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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 84

El Peruano Miércoles 17 de diciembre de 2014 540034 Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó las Ordenanzas objeto de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº 266-181-00000049, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional. Que, la Ordenanza materia de ratifi cación mantiene las disposiciones técnicas establecidas para el ejercicio 2014, considerando la aplicación de los mismos costos y tasas previstos para dicho ejercicio. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº 258-2014-MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 428-MPL de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, que aprueba los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos domiciliarios, parques y jardines públicos y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2015, en esa jurisdicción distrital. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2014, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratifi cada incluido el Informe Técnico. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 1177238-1 Establecen la conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 2629- 2014/GDUR-MDC, expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo RESOLUCIÓN Nº 109-2014-MML-GDU-SP U Lima, 23 de octubre de 2014 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 276960-2014, de fecha 03 de octubre de 2014, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 2629-2014/ GDUR-MDC del 17 de setiembre de 2014, que aprueba la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Santa Elena, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, solicitada por ANDRÉS SEGUNDO ZEÑA ARROYO, KARIN MICHAL y HENRY ANDRES ZEÑA OMAREDA; CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente Nº 276960-2014, de fecha 03 de octubre de 2014 ( fs.01 al 96) la Municipalidad Distrital de Carabayllo, remite copia certifi cada de la Resolución de Gerencia Nº 2629-2014/GDUR-MDC del 17 de setiembre de 2014 (fs. 87 al 91), que aprueba la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Santa Elena, para el uso Residencial de Densidad Media – R4, desarrollada en la Parcela Nº 76, UC Nº 10515 del Ex Fundo Caudivilla, Huacoy y Punchauca, distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado Nº 301-2009/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva que forma parte de ésta, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, mediante Informe Nº 607-2014-MML-GDU- SPHU-DCO, de fecha 22 de octubre de 2014 (fs. 97 al 100), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Santa Elena, para el uso Residencial de Densidad Media – R4, desarrollada en la Parcela Nº 76 UC Nº 10515 del Ex Fundo Caudivilla, Huacoy y Punchauca, aprobado por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, mediante Resolución de Gerencia Nº 2629-2014/GDUR-MDC, de fecha 17 de setiembre de 2014, cumple los planes urbanos respecto a zonifi cación, por cuanto el predio materia de evaluación respeta la zonifi cación con la que se encuentra califi cada como Residencial de Densidad Media-R4, de conformidad a la Ordenanza Nº 369-MML, vigente al inicio del presente procedimiento; a vías, por cuanto el terreno no se encuentra afecto a ninguna vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML; las vías circundantes e internas son vías locales de competencia distrital; y respecto a aportes reglamentarios, corresponde la aplicación de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 292-MML; tal como ha sido aprobada, además el pago de los aportes está garantizado en los artículos cuarto, quinto y sexto de la referida resolución distrital y el défi cit de aporte de Recreación Pública ha sido cancelado según lo señalado en el artículo octavo de la citada resolución, el cual, además señala que el défi cit para Ministerio de Educación está garantizado con el lote 17 de la Mz. B; por lo que, la propuesta en conjunto es CONFORME, remitiéndose los actuados al Área Legal para el pronunciamiento legal correspondiente; Que, mediante Informe Nº 278-2014-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 23 de octubre de 2014 (fs. 101 al 102), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de JUANA HUAMANI HUILLCA, la sociedad conyugal conformada por MARIO OCHEAGA ROJAS y LIDIA OSCCO SANTIAGO DE OCHEAGA, y la Sucesión Intestada de la señora JESÚS ELENA OMAREDA VARGAS constituida por: ANDRÉS SEGUNDO ZEÑA ARROYO, KARIN MICHAL y HENRY ANDRES ZEÑA OMAREDA del terreno de 32,356.59 m², el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica Nº P01008528 del Registro Predial Urbano de Lima - Zona Registral Nº IX (fs.48 al 58); en virtud de lo cual vienen tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 607-2014-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 278-2014-MML-GDU-SPHU-AL, de fechas 22 y 23 de octubre de 2014, respectivamente; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Gerencia Nº 2629-2014/ GDUR-MDC, de fecha 17 de setiembre de 2014, expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 369-MML, Nº 341-MML, Nº 292-MML, Decreto de Alcaldía Nº 082–96 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Gerencia Nº 2629-2014/GDUR- MDC, de fecha 17 de setiembre de 2014, expedida por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que resuelve aprobar la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda