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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 96

El Peruano Miércoles 17 de diciembre de 2014 540046 que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP y modifi catorias, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 20/07/2011, por el que las subgerencias están facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, como el caso de autos, debiendo aprobarse la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada solicitada, en concordancia con el artículo 195º de la Constitución Política del Estado que señala que: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo”, siendo competentes, entre otros, para: Planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; y el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 – LOM que señala que: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; en estricto desempeño de sus atribuciones como autoridad local establecidas en el numeral 3) del artículo 79º de la LOM, en cuanto organización del espacio físico y uso del suelo; Que, con Informe Nº 056-2014-FEVS-SGCHU- GDU/MDSMP de fecha 16 de septiembre del 2014, emitido por el Abogado de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, recomienda emitir el acto administrativo correspondiente, aprobando el pedido de Habilitación Urbana Ejecutada, declarar cumplidas las obras ejecutadas, conforme al artículo 23º de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones – Ley Nº 29090 y artículo 38º de su Reglamento, conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 196-2014-JLAA- SGCHU-GDU-MDSMP; notifi cándose conforme a Ley; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las situaciones señaladas, conforme al TUPA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en estricta sujeción a la Constitución Política del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, a la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, a la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones – Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA y su modifi catoria por Decreto Supremo Nº 012-2013-VIV; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Industria Liviana “I2” del inmueble con un área superfi cial de 10,022.50 m2, constituido por el Lote G-1 de la Sección G del Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 49084402 del Registro de Propiedad Inmueble - SUNARP, de conformidad con el Plano Nº 115-2014-SGCHU-GDU/MDSMP y la Memoria Descriptiva; que forman parte integrante de este acto administrativo. Artículo Segundo.- DECLARAR CUMPLIDAS LAS OBRAS ejecutadas de agua potable, alcantarillado y electrifi cación, pavimentación de pistas y veredas, del terreno de 10,022.50 m2; habiéndose respetado el siguiente cuadro de áreas: CUADRO GENERAL DE ÁREAS DESCRIPCIÓN ÁREA (m2) rea Bruta 10,022.50 rea til 10,022.50 rea de Vías 0.00 Artículo Tercero.- DISPONER se inscriba como carga el lote por el défi cit de aporte reglamentario a; SERPAR con 501.125 m², Renovación Urbana (FOMUR) con 300.675 m² y la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres con 200.45 m², a redimir en dinero a las instituciones correspondientes, hasta antes de la recepción de Obras. Artículo Cuarto.- PONER en conocimiento la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para los fi nes pertinentes. Artículo uinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de JOSE LOLAS SALOMON, concediéndole para ello el plazo de treinta (30) días hábiles a partir de su notifi cación. Artículo Se to.- COMUNICAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, de la presente aprobación de Habilitación Urbana Ejecutada, para los fi nes pertinentes. Artículo Séptimo.- NOTIFICAR conforme a Ley a JOSE LOLAS SALOMON, el contenido de la presente Resolución para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CATHERINE DÍAZ VELÁSQUEZ Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 1177020-1 Aprueban habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 345-2014-SGC U-GDU-MDSMP San Martín de Porres, 16 de octubre de 2014 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO el Exp. Nº 47379 del 14/08/2014, la empresa CORPORACION TEXPOP S.A. debidamente representada por el sr. Fred Saul Izquierdo Oyola, solicita la Aprobación de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble constituido por el Sub lote G-3C de la Sección G que formó parte del Fundo Chavarria del Valle de Bocanegra con un área de 5,161.40 m2, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11649871 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP; demostrando personería jurídica y representación conforme a la Vigencia de Poder de la Partida Electrónica Nº 11042754 del Registro de Personas Jurídica de la SUNARP; y, CONSIDERANDO: Que, con Exp. Nº 47379 del 14/08/2014, el recurrente presenta respuesta a la Esquela de Notifi cación Nº 941- 2014-SGCHU-GDU-MDSMP del 21/08/2014, notifi cada en la misma fecha, por el que se requiere que rectifi que la documentación técnica y cumpla con presentar todos los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA, detallando los requisitos faltantes, en atención al Informe Técnico Nº 162-2014-JLAA-SGCHU- GDU/MDSMP del 19/08/2014; Que, el profesional técnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, a través del Informe Técnico Nº 195-2014-JLAA-SGCHU-GDU/ MDSMP del 16/09/2014, señala que habiéndose efectuado la inspección ocular al terreno materia de autos, se advierte que el proyecto Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Industria Liviana – I2 viene respetando los Planes Urbanos, así como cuenta con las obras concluidas de agua potable, alcantarillado y electrifi cación, pavimentación de pistas y veredas,; construcciones de material noble en el 100% de lotes, con más del 25% de área techada, señala que se cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones - Ley Nº 29090, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, el Reglamento Nacional de Edifi caciones y el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por ésta Corporación Municipal vigente durante el inicio del trámite, y cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes, y adjunta el proyecto de Resolución, respecto del cual requiere el visto bueno del área legal;