Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2014 (19/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 19 de marzo de 2014

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ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia El 5 de MORDAZA de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito ante el Concejo Distrital de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA, la vacancia del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 54 a 60), por considerar que incurrio en la causal de vacancia establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), al haber ejercido funciones administrativas, toda vez que en la sesion del 30 de MORDAZA del 2013, el citado regidor solicito, en la estacion de pedidos, el cese del gerente municipal al haber incurrido dicho funcionario en falta grave. Agrega que, en efecto, en la sesion ordinaria del 30 de MORDAZA de 2013, el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA peticiono que se disponga el cese del gerente municipal, alegando que el citado funcionario habria incurrido en falta grave, siendo el caso que dicha solicitud fue amparada por cinco regidores, pese a que los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA informaron, en la mencionada sesion ordinaria, que el cese del gerente municipal por parte de los regidores solo debia hacerse por dos causales: acto doloso o falta grave, resultando necesario, en este ultimo caso, iniciar un procedimiento administrativo. Senala que, en merito del acuerdo adoptado en la sesion ordinaria del 30 de MORDAZA de 2013, se emitio el Acuerdo de Concejo Nº 026-2013-MDCRL, en cuyo articulo primero se precisa, textualmente, lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO.- Con el MORDAZA en MAYORIA (5), de los regidores mencionados, se dispone MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Gerente Municipal de la Municipalidad de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA, por la causal de Falta Grave, por los considerandos mencionados. [...]." El recurrente senala que el regidor cuestionado, sin tener en cuenta que el cese del gerente municipal, sin haberse acreditado las dos causales MORDAZA senaladas, constituye una intromision en las labores administrativas de la municipalidad, ya que solo el MORDAZA tiene la facultad de MORDAZA al gerente municipal sin expresion de causa, procedio a votar a favor de dicho cese. Finaliza senalando que, pese que se expusieron los requisitos para la procedencia del cese del gerente municipal, se emitio un acto administrativo ilegal sin justificacion alguna. Respecto a los descargos presentados por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 8 de agosto de 2013, el regidor cuestionado presento sus descargos (fojas 39 a 43), bajo los siguientes fundamentos: a) En merito a su funcion fiscalizadora, en la sesion ordinaria del 30 de MORDAZA de 2012 formulo dos pedidos, siendo uno de ellos el cese del gerente municipal. b) El hecho imputado al gerente municipal como falta grave es la contratacion de familiares vinculados a regidores, advirtiendose que muchos de ellos fueron vacados por la causal de nepotismo, y en el caso de otros, se iniciaron procedimiento de vacancia por dicha causal. Dicha contratacion de familiares es de caracter ilegal y de responsabilidad del gerente municipal, como MORDAZA autoridad administrativa. c) El MORDAZA Nacional de Elecciones en dos expedientes de vacancia del Concejo Distrital de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA, determino que pese a la prohibicion establecida en la ley, se habia procedido con las contrataciones de familiares, por lo que remitio MORDAZA de lo actuado a la Contraloria General de la Republica. Respecto al pronunciamiento del Concejo Distrital de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA En la sesion extraordinaria del dia 8 de agosto de 2013 (fojas 16 a 29), los miembros del Concejo Distrital de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA declararon, por mayoria (seis votos en contra y dos votos a favor), improcedente la solicitud de vacancia.

en funciones no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor o cualquier otro regidor tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme lo establece el articulo 13 de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades. Entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles. 3. Asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 10, numeral 5, de la Ley N.º 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional. 4. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 5. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en el caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 6. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles, luego de presentado el recurso de apelacion, y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 6.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion. 6.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 6.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion, equivalente al 3,15% de la Unidad Impositiva Tributaria (S/.116,55). Articulo Tercero.- DISPONER que el Concejo Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, a la mayor brevedad, MORDAZA de emitir un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria de concejo municipal, proceda conforme a lo establecido en el noveno considerando del presente MORDAZA, y adopte el acuerdo de concejo correspondiente respetando las pautas senaladas en el citado considerando. SS. AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1063361-1

Declaran nulo Acuerdo de Concejo que declaro improcedente solicitud de vacancia de regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION Nº 1040-2013-JNE Expediente Nº J-2013-01141 MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA - CALLAO CALLAO RECURSO DE APELACION MORDAZA, diecinueve de noviembre de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 039-2013-MDCLR, del 8 de agosto de 2013, que declaro improcedente la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento del Callao, por haber incurrido presuntamente en la causal establecida en el articulo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y oidos los informes orales.

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