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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 92

El Peruano Miércoles 17 de diciembre de 2014 540042 signado Nº 134-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS DESCRIPCION AREA(m2) AREA BRUTA 102 200.00 AREA UTIL DE VIVIENDAS 465 LOTES 60,912.19 AREA AFECTADA DE VIA METROPOLITANA 818.32 AREA DE RECREACION PUBLICA 7,224.00 PARQUE 01: 4,389.78 PARQUE 02: 2,834.22 AREA DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS 2,000.00 EDUCACION: 2,000.00 AREA DE COMPENSACION 4,315.21 AREA DE VIAS 26,930.28 CUADRO RESUMEN DE AREAS POR MAN ANA M Nº LOTES AREA (m2) A 04 680.00 B 08 1,420.00 C 30 3,880.00 D 28 4,130.00 E 21 2,920.00 F 59 7,262.40 G 47 6,069.80 H 34 4,344.68 I 37 4,638.00 J 23 3,032.40 L 26 3,160.00 LL 24 3,034.50 M 49 6,412.00 N 16 2,109.21 O 25 2,782.54 P 20 2,861.25 R 14 2,175.41 TOTAL 46 60 912.19 Artículo Tercero.- DISPONER la independización e inscripción en la SUNARP, a favor del Estado y bajo la administración de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, del Aporte Reglamentario destinado a Recreación Pública, constituido por el Parque Nº 01, con un área de 4,398.78 m2 y Parque Nº 02, con un área de 2,834.22 m2. Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización Nº134-2014-SGCyHU- GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo uinto.- COMUNICAR a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN – para los fi nes que corresponda. Artículo Se to.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en su Registro de Contribuyentes. Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1177032-1 Aprueban habilitación urbana de inmueble ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 328-2014-SGC U-GDU-MDSMP San Martín de Porres, 7 de octubre de 2014 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO el Exp. Nº 47384 del 14/08/2014, la empresa CORPORACION TEXPOP S.A. debidamente representada por el sr. Fred Saul Izquierdo Oyola, solicita la Aprobación de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble constituido por el Sub lote G-3A de la Sección G que formo parte del Fundo Chavarria del Valle de Bocanegra con un área de 2,580.70 m2, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11649869 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP; demostrando personería jurídica y representación conforme a la Vigencia de Poder de la Partida Electrónica Nº 11042754 del Registro de Personas Jurídica de la SUNARP; y, CONSIDERANDO: Que, con Exp. Nº 47384 del 14/08/2014, el recurrente presenta respuesta a la Esquela de Notifi cación Nº 952- 2014-SGCHU-GDU-MDSMP del 29/08/2014, notifi cada en la misma fecha, por el que se requiere que rectifi que la documentación técnica y cumpla con presentar todos los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA, detallando los requisitos faltantes, en atención al Informe Técnico Nº 166-2014-JLAA-SGCHU- GDU/MDSMP del 25/08/2014; Que, el profesional técnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, a través del Informe Técnico Nº 181-2014-JLAA-SGCHU-GDU/MDSMP del 22/09/2014, señala que habiéndose efectuado la inspección ocular al terreno materia de autos, se advierte que el proyecto Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Industria Liviana – I2 viene respetando los Planes Urbanos, así como cuenta con las obras concluidas de agua potable, alcantarillado y electrifi cación,pavimentaci ón de pistas y veredas,; construcciones de material noble en el 100% de lotes, con más del 25% de área techada, señala que se cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones - Ley Nº 29090, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013- VIVIENDA, el Reglamento Nacional de Edifi caciones y el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por ésta Corporación Municipal vigente durante el inicio del trámite, y cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes, y adjunta el proyecto de Resolución, respecto del cual requiere el visto bueno del área legal; Que, el artículo 23º de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones – Ley Nº 29090 y modifi catorias establece los requisitos y el procedimiento a seguir respecto de la aprobación de la Habilitación Urbana Ejecutada, procedimiento al que se acoge la CORPORACION TEXPOP S.A. Del mismo modo, el artículo 39º del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbanas y de Edifi caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, establece los requisitos y el procedimiento para la aprobación de la Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, señalando que de ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emitirá la Resolución de aprobación dentro de los dos (02) días hábiles siguientes, la misma que constituye título sufi ciente para su inscripción en el Registro de Predios, y de ser el caso la recepción de obras, tal como señala el referido Informe Técnico respecto de agua potable, alcantarillado, electrifi cación, pavimentación de pistas y veredas; Que, el trámite de Habilitación Urbana, en general, en sus diversas variantes y modalidades que establece la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, es el proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano, mediante la ejecución de obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desag e, de distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas; adicionalmente,