Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2014 (12/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

514170
Superiores de Justicia para que supervisen la distribucion equitativa y aleatoria de los expedientes que ingresen por las Mesas de Partes a los organos jurisdiccionales, la asignacion de personal jurisdiccional debidamente capacitado; asi como efectuar el seguimiento y monitoreo de los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios en aras de incrementar el nivel de resolucion de expedientes, contribuyendo asi con una eficaz descarga procesal. Esta labor sera supervisada y evaluada por la Comision Nacional de Descarga Procesal a efectos de determinar la continuidad, conversion y/o reubicacion de las respectivas dependencias judiciales permanentes y/o transitorias. Articulo Quinto.- Las Comisiones Distritales de Descarga Procesal velaran por el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en el MORDAZA de las disposiciones dictadas por la Comision Nacional de Descarga Procesal, planteando alternativas y dando cuenta de los resultados a fin de determinar en funcion a los ingresos reales de expedientes en tramite y los estandares establecidos, la necesidad de contar con los actuales organos jurisdiccionales permanentes y/o transitorios, o disponer su ampliacion de competencia territorial, conversion y/o reubicacion dentro del propio Distrito Judicial o a otras sedes de mayor congestion y oportunidad de descarga procesal efectiva. Para tal efecto, coordinaran con la Comision Nacional de Descarga Procesal y su Gerencia Operacional. Articulo Sexto.- Disponer que en el primer mes de la prorroga establecida, los jueces de los citados organos jurisdiccionales incrementen los niveles de produccion de acuerdo a los estandares establecidos en la Resolucion Administrativa 245-2012-CE-PJ. Para efectos de la evaluacion del funcionamiento de los referidos organos jurisdiccionales, sin perjuicio de la informacion que debe registrarse en los sistemas informaticos de la institucion, los jueces a cargo de los mencionados organos jurisdiccionales informaran directamente al Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal sobre los siguientes aspectos: a) Numero de autos que ponen fin al MORDAZA y sentencias expedidas notificadas y sin notificar; b) Listado de expedientes en tramite por ano pendientes de resolucion final; c) Listado de expedientes en tramite por ano listos para sentenciar; d) Numero de expedientes en ejecucion; y, e) Dificultades y/o limitaciones presentadas para el adecuado ejercicio de sus funciones. El referido informe debera adjuntar el listado nominal del personal que labora en cada organo jurisdiccional indicando por cada uno de ellos su cargo, regimen laboral, tiempo de servicios en el organo jurisdiccional, calificacion argumentada de su desempeno en "Bueno", "Regular" o "Bajo"; asi como si se encuentra debidamente capacitado, esto con la finalidad que dicha Comision Nacional, en coordinacion con las Comisiones Distritales y la Gerencia General de este Poder del Estado, adopten las acciones correspondientes que permitan dinamizar la descarga procesal. Articulo Setimo.- Establecer que los procesos judiciales con vista de causa realizadas hasta el 30 de noviembre de 2013, cuenten con resolucion definitiva y debidamente notificadas hasta el 31 de enero de 2014, de acuerdo a la normatividad procesal por la que se rige y segun le sea aplicable. Articulo Octavo.- Disponer que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura realicen visitas inopinadas a los Juzgados Mixtos y/o Especializados y a las MORDAZA Superiores Especializadas o Mixtas de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, a fin de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo setimo de la presente resolucion. Articulo Noveno.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia involucradas en la presente resolucion, Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal de Trabajo y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1036776-4

El Peruano MORDAZA 12 de enero de 2014

Prorrogan funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales y emiten otras disposiciones
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 337-2013-CE-PJ MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 VISTOS: Los Oficio Nºs. 469 y 470-2013-ETI-CPP/PJ, remitidos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficios Nros. 5896 y 5959-2013P-CSJAN/PJ, N° 5450-2013-P-CSJC/PJ, N° 2143-2013P-CSJCN/PJ y N° 1230-2013-P-CSJMO/PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, Canete y MORDAZA, y Oficio N° 1720-2013-UPDP-CSJLI/PJ, del Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, Canete y MORDAZA, mediante Oficios Nros. 5896 y 5959-2013-P-CSJAN/PJ, N° 5450-2013-P-CSJC/PJ, N° 2143-2013-P-CSJCN/PJ y N° 1230-2013-P-CSJMO/PJ, respectivamente; asimismo, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante Oficio N° 17202013-P-CSJLI/PJ, solicitan a este Organo de Gobierno la prorroga y/o conversion de organos jurisdiccionales penales liquidadores transitorios, para la adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentadas en razones de carga procesal. Segundo. Que, asimismo, mediante Resolucion Administrativa N° 155-2013-CE-PJ, del 1 de agosto del ano en curso, se dispuso la creacion de dos Juzgados de Investigacion Preparatoria Especializados en Delitos Ambientales, en los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA, por lo que resulta pertinente adoptar las medidas necesarias para el funcionamiento de los mismos, teniendo en cuenta las restricciones presupuestales. Tercero. Que por lo expuesto en los informes del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y, considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho proposito. Cuarto. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 920-2013 de la MORDAZA octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes organos jurisdiccionales: Hasta el 31 de enero de 2014 DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Huaraz.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.