de la ENS por la conexion intempestiva de MORDAZA bloques de demanda.

11.2.2. Analisis en Estado Normal 11.2.2.1. Se elige un periodo de 5 minutos donde la frecuencia estuvo en la banda de operacion (60 ± 0,15 Hz). 11.2.2.2. Analizara la respuesta de las unidades generadoras, evaluando la coherencia del comportamiento potencia/frecuencia (se exceptuan a aquellas que se encuentren variando su potencia de generacion por disposicion del Coordinador). Se entiende respuesta coherente de la unidad generadora cuando: a) Ante una disminucion de la frecuencia, la unidad generadora muestra una tendencia de aumento de generacion; b) Ante un aumento de frecuencia, la unidad generadora muestra una tendencia de disminucion de generacion. c) Para determinar si la respuesta frecuencia/potencia es coherente se grafican los registros de potencia versus frecuencia de la informacion remitida en aplicacion del numeral 7.3 del presente Procedimiento. d) Primeramente se deben eliminar los puntos con frecuencias inferiores a: 60 Hz - 60*(R* % RPrimaria )/10000, donde R es el estatismo de unidad expresado en porcentaje y % Rprimaria es la reserva asignada a la unidad expresada como un porcentaje de la potencia MORDAZA (en MW) que puede entregar dicha Unidad de generacion en ese periodo de tiempo. e) Una vez eliminado los puntos senalados en el item previo, se determina la frecuencia y potencia promedio y se traza dos rectas que representa los limites de respuesta teorica de la unidad de generacion. Se considera una respuesta satisfactoria si el 85 % de las mediciones restantes se encuentran dentro de dichas rectas (ver ejemplo en el Anexo 2 del presente Procedimiento). 11.2.3. Analisis ante fallas de unidades de generacion 11.2.3.1. Se eligen instantes de tiempo en los cuales se presentaron desconexiones de unidades de generacion iguales o mayores al 100% de la reserva para RPF asignada para dicho periodo, donde la frecuencia en los ultimos 10 segundos previos a la desconexion fue igual o superior a 60,0 Hz. 11.2.3.2. Utilizando los registros de las mediciones de potencia y frecuencia de la(s) unidad(es) o centrales de generacion de los equipos de medicion indicados en el numeral 7.3, se verificara que el incremento de potencia correspondiente a la reserva asignada a la unidad de generacion fue efectivamente entregada dentro del area senalada en la siguiente figura.
MW

Reserva Asignada

MORDAZA de respuesta aceptable MORDAZA de respuesta no aceptable
0s

5s

30 s

60 s

10 min

11.2.3.3. El tiempo cero se considera en el instante de la desconexion de la unidad de generacion. 11.2.3.4. La reserva asignada se calculara como el aporte que debe entregar la unidad de generacion en base a la desviacion de la frecuencia de referencia (60,0 Hz). 11.2.3.5. Se considerara que la respuesta fue satisfactoria si el 95% del tiempo, la reserva entregada su igual o superior al limite establecido en la figura previa. 11.3. Cuando un Generador no remita los registros de los equipos de medicion senalados en el numeral 7.3 en el plazo establecido, se considera que existe incumplimiento por cada dia que no remitio dicha informacion. 11.4. En caso de incumplimiento de una unidad de generacion de la obligacion de realizar RPF, evaluado de acuerdo al numeral 11.2 del presente Procedimiento Tecnico, el mismo sera reportado dentro del informe mensual de evaluacion del cumplimiento de las unidades generadoras frente al servicio de RPF y el agente propietario de la citada unidad debera aportar un monto de dinero igual a 1/15 del Monto de la compensacion mensual para dicha unidad de generacion que resulte por RSF por cada dia que se detecte un incumplimiento. Dicho

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