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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (04/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Viernes 4 de octubre de 2013 504287 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), respectivamente; Que, la Guía no permite restructurar el procedimiento para complementarlo con los estudios que han sido encargados, sino que dispone que la propuesta del nuevo Procedimiento COES PR-22 publicada, aún con sus defi ciencias, sea aprobada; todo ello se constituye en una formalidad que, de ser cumplida, traería como consecuencia la aprobación de una norma con vacíos que perjudicarían el desarrollo del mercado eléctrico; Que, en consecuencia, de acuerdo con el principio de impulso de ofi cio consignado en el numeral 1.3 del Artículo IV del Título Preliminar de la LPAG, según el cual, las autoridades deben dirigir e impulsar de ofi cio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias; corresponde a OSINERGMIN establecer la mejor manera de perfeccionar la propuesta del nuevo Procedimiento COES PR-22 publicada, velando porque se respete el derecho al debido procedimiento y el principio de participación señalados; Que, consecuentemente con lo expresado en los considerandos precedentes, corresponde restructurar la propuesta de Procedimiento COES PR-22, mejorando la presentada por el COES, con la fi nalidad de llenar los vacíos identifi cados. Esta propuesta deberá ser notifi cada al COES para que dicha institución se pronuncie sobre sus alcances antes de la publicación del proyecto del Procedimiento COES PR-22 mejorado para recibir comentarios de los terceros interesados; Que, por lo expuesto, se hace de necesidad establecer un procedimiento especial que, siguiendo los plazos y etapas de la Guía, regule el desarrollo del proceso de aprobación del Procedimiento COES PR-22 con una nueva versión que subsane las defi ciencias que han sido identifi cadas; Que, en ese sentido, se ha emitido el Informe Técnico Legal N° 410-2013-GART de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, que complementa la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento COES; en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSINERGMIN en su Sesión Nº 30-2013. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Suspéndase el proceso de aprobación del Procedimiento COES PR-22 “Reserva Rotante para Regulación Secundaria de Frecuencia” y reiníciese el mismo de conformidad con las siguientes etapas: N° Etapa Responsable Plazo 1 Envío al COES de las observaciones a la primera propuesta del nuevo Procedimiento COES PR-22 y nuevo texto reformulado de la propuesta. OSINERGMIN 28/11/2013 2 Subsanación de las observaciones y comentarios sobre la nueva propuesta COES 10 días hábiles contados desde la realización de la etapa anterior 3 Revisión de los comentarios del COES y Publicación del proyecto de resolución que aprueba el PR-22 OSINERGMIN Dentro de los 30 días hábiles desde la realización de la etapa anterior El plazo establecido en la etapa 2 del cuadro podrá ser ampliado de conformidad con lo establecido en la “Guía de Elaboración de Procedimientos Técnicos”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN Nº 476-2008-OS/CD. A partir de la etapa 3, el proceso de aprobación en curso se realizará de acuerdo con las demás etapas previstas en la referida norma. Artículo 2°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con el Informe Técnico Legal Nº 410- 2013-GART en la página Web de OSINERGMIN: www. osinergmin.gob.pe. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 996570-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Aprueban el reordenamiento de cargos y la actualización del Cuadro para la Asignación de Personal - CAP de la Oficina de Normalización Previsional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 058-2013-JEFATURA/ONP Lima, 13 de setiembre de 2013 VISTOS: El Memorándum Nº 154-2013-OPG/ONP de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de Gestión; y el Informe Nº 023-2013-OPG/ONP suscrito por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de Gestión y la Ofi cina de Recursos Humanos, ambos de fecha 05 de setiembre de 2013,; y, el Informe Nº305-2013-OAJ/ONP de fecha 11 de setiembre de 2013, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) se creó con el Decreto Ley Nº 25967, modifi cado por Ley Nº 26323, como una entidad a cargo de la administración del Sistema Nacional de Pensiones al que hace referencia el Decreto Ley Nº 19990, así como el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales del Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003, y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a Ley; Que, la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) fue reestructurada íntegramente a través de la Ley Nº 28532, y en cumplimiento de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, fue califi cada como un Organismo Público Técnico Especializado por el Decreto Supremo Nº 058- 2011-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174-2013- EF/10 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP), el cual establece la naturaleza, fi nalidad, objetivos, funciones generales y una nueva estructura orgánica de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 202-2013- EF/10 se aprobó el Cuadro para Asignación Personal del Ofi cina de Normalización Previsional – ONP, el cual contiene los cargos clasifi cados de la Entidad en base a la estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Que, el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM que aprueba lineamientos para la elaboración