Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2014 (11/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014

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interponer cualquier MORDAZA de recurso o medio impugnatorio, cuyo fundamento sea de naturaleza legal o tecnica, asi como otros actos vinculados al desarrollo del MORDAZA electoral. 3. Se debe precisar que, de acuerdo al cronograma electoral establecido para las Elecciones Municipales y Regionales 2014, conforme a lo dispuesto por las normas mencionadas en el acapite precedente, la fecha de cierre de MORDAZA de solicitudes de inscripciones de formulas y listas de candidatos ante el MORDAZA Electoral Especial competente, adjuntando los documentos senalados en el articulo 26 del Reglamento; cuya fecha vencio el 7 de MORDAZA de 2014, a las 24:00 horas. De la resolucion del recurso de apelacion 4. Conforme se ha mencionado en los antecedentes, mediante Resolucion Nº 0002-2014-JEE-ICA/JNE, de fecha 17 de MORDAZA de 2014, el pedido de reconsideracion, ha sido reconducido por el JEE como recurso de apelacion, y se declaro inadmisible, por no presentar i) el comprobante original que acredite el pago de la tasa por concepto de recurso de apelacion, ii) el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera apersonarse al local del JEE, con su abogado y el personero legal de la organizacion politica Partido Democratico Somos Peru, dentro del plazo de un dia habil a efectos de que autorice el escrito presentado como recurso de reconsideracion y iii) presentar MORDAZA de habilitacion original o MORDAZA legalizada del abogado que autorice el escrito. 5. Ahora bien, el escrito que presenta el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 21 de MORDAZA de 2014, (fojas 30 a 33), pretende subsanar en parte las observaciones advertidas por el JEE mediante la Resolucion Nº 00022014-JEE-ICA/JNE, para ello adjunta la tasa del pago por derecho de apelacion, MORDAZA certificada de la MORDAZA del letrado que autoriza el escrito; sin embargo, no se verifica la firma original del personero legal de la organizacion politica Partido Democratico Somos Peru, solo se observa que existe una firma escaneada o digitalizada del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero Legal de dicho partido politico, por lo que no se advierte la firma original del personero legal, quien es la persona facultada para presentar el presente medio impugnatorio; concluyendose, de este modo, que no reune los requisitos para la interposicion del presente recurso de apelacion, por lo que, considerando lo senalado, debe declararse nula la Resolucion Nº 0003-2014-JEE-ICA/JNE e improcedente el recurso de apelacion. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo unico.- Declarar NULA la Resolucion Nº 0003-2014-JEE-ICA/JNE, la cual concede el recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 001-2014-JEEICA/JNE, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Ica, e IMPROCEDENTE el recurso de su proposito interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato por la organizacion politica Partido Democratico Somos Peru para participar en las elecciones regionales de 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1135585-7

Confirman resolucion que declaro improcedente solicitudes de inscripcion de listas de candidatos a los Concejos Distritales de Oyotun y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al Concejo Provincial de Chiclayo, asi como al Consejo Regional de MORDAZA
RESOLUCION Nº 897-2014-JNE Expediente Nº J-2014-1121 OYOTUN - CHICLAYO ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ CHICLAYO MORDAZA JEE DE CHICLAYO (EXPEDIENTE Nº 0338-2014-055) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, veinticinco de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Restauracion Nacional, en contra de la Resolucion Nº 0001-2014-JEECHICLAYO/JNE, de fecha 11 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de las listas de candidatos a los concejos distritales de Oyotun, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al Concejo provincial de Chiclayo, asi como al Consejo regional de MORDAZA, presentadas por la citada organizacion politica, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Con fecha 8 de MORDAZA de 2014, el MORDAZA Electoral de Chiclayo (en adelante JEE) emitio un documento denominado acta de incidente producido en el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo despues del cierre de MORDAZA de solicitudes de inscripcion de listas de candidatos de las Elecciones Regionales y Municipales 2014 (en adelante, acta de incidente) (fojas 22). En dicho documento, se da cuenta de que el dia del cierre de inscripcion de solicitudes de candidatos (7 de MORDAZA de 2014), despues de cerrada la MORDAZA del local del JEE a las 12:00 horas, el personero legal del partido politico Restauracion Nacional, quien se encontraba dentro de dichas instalaciones, salio al exterior con el fin de hablar por su telefono celular, aprovechando que un personero de otro partido politico abandonaba el local, suscitandose el referido inconveniente, cuando al tratar de reingresar, lo hace portando unos documentos en la mano, debido a los cuales el personal de seguridad impide su ingreso, siendo alli cuando el referido personero lanza los documentos al interior del establecimiento. De la revision de la documentacion encontrada, se encontraron diversas solicitudes de inscripcion de listas del partido poitico Restauracion Nacional. Con fecha 9 de MORDAZA de 2014 (fojas 2), el recurrente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ingreso un escrito ante el JEE, explicando los hechos ocurridos el 7 de MORDAZA, y solicitando que se admitan las solicitudes de inscripcion de las listas de candidatos a los concejos Distritales de Oyotun, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Concejo Provincial de Chiclayo, asi como del Concejo Regional de MORDAZA y del Concejo Distrital de Satapo por haberse quedado en su poder con motivo del incidente. Mediante Resolucion Nº 0001-2014-JEE-CHICLAYO/ JNE, (fojas 26 a 28), de fecha 11 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro: a) Improcedente la solicitud de inscripcion de las listas a los concejos distritales de Oyotun, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al Concejo Provincial de Chiclayo, asi como al Concejo Regional de MORDAZA, por no haberlas presentado oportunamente ante el JEE. Con fecha 17 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpone recurso de apelacion (fojas 30 a 46) en contra

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