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El Peruano Miércoles 17 de diciembre de 2014 540031 en el Ramo de Riesgos de Vida, a denominarse “CRECER SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS”, y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión de Directorio de Cuzco International Holding INC., de fecha 05 de junio de 2014, se aprobó la participación como accionista de una compañía de seguros en el Perú, denominada “CRECER SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS”, otorgándose los poderes al señor Nelson Antonio Bértoli Bryce a fi n de lograr suscribir los documentos públicos y privados que se requieran a efectos de constituir y operar la empresa de seguros; Que, se ha cumplido con acompañar a la solicitud de autorización de organización de “CRECER SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS”, cuyos accionistas son Cuzco International Holding INC. constituida en la República de Panamá (65%) y el Banco Financiero del Perú (35%), el proyecto de minuta de constitución social respectiva, el estudio de factibilidad de mercado, financiero y de gestión, que sustentan la creación de la entidad de seguros, de conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y demás documentos requeridos conforme a lo establecido en el Reglamento para la constitución, reorganización y establecimiento de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado mediante la Resolución SBS Nº 10440-2008 de fecha 16 de octubre de 2008 y el procedimiento Nº 01 del TUPA de esta Superintendencia, los cuales se encuentran conformes en su contenido; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “A”, el Departamento de Supervisión de Reaseguros, el Departamento de Supervisión Actuarial, el Departamento de Supervisión de Inversiones de Seguros, el Departamento Legal, el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados, el Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, el Departamento de Análisis de los Sistemas Asegurador y Previsional; y con la conformidad de las Superintendencias Adjuntas de Seguros, Riesgos, Asesoría Jurídica y Estudios Económicos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley Nº 26702 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la referida Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la organización de la empresa “CRECER SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS” que operaría en el Ramo de Riesgos de Vida, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto por el organizador, que se devuelve debidamente autenticado con el sello ofi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública y posterior inscripción en el Registro Público correspondiente, debiendo insertarse el Certifi cado de Autorización al que se refi ere el Artículo Tercero de la presente Resolución. Artículo Segundo.- “CRECER SEGUROS S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS” en organización, deberá realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones conducentes a obtener la licencia de funcionamiento como empresa de seguros. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certifi cado de Autorización de Organización, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1177078-1 Encomiendan la conducción del proceso liquidatorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación al Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C. RESOLUCIÓN SBS Nº 8232-2014 Lima, 12 de diciembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 115º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General, esta Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Resolución SBS Nº 7547-2014, de fecha 12 de noviembre de 2014, se aprobó las Bases del Concurso Público para la selección de la persona jurídica a la que se le encargará la conclusión el proceso liquidatorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación, en el marco de las atribuciones y obligaciones previstas en las Bases, el Contrato y el Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS Nº 455-99; así como, encargó al Comité Especial designado por la Comisión de Alto Nivel, la conducción (convocatoria, evaluación de las propuestas y participantes, así como la selección de la persona jurídica ganadora) del referido Concurso Público; Que, en acto público realizado el día 03 de diciembre de 2014, ante la presencia del Notario Público de Lima, doctor Cesar Humberto Bazán Naveda, el Comité Especial, luego de la evaluación técnica y económica correspondiente efectuada en las fechas establecidas en el Cronograma que forma parte de las Bases aprobadas, otorgó la Buena Pro del Concurso Público al Consorcio integrado por las empresas Administrare S.A. y CMS Consultores y Administradores S.A.C.; por lo que corresponde proceder a su contratación; Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Seguros, de Administración General y de Asesoría jurídica; y, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 115º y 349º la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Encomendar, a partir del 05 de enero de 2015, al Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C. la conducción del proceso liquidatorio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Pisco S.A. en Liquidación, en el marco de las atribuciones y obligaciones previstas en las Bases aprobadas por Resolución SBS Nº 7547-2014, en el Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS Nº 455-99 y en el contrato a que se refi ere el Artículo Tercero de la presente resolución; para lo cual cuenta con las facultades de poder general y especial contenidas en los artículos 74º y 75º del Código Procesal Civil, concordantes con lo establecido en el artículo 368º de la Ley Nº 26702; y quien asumirá la representación y la administración de la mencionada empresa en liquidación, sin que sea necesario el otorgamiento de poder por escritura pública ni por acta ante juez u otra autoridad. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de los señores Juan Eduardo Cieza Raygada, con DNI Nº 07933131, y Humberto Gelasio Romero Vásquez, con DNI Nº 06909169, como representantes del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, así como de sus reemplazantes, señores Daniel Alberto Lopez Moscoso, con DNI Nº 08752282, y Adolfo Ernesto Quevedo Florido, con DNI Nº 09162702, revocando los poderes otorgados para el ejercicio de esta