Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

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Octavo. Que el reglamento propuesto constituye, ademas, un instrumento de consulta y gestion administrativa que busca orientar a todos los involucrados en el procedimiento de cobranza de multas impuestas por el Poder Judicial, sobre las actividades a desarrollarse desde que el Juez impone la multa hasta su cobranza por parte de la Secretaria de Cobranza de Multas - SECOM. En ese sentido, las funciones de dicha Secretaria y de las personas que dependen organicamente de la misma, han sido detalladamente descritas en el reglamento; sin perjuicio de mantener el modelo organizacional que han venido utilizando las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, las mismas que cuentan con uno o mas jueces encargados de la cobranza de las multas, segun las necesidades de cada Distrito Judicial. Finalmente, tambien es importante senalar, que como criterios incorporados en el proyecto de MORDAZA Reglamento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial, se ha establecido que es discrecionalidad del Juez la division en cuotas del saldo que pudiera generarse como consecuencia de los pagos a cuenta del multado; ademas, de describir el calculo de los intereses, desarrollo de nuevas definiciones, como el concepto "saldos pendientes de pago"; asi como el procedimiento del pago de la multa a traves del deposito judicial electronico. Por lo que siendo esto asi, resulta conveniente su aprobacion. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 4112014 de la decimo setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el "Reglamento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial", que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion Administrativa N° 121-2011-CE-PJ, de fecha 27 de MORDAZA de 2011; asi como toda MORDAZA administrativa que se oponga a la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del pais; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La MORDAZA, a la funcionaria que se indica a continuacion: - MORDAZA Wong MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Regional (e)

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban el "Reglamento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 177-2014-CE-PJ
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Oficio N° 668-2014-GG-PJ, cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial; Memorandum N° 229-2014GSJR-GG-PJ; e Informe N° 27-2014-SRJ-GSJR-GG/PJ, de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudacion de la citada Gerencia General. CONSIDERANDO: Primero. Que el Gerente General (e) del Poder Judicial remite propuesta de MORDAZA Reglamento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial. Segundo. Que por Resolucion Administrativa N° 1212011-CE-PJ, de fecha 27 de MORDAZA de 2011, se aprobo el Reglamento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial, actualmente vigente. Tercero. Que el referido reglamento fue aprobado con el fin de optimizar el desarrollo del MORDAZA de cobranza de las multas impuestas por los Jueces del Poder Judicial a las partes y/o terceros intervinientes en un MORDAZA judicial, ya sea por quebrantar el MORDAZA de conducta procesal, por incumplir sus mandatos y/o en los casos que taxativamente senala la ley. Cuarto. Que la multa tiene como finalidad desalentar conductas que no contribuyen con el desarrollo normal del proceso. En ese sentido, resulta MORDAZA que un sistema efectivo de cobranza motiva a que las partes respeten los mandatos judiciales; lo contrario sucede cuando el sistema resulta ineficiente, y no permite aplicar las sanciones de conformidad con los objetivos previstos; situacion que fomenta y acrecienta el animo de entorpecer el MORDAZA y dilatarlo. Quinto. Que, del analisis de la gestion de cobranza de las multas a nivel nacional, se ha advertido que el reglamento vigente, no previo definiciones, ni casuistica que en la practica se vienen utilizando, lo cual, en muchos casos, impide efectivizar el cobro de estas sanciones. Sexto. Que, al no existir uniformidad de criterios respecto al procedimiento de cobranza de multas, los actores involucrados en el mismo, aplican mecanismos que retrasan el cumplimiento de dicha sancion. Setimo. Que, teniendo en cuenta dicha problematica, resulta conveniente reformular algunos de los criterios que se encuentran regulados en el Reglamento de Cobranza de Multas, con la finalidad de cubrir los vacios actuales, estableciendo procedimientos que permitan regular el registro de multas y efectivizar su cobranza a traves de una Secretaria de Cobranza de Multas - SECOM - y del uso de una herramienta informatica, que permita brindar informacion real y actualizada respecto al estado, cantidad y ejecucion de las multas.

Nota: El "Reglamento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial", esta publicado en el MORDAZA Web del Poder Judicial: www.pj.gob.pe. (Enlace del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pagina principal, icono de Directivas y Reglamentos).

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Aprueban el "Procedimiento de Cobranza de Multas Impuestas por el Poder Judicial"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 178-2014-CE-PJ
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Oficio N° 679-2014-GG-PJ, cursado por el Gerente General (e) del Poder Judicial; Memorandum N° 230-2014GSJR-GG-PJ; e Informe N° 28-2014-SRJ-GSJR-GG/PJ,

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