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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2014 (12/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Domingo 12 de enero de 2014 514171 • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Antonio Raymondi. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA • Segundo y Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Lima. Hasta el 28 de febrero de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Huaraz. DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Chota. • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Cajamarca. Hasta el 31 de marzo de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE • Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Cañete. DISTRITO JUDICIAL DE MOQUEGUA • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Ilo. Hasta el 30 de junio de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE LIMA • Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Lima. Artículo Segundo.- Reubicar y convertir, a partir del 1 de febrero de 2014, el Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Lima, en Segundo Juzgado Penal Transitorio de Ate, hasta el 31 de marzo de 2014. La carga pendiente del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Lima, se remitirá al Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la citada provincia. A partir del 1 de febrero de 2014, el Segundo Juzgado Mixto de Ate y el Juzgado Mixto de Huaycán, remitirán 200 y 300 expedientes, respectivamente, al Segundo Juzgado Penal Transitorio de Ate, Corte Superior de Justicia de Lima. La implementación del Segundo Juzgado Penal Transitorio de Ate, se efectuará con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados previamente del Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Lima Artículo Tercero.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de febrero de 2014, el Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Lima, en Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales, con sede en Cusco y competencia territorial en los Distritos Judiciales Madre de Dios, Cusco y Puno, hasta el 31 de julio de 2014. La implementación del Juzgado de la Investigación Preparatoria Especializado en Delitos Ambientales de Cusco, se efectuará con las plazas de personal, mobiliario y equipos informáticos asignados previamente al Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Lima. El Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Lima, asumirá a la carga procesal del juzgado materia de conversión y reubicación. A partir del 1 de febrero de 2014, el Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Lima, se denominara Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Lima Artículo Cuarto.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de febrero de 2014, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Antonio Raymondi, Distrito Judicial de Ancash, en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Huaraz, hasta el 31 de marzo de 2014, con la misma competencia de los Juzgados Penales Unipersonales Permanentes existentes en dicha provincia, en adición de funciones podrán conformar el Juzgado Penal Colegiado cuando lo amerite. La implementación del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Huaraz, se efectuará con las plazas de personal, mobiliario y equipos informáticos en caso hubieran sido asignados previamente al Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Antonio Raymondi, Distrito Judicial de Ancash. A partir del 15 de enero de 2014, la carga pendiente de liquidar dejada por el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Antonio Raymondi, será asumida por el Juzgado Mixto de la misma provincia. Artículo Quinto.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de febrero de 2014, el Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Huaraz, Distrito Judicial de Ancash, en Juzgado de la Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales, con sede en Piura y competencia territorial en los Distritos Judiciales Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque y Cajamarca, hasta el 31 de julio de 2014. La implementación del Juzgado de la Investigación Preparatoria especializado en Delitos Ambientales de Piura, se efectuará con las plazas de personal, mobiliario y equipos informáticos asignados previamente al Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Huaraz. El Primer y Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Huaraz, asumirán la carga, en forma equitativa, del juzgado materia de conversión y reubicación. Artículo Sexto.- Disponer que los jueces de los mencionados órganos jurisdiccionales liquidadores deberán emitir autos que pongan fi n al proceso y sentencias en número no menor del 50% del estándar de producción mensual. Este resultado será determinante para evaluar la vigencia de su funcionamiento. Cada fi n de mes, sin perjuicio de la información que debe descargarse en los sistemas informáticos de la institución, los jueces informarán directamente al Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal sobre los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fi n al proceso y sentencias expedidas; b) Número de expedientes en trámite, pendientes de resolución fi nal; y en reserva; c) Número de expedientes en ejecución; y, d) Difi cultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Artículo Sétimo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cajamarca, Cañete, Cusco, Moquegua, Lima y Piura; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cajamarca, Cañete, Cusco, Moquegua, Lima y Piura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1036776-5 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 338- 2013-CE-PJ Lima, 27 de diciembre de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 746-2013-ETI-NLPT-P/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; los Ofi cios N° 2019-2013-P/CSJLI-PJ, N° 1814-2013-P/CSJJU- PJ y N° 4981-2013-P/CSJTA-PJ, de las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Junín y Tacna, respectivamente; y los Informes Nros. 135, 136 y 137-2013- ETI-NLPT-ST/PJ, elaborados por el referido Equipo Técnico. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 130-2011-CE-PJ, del 11 de mayo de 2011, se dispuso, entre otras medidas, que los órganos jurisdiccionales transitorios de