Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2014 (19/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Miercoles 19 de marzo de 2014

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2012, del 1 de agosto de 2012, mediante la cual se le designo en el cargo de gerente municipal. 12. Es precisamente dentro de este contexto que se tiene que analizar si el regidor cuestionado incurrio en la causal de vacancia establecida en el articulo 11 de la LOM, al haber votado a favor del cese del gerente municipal. 13. Es necesario recordar que, conforme al articulo 27 de la LOM, el gerente municipal es el responsable de la administracion municipal, siendo el MORDAZA un cargo de confianza, a designacion del MORDAZA, de alli que a este le este permitido designarlo y cesarlo sin causa ni justificacion alguna. 14. Por su parte, en cuanto al concejo municipal, a diferencia de la alcaldia, su actividad constitucionalmente encomendada no es la ejecutiva o administrativa, sino la normativa y fiscalizadora; por eso, en cuanto al cese del gerente municipal, el inciso 30 del articulo 9 le permite hacerlo solo por dos causales especificas: acto doloso o falta grave. Asi, mientras que para el MORDAZA la decision de MORDAZA al gerente municipal es una actividad discrecional (inciso 17 del articulo 20 de la LOM), para el concejo es una actividad reglamentada. En dicho entendido, el sentido de la presente MORDAZA es que el concejo ejerza su funcion fiscalizadora respecto del gerente municipal, en tanto forma parte de la administracion, y que la misma no sea un ejercicio discrecional, sino sujeto a la ley, pues es obvio que si no fuese una actividad reglada, seria una actividad discrecional, y si fuese discrecional, ya no seria una actividad intrinseca del concejo, sino del alcalde. 15. Sin embargo, y MORDAZA de analizar los hechos denunciados por el solicitante de la vacancia, corresponde verificar si el expediente elevado por el concejo distrital cuenta con todos los documentos necesarios, que permitan a este organo colegiado expedir un pronunciamiento con arreglo a ley. 16. Teniendo en cuenta ello, de la lectura del acta de la sesion ordinaria del 30 de MORDAZA de 2013 (en la que adoptaron el cese del gerente municipal), se advierte que los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Cox MORDAZA, ademas del regidor cuestionado previamente a esta sesion ordinaria y a traves de cartas notariales del 4 y 8 de MORDAZA de 2013, solicitaron, entre otros temas, continuar con la sesion de concejo realizada el dia 2 de MORDAZA de 2013, asi como tambien requirieron informacion al gerente general y al gerente de personal sobre las medidas tomadas para sancionar a los responsables por las contrataciones ilegales de familiares de los regidores cuyas solicitudes de vacancia fueron presentadas ante el concejo municipal. Como se aprecia, este ultimo pedido guarda estrecha relacion con los hechos imputados por los regidores cuestionados al gerente municipal, siendo el motivo principal por el cual acordaron su cese. 17. En la citada sesion, se advierte que el secretario general da cuenta de la carta notarial del 8 de MORDAZA de 2013 a los miembros del concejo distrital y manifiesta lo siguiente: "SEC. GENERAL.- [...] pedido del regidor MORDAZA MORDAZA para que el gerente general y gerente de personal informen a este despacho de las medidas tomadas para sancionar a los responsables por la contratacion ilegal de familiares de los regidores cuya solicitud de vacancia fueron presentadas ante el concejo municipal. [...]." 18. Asi tambien, en la mencionada sesion ordinaria del 30 de MORDAZA de 2013, el secretario general da cuenta de que los pedidos formulados en la carta notarial del 8 de MORDAZA de 2013 fueron contestados a traves de una carta notarial del 9 de MORDAZA, en la que, en relacion con el pedido de informacion por parte del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se senalo lo siguiente: "Al MORDAZA pedido respecto al que el gerente general y jefe de personal informe las medidas adoptadas para sancionar a los responsables de la contratacion ilegal de familiar de los regidores cuya solicitud de vacancia fueran presentadas, es preciso informar que el MORDAZA Nacional de Elecciones mediante la Resolucion Nº 10372012-JNE, del 6 de noviembre de 2012, dispuso remitir copias certificadas de lo actuado a la Contraloria General de la Republica, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones, disposicion formalizada mediante el Oficio Nº 4810-2012-SG/JNE, del 28 de noviembre de 2012,

21.3 En el acto de notificacion personal debe entregarse MORDAZA del acto notificado y senalar la fecha y hora en que es efectuada, recabando el nombre y firma de la persona con quien se entienda la diligencia. Si esta se niega a firmar o recibir la MORDAZA del acto notificado, se MORDAZA constar asi en el acta, teniendose por bien notificado. En este caso la notificacion dejara MORDAZA de las caracteristicas del lugar donde se ha notificado. 21.4 La notificacion personal, se entendera con la persona que debe ser notificada o su representante legal, pero de no hallarse presente cualquiera de los dos en el momento de entregar la notificacion, podra entenderse con la persona que se encuentre en dicho domicilio, dejandose MORDAZA en su nombre, documento de identidad y de su relacion con el administrado. 21.5 En el caso de no encontrar al administrado u otra persona en el domicilio senalado en el procedimiento, el notificador debera dejar MORDAZA de ello en el acta y colocar un aviso en dicho domicilio indicando la nueva fecha en que se MORDAZA efectiva la siguiente notificacion. Si tampoco pudiera entregar directamente la notificacion en la nueva fecha, se dejara debajo de la MORDAZA un acta conjuntamente con la notificacion, MORDAZA de los cuales seran incorporados en el expediente." 6. En vista de lo MORDAZA expuesto, no se ha acreditado, de manera fehaciente, que el recurrente MORDAZA sido debida y validamente notificado a la sesion extraordinaria del 8 de agosto de 2013, en donde se debatio y sometio a votacion la solicitud de vacancia, mas aun si se tiene en cuenta que, de la lectura de dicha acta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitante de la vacancia, no asistio a dicha sesion. 7. En ese sentido, y teniendo en cuenta la existencia de vicios que acarreen la nulidad, de conformidad con lo establecido en el articulo 10, numeral 1, de la LPAG, deben devolverse los actuados al Concejo Distrital de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA, a fin de que convoque a una nueva sesion extraordinaria dentro del plazo legal establecido, y se proceda a efectuar la notificacion al solicitante, de conformidad con lo establecido en la LPAG, a efectos de no vulnerar su derecho de defensa. b) En relacion con la causal imputada 8. Sin perjuicio de la nulidad anteriormente declarada en el considerando precedente, este organo colegiado considera indispensable senalar algunas precisiones en cuanto a los hechos alegados por el recurrente en relacion con la causal invocada. 9. De los hechos imputados en la solicitud de vacancia, se advierte que el recurrente alega que el regidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incurrio en la causal establecida en el articulo 11 de la LOM, al haber realizado funcion administrativa, toda vez que solicito y MORDAZA a favor del cese del gerente municipal por falta grave, sin la existencia de un debido procedimiento sancionador. 10. De la revision de lo actuado se advierte que, en efecto, en la sesion ordinaria del 30 de MORDAZA de 2013 (fojas 64 a 91), el regidor cuestionado, en la estacion de pedidos, solicito el cese del gerente municipal, siendo el caso que, luego del debate correspondiente, los regidores MORDAZA MORDAZA Cox MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cabrejos votaron a favor del cese del citado funcionario MORDAZA, lo que trajo como consecuencia que la peticion del citado regidor fuera aprobado por mayoria. Dicha decision fue plasmada en el Acuerdo de Concejo Nº 026-2013-MDCLR, del 30 de MORDAZA de 2013 (fojas 62 a 63), en el que se aprecia lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO.- Con el MORDAZA en MAYORIA (5), de los regidores mencionados, se dispone MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Gerente Municipal de la Municipalidad de MORDAZA de La MORDAZA MORDAZA, por la causal de falta grave [...]." 11. Posteriormente, el MORDAZA distrital emitio la Resolucion de Alcaldia Nº 143-2013, del 17 de MORDAZA de 2013 (fojas 101 a 102), a traves de la cual se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 026-2013-MDCLR, procediendose a MORDAZA al gerente municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dejandose sin efecto, en dicha fecha, la Resolucion de Alcaldia Nº 339-

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