Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2014 (17/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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en la Ordenanza Nº 397-MPL, Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio fiscal 2013, ratificada por la Municipalidad de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 2313-MML, MORDAZA normas publicadas el 29 de Diciembre de 2012. Articulo Segundo.- DETERMINACION DEL MONTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PRORROGAR para el ejercicio 2015 las estructuras de costos y las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo, aprobadas mediante Ordenanza Nº 407-MPL para el ejercicio fiscal 2014, la misma que fuera ratificada por la Municipalidad de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 2635-MML, MORDAZA normas publicadas el 19 de Diciembre de 2013. Articulo Tercero.- DEL INFORME T CNICO APROBAR el Informe Tecnico que da cuenta del sustento del mantenimiento para el ejercicio fiscal 2015 de las estructuras de costos y las tasas de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo, aprobadas mediante Ordenanza Nº 407-MPL para el ejercicio fiscal 2014. Articulo Cuarto.- EXONERACIONES Se encuentran exonerados al pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo, los pensionistas que cuenten con el beneficio de la deduccion de 50 UIT de la base imponible para la determinacion del Impuesto Predial, de la siguiente manera: · Pensionistas que tengan el valor de autoavaluo hasta 30 UIT, se le aplicara una exoneracion del 30%. · Pensionistas que tengan el valor de autoavaluo superior a las 30 UIT, se les aplicara una exoneracion del 15%. El otorgamiento de exoneraciones debe ser expreso, a solicitud de parte. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Cargo del beneficio: El costo generado por la aplicacion de los beneficios dispuestos a traves de la presente ordenanza, sera asumido integramente por la Municipalidad. Segunda.- Facultades Reglamentarias: Facultese al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Tercera.- Vigencia: La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1º de enero del ano 2015 previa publicacion del texto integro de la misma en forma conjunta con el Acuerdo de Concejo ratificatorio de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, el texto de la presente Ordenanza sera publicada en el MORDAZA Institucional de esta corporacion MORDAZA (www.muniplibre.gob.pe). La informacion relacionada a la presente Ordenanza, asi como el procedimiento de ratificacion de la misma, podra visualizarse tambien en la siguiente direccion electronica: www.sat.gob.pe. Cuarta.- Cumplimiento: Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, la Gerencia de Informatica y Gobierno Electronico y demas areas pertinentes de esta corporacion MORDAZA el cumplimiento debido de la presente norma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ROSELLO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 1177239-1

El Peruano Miercoles 17 de diciembre de 2014

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Declaran de oficio aprobacion de habilitaciones urbanas de terrenos ubicados en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 293-2014/MDSMP San MORDAZA de Porres, 17 de noviembre del 2014 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El informe Nº 584-2014-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, sobre declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio de predio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA solicita la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio, del terreno constituido por la Parcela Nº 10205 del ex Fundo MORDAZA MORDAZA que, segun la Ficha Registral Nº 184043 y continuada en la Partida Nº 43732420 expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), se encuentra ubicado en nuestra jurisdiccion, sobre el cual se ha constituido la Urbanizacion San MORDAZA I Etapa, cuya area es de 31,700.00 m²; Que, mediante Informe Nº 1292-2014-SGCyHU-GDUMDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas senala que el terreno de 31,700.00 m², sobre el cual se desarrolla la Urbanizacion San MORDAZA I Etapa, se encuentra totalmente consolidada respecto al total del area util, contando con edificaciones y servicios publicos domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones para que se declare habilitado de oficio, acorde con lo establecido en la Ley Nº 29898, que modifica la Ley Nº 29090 ­ de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones que establece el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio y el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario oficial El Peruano el 14.MAYO2007, aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos de Independencia, Comas y Los MORDAZA y de una parte del distrito del MORDAZA, que son parte de las Areas de Tratamiento Normativo I y II de MORDAZA Metropolitana; y conforme al Plano de Zonificacion de los Usos del Suelo se califica al terreno materia de tramite con Zonificacion Residencial de Densidad Media ­ RDM; Que, asimismo, de conformidad con el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML, en terreno de la Urbanizacion San MORDAZA I Etapa se encuentra afectado por una via metropolitana Av. Bertello, calificada como Via Colectora, con una seccion E-E de 30.00 m.; y respecto a las vias locales se tiene que sobre el terreno se propone la continuidad de las vias colindantes que han definido los derechos de vias existentes, asi como su conexion con la Av. Bertello; y las vias locales propuestas se denominan: Pasaje 1, con una seccion D-D de 6.00 m.; MORDAZA 2 y MORDAZA 3, con una seccion AA de 12.73 m.; MORDAZA 5, con una seccion B-B de 13.60 m.; MORDAZA 4 y MORDAZA 6, con una seccion C-C de 11.40 m.; y, aunque las habilitaciones urbanas de oficio no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion MORDAZA, sin embargo la Urbanizacion ha dejado un area de 995.23 m2 para Recreacion Publica y que comprende el MORDAZA Nº 01; cumpliendo los modulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones; Que, el Informe Nº 1692-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoria Juridica senala que el presente tramite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio, incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898, asi como el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolucion de alcaldia;

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