Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2014 (17/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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de Gerentes Publicos para ocupar, entre otro, el cargo de Director General de la Oficina de Administracion (sic) de la referida entidad; Que, el Consejo Directivo en su sesion N° 042-2014 aprobo la asignacion del Gerente Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maman MORDAZA al cargo de Director/a General de la Oficina de Administracion del Instituto de Gestion de Servicios de Salud; dicho cargo de destino fue formalizado por Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 253-2014SERVIR-PE; Que, conforme a los Memorandum Nº 017-2014SERVIR/GG-OPP y N° 188-2014-SERVIR/GG-OPP la asignacion senalada en el parrafo anterior cuenta con disponibilidad presupuestal; Con la visacion de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Publica y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo N° 030-2009-PCM y modificatorias; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Asignar al Gerente Publico que se senala a continuacion a la entidad y cargo de destino segun el detalle siguiente: GERENTE PUBLICO CARGO ENTIDAD DE DESTINO Instituto de Gestion de Servicios de Salud CONSIDERANDO:

El Peruano Miercoles 17 de diciembre de 2014

MORDAZA MORDAZA Director/a General de MORDAZA Maman la Oficina de AdminisCastro tracion

Articulo Segundo.- El vinculo laboral especial con el Instituto de Gestion de Servicios de Salud, se iniciara una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino. Articulo Tercero.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de SERVIR la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Presidente Ejecutivo 1178492-11

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Modifican la Directiva Nº 014-2012OSCE/CD "Disposiciones aplicables a los procedimientos de comunicacion de ocurrencias y modificacion de datos de la relacion de sancionados publicada en el MORDAZA Institucional del OSCE"
RESOLUCION Nº 409-2014-OSCE/PRE MORDAZA MORDAZA, 15 de diciembre de 2014 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 013-2014/OSCE-CD de fecha 28 de noviembre de 2014, correspondiente a la Sesion Ordinaria Nº 013-2014/OSCE-CD, el Informe Nº 035-2014/DTN, de la Direccion Tecnico Normativa y el Informe Nº 428-2014/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica;

Que, el articulo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo publico adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personeria juridica de derecho publico, que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 9º numeral 9.1. de la referida Ley, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, establece que para ser participante, postor y/o contratista se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no estar impedido, sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado; Que, el articulo 251º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento, senala que el Registro Nacional de Proveedores-RNP, cuyo desarrollo, administracion y operacion esta a cargo del OSCE, esta conformado por el Registro de Proveedores de Bienes, el Registro de Proveedores de Servicios, el Registro de Consultores de Obra, el Registro de Ejecutores de Obra y el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 258º del Reglamento establece que los proveedores registrados en el Registro Nacional de Proveedores estan obligados a comunicar las ocurrencias establecidas en dicho Reglamento dentro de los plazos previstos, sujetandose a las consecuencias que se deriven de su incumplimiento; Que, el literal c) del articulo 58º de la Ley de Contrataciones del Estado senala que el OSCE tiene entre sus funciones el emitir directivas, lineamientos, manuales y comunicados sobre materias de su competencia; Que, mediante Resolucion Nº 289-2014-OSCE/PRE, de fecha 18 de setiembre de 2012, se aprobo la Directiva Nº 014-2012-OSCE/CD "Disposiciones aplicables a los procedimientos de comunicacion de ocurrencias y modificacion de datos de la relacion de sancionados publicada en el MORDAZA Institucional del OSCE"; Que, el articulo 56º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2014-EF establece que la Direccion del Registro Nacional de Proveedores tiene como finalidad administrar el Registro Nacional de Proveedores, realizar operaciones registrales, brindar informacion y publicidad sobre su data, y efectuar la fiscalizacion posterior de los procedimientos seguidos ante el RNP; Que, asimismo la referida Direccion tiene como funcion, segun el articulo 57º literal d) del citado documento de gestion, el coordinar con la Direccion Tecnico Normativa la elaboracion de Directivas de alcance general relacionadas con la aplicacion de la normativa de contrataciones del Estado, asi como elaborar comunicados e instructivos de orientacion sobre las materias de su competencia; Que, en el MORDAZA de la referida funcion, mediante Memorando Nº 1625-2014/DRNP, complementado con el Memorando Nº 1646-2014/DNRP, remitio a la Direccion Tecnico Normativa la propuesta de modificacion de la Directiva Nº 014-2012-OSCE/CD "Disposiciones aplicables a los procedimientos de comunicacion de ocurrencias y modificacion de datos de la relacion de sancionados publicada en el MORDAZA Institucional del OSCE", a fin de que se consignen las consecuencias sobre el incumplimiento en la comunicacion de ocurrencias, sustentando su aprobacion; Que, el articulo 47º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, senala que la Direccion Tecnico Normativa establece los criterios tecnicos legales sobre la aplicacion de la normativa de contrataciones del Estado, asi como brinda asesoria de caracter tecnico legal, la cual se encuentra encargada de elaborar y proponer Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado, en coordinacion con los organos de linea del OSCE; Que, la Direccion Tecnico Normativa solicito a traves del Informe Nº 035-2014/DTN la modificacion de la Directiva Nº 014-2012-OSCE/CD "Disposiciones aplicables a los procedimientos de comunicacion de ocurrencias y modificacion de datos de la relacion de sancionados publicada en el MORDAZA Institucional del OSCE"; Que, el numeral 60.1 del articulo 60º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo

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