Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2014 (17/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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Que, asi mismo, en virtud de la facultad conferida en el Articulo 252º del mismo Codigo sustantivo, es pertinente dispensar la publicacion de los avisos sin que median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el Articulo 248º del Codigo Civil. Que, es politica de la actual gestion municipal, propiciar las bases solidas de la formacion de la familia, contribuir con la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como cedula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico vigente, de igual manera es funcion de la labor administrativa crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, en este caso a traves de la formalizacion de las uniones de hecho, de parejas que por motivos economicos y/o de otra indole mantienen un estado de concubinato permanente, correspondiendole al gobierno local de acuerdo a sus facultades promover campanas de matrimonio civil comunitario con la finalidad de procurar que las personas formalicen su estado civil. Que, el numeral 2 del Articulo 84º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", faculta especifica y exclusivamente a las Municipales Distritales a organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion. Asi como, el de promover la igualdad de oportunidades con criterio y equidad. Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 42º de la precitada MORDAZA, los Decretos de Alcaldia, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6) del Articulo 20º y Articulo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, se; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse en toda la jurisdiccion del Distrito de MORDAZA de manera descentralizada, conforme al siguiente cronograma: Primer Matrimonio : Sabado 14 de Febrero del 2015. Huertos de Manchay Sabado 09 de MORDAZA del 2015. MORDAZA - Cercado Sabado 26 de Setiembre del 2015. MORDAZA MORDAZA Barrenechea.

El Peruano Miercoles 17 de diciembre de 2014

i) En caso de contrayentes viudos o divorciados, ademas deberan presentar Declaracion Jurada legalizada ante Notario Publico, que acredite tener o no la administracion de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio ( ) Formato expedido por la Municipalidad, de manera gratuita Articulo Cuarto.- DISPENSAR de la publicacion de los edictos, a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de la documentacion requerida y que se encuentren aptos para contraer matrimonio, en merito a lo dispuesto en el Articulo 252º Codigo Civil. Articulo uinto.- AUTORIZAR la recepcion de expedientes matrimoniales e inscripcion hasta (24) veinticuatro horas MORDAZA de la fecha programada de la celebracion del matrimonio a la Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil de la Municipalidad Distrital de MORDAZA en el Palacio Municipal, Sede Municipal de Huertos de Manchay y Agencia Municipal de MORDAZA MORDAZA Barrenechea , respectivamente. Articulo Se to.- ENCARGAR a la Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil la publicacion de la relacion de parejas que contraeran Matrimonio Civil Comunitario en las fechas programadas en el periodico mural de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, Palacio Municipal, Sede Municipal de Huertos de Manchay y Agencia Municipal de MORDAZA MORDAZA Barrenechea; asi como tambien en la Pagina Web de la Municipalidad, indicando en forma generica el lugar y hora donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Articulo Septimo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y Oficina de Informatica y Estadistica en la pagina web de la Municipalidad Distrital de MORDAZA www.munipachacamac.gob.pe Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina de Administracion, Secretaria General a traves de la Unidad de Administracion Documentaria y Registro Civil, Oficina de Relaciones Publicas, asi como a la Agencia Municipal MORDAZA MORDAZA Barrenechea, Sede de Huertos de Manchay y demas Unidades Organicas el cumplimiento y difusion del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1177900-1

MORDAZA Matrimonio : Tercer Matrimonio :

Articulo Segundo.- ESTABLECER por derecho de celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, un unico pago ascendente a la suma de S/. 80.00 (Ochenta 00/100 nuevos soles) Articulo Tercero.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil Comunitario, son: a) Partida de Nacimiento original actualizada de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judicial. b) MORDAZA fedateada del Documento Nacional de Identidad de cada uno de los contrayentes c) Declaracion Jurada de Solteria de cada uno de los contrayentes, en caso de contrayentes viudos o divorciados deberan presentar Partida Original de Defuncion o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en anotacion marginal o certificado consular de solteria o viudez, segun sea el caso. d) Declaracion Jurada de domicilio de cada uno de los contrayentes ( ) e) Declaracion Jurada de Salud y MORDAZA de Consejeria de Prevencion de VIH y ETS ( ) f) Recibo de pago por derechos de celebracion del Matrimonio Comunitario g) Dos (02) testigos mayores de edad, adjuntando MORDAZA fedateada del Documento Nacional de Identidad h) El acta de nacimiento, certificado de solteria y de domicilio del contrayente extranjero, debera contar con la visacion del Consul Peruano en el MORDAZA de origen, asi como la legalizacion del Ministerio de relaciones Exteriores.

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Ordenanza que aprueba la prorroga de los arbitrios municipales de limpieza publica (barrido de calles y recoleccion de residuos solidos), parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2015 del distrito
ORDENANZA Nº 428-MPL Pueblo Libre, 24 de setiembre de 2014 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 19 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 042-2014-MPL/CPL-CPAFP; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, expresado en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico;

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