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El Peruano Jueves 24 de octubre de 2013 505673 Que, con ocasión de la invitación cursada y con el objeto de mantener lazos de cooperación académicos, se han efectuado coordinaciones con el Auditor General del Ejército de Chile, a fi n que el próximo 19 de noviembre de 2013, en la ciudad de Santiago – Chile, se efectúe la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Académica entre el Comando de Educación y Doctrina del Ejército de Chile y el Fuero Militar Policial; Que, en sesión de fecha 11 de octubre del 2013, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial acordó aprobar el viaje al exterior, en comisión de servicio, al señor General de Brigada EP (R) Hugo Manuel Pow Sang Sotelo, Presidente del Fuero Militar Policial, y al señor Contralmirante CJ Julio Enrique Pacheco Gaige, Vocal Supremo y Director del Centro de Altos Estudios de Justicia Militar, a la ciudad de Santiago, capital de la República de Chile, del 18 al 24 de noviembre del 2013, para que se efectúe la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Académica entre el Comando de Educación y Doctrina del Ejército de Chile y el Fuero Militar Policial, así como para que participen en la Conferencia Internacional “Desafíos Modernos en el Dominio Legal Militar”, espacio académico que resultará propicio para entablar relaciones de cooperación y, a través del cual, se dará a conocer la evolución y accionar de la Justicia Militar Policial del Perú; De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1096 y la Ley Nº 29955; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cada por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicio, al señor General de Brigada EP (R) Hugo Manuel Pow Sang Sotelo, Presidente del Fuero Militar Policial, identifi cado con DNI Nº 07763142, y al señor Contralmirante CJ Julio Enrique Pacheco Gaige, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial y Director del Centro de Altos Estudios de Justicia Militar, identifi cado con DNI Nº 08805518 y CIP Nº 00801513, a la ciudad de Santiago, capital de la República de Chile, del 18 al 24 de noviembre del 2013, para que se efectúe la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Académica entre el Comando de Educación y Doctrina del Ejército de Chile y el Fuero Militar Policial, así como para que participen en la Conferencia Internacional “Desafíos Modernos en el Dominio Legal Militar”, espacio académico que resultará propicio para entablar relaciones de cooperación y, a través del cual, se dará a conocer la evolución y accionar de la Justicia Militar Policial del Perú. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Administrativa, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos (Clase Económica): Lima (PERÚ) – Santiago (CHILE) – Lima (PERÚ) US $ 349.50 X 02 personas (incluido TUUA) = US$ 699.00 Viáticos: US $ 370.00 X 07 días X 02 personas = US$ 5,180.00 TOTAL A PAGAR = US$ 5,879.00 Artículo 3º.- Autorizar a la Dirección de Administración y Finanzas a efectuar el pago del costo de inscripción del evento para el señor General de Brigada EP (R) Hugo Manuel Pow Sang Sotelo, Presidente del Fuero Militar Policial, con cargo al Presupuesto del Pliego 027 – Fuero Militar Policial. Artículo 4º.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Poner la presente Resolución Administrativa, en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO MANUEL POW SANG SOTELO Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1003429-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Dejan sin efecto credencial y restablecen vigencia de credencial de consejera del Gobierno Regional de Lima RESOLUCIÓN N° 935-2013-JNE Expediente N° J-2013 - 742 LIMA Lima, nueve de octubre de dos mil trece VISTOS los escritos de fechas 23 y 25 de setiembre de 2013, en los que Rosa Liliana Torres Castillo solicita se deje sin efecto la inhabilitación en su contra y se ordene su reincorporación como consejera del Gobierno Regional de Lima. CONSIDERANDOS 1. Mediante la Resolución N° 627-2013-JNE, del 1 de julio de 2013, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto la credencial de Rosa Liliana Torres Castillo, consejera del Gobierno Regional de Lima, por tener una pena de inhabilitación vigente (fojas 106 a 107). Cabe destacar que dicha resolución tuvo como base la sentencia emitida por la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Cañete, de fecha 7 de junio de 2013, que condenó a la ciudadana antes mencionada como cómplice primaria del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de colusión defraudatoria, en agravio del Estado y la Municipalidad Distrital de Asia, y se le impuso la pena de cuatro años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de tres años, así como se le impuso la pena de inhabilitación para ejercer cargo público por el plazo de dos años. En ese sentido, dado que el proceso penal se sustanció en base al Código de Procedimientos Penales y en mérito del Acuerdo Plenario N° 10-2009/CJ-116, se concluyó que correspondía inhabilitar a la autoridad cuestionada. 2. Sin embargo, por medio del Ofi cio N° 784-2013- S-SPT-CS/PJ, Diny Yurianieva Chávez Veramendi, secretaria de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República remitió copias certifi cadas de la Ejecutoria Suprema, de fecha 16 de setiembre de 2013, mediante la cual el órgano jurisdiccional ordinario resolvió el Recurso de Nulidad N° 2160-2013, en el cual declaró la nulidad de la sentencia condenatoria antes referida, así como dispuso se realice un nuevo juicio oral por otro colegiado superior (fojas 145 a 151). En consecuencia, en vista de que la Corte Suprema declaró nula la sentencia penal condenatoria, no existe una pena de inhabilitación vigente contra Rosa Liliana Torres Castillo, por lo cual, ante la existencia de nuevos hechos, estos deben ser valorados por este Supremo Tribunal Electoral, sin desmedro de que, a efectos de no vulnerar su derecho a ejercer el cargo por el que fue electa como consejera titular de la corporación regional, corresponde que este órgano colegiado restablezca la vigencia de las credenciales que le fueran otorgadas. 3. En suma, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Mercedes María Misari Lamapunca de Ayllón, quien asumió provisionalmente el cargo de consejera del Gobierno Regional de Lima, convocada mediante la Resolución N° 627-2013-JNE, y restablecer la vigencia