Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2014 (11/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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el mencionado organo jurisdiccional, en tanto dure la licencia del senor Juez Supremo Titular, doctor MORDAZA Sivina Hurtado. Por lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el articulo 76° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por la Ley N° 27465; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Lama MORDAZA, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, como Juez Provisional de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del 10 al 27 de setiembre de 2014. Articulo Segundo.- Disponer que en el periodo comprendido entre el 10 y el 27 de setiembre del ano en curso, dicho organo jurisdiccional quedara conformado de la siguiente manera: SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 1.- Sr. Dr. MORDAZA MORDAZA Walde MORDAZA (Presidente) 2.- Sr. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3.- Sr. Dr. MORDAZA MORDAZA Vinatea MORDAZA 4.- Sra. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5.- Sr. Dr. MORDAZA MORDAZA Lama More. Articulo Tercero.- Notificar la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidente de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial, Administracion de la Corte Suprema de Justicia y Juez Convocado, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1135404-1

El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014

Judicial dispuso convertir y reubicar el Primer Juzgado de Paz Letrado Transitorio de MORDAZA, en MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho, con el objetivo de apoyar en la descarga procesal del MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado Permanentes de San MORDAZA de Lurigancho. Segundo.- Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en la Resolucion Administrativa Nº 227-2014CE-PJ, articulo MORDAZA, dispone que los organos jurisdiccionales transitorios de este Distrito Judicial actuen con funciones de organos permanentes; asimismo, en el articulo decimo noveno de la citada resolucion, faculta a la Presidencia de la Corte, adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la resolucion e implementacion de este Distrito Judicial. Tercero.- Que, analizados los documentos de vistos y verificada la elevada carga procesal que afrontan el MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado Permanentes de San MORDAZA de Lurigancho, en comparacion con el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Transitorio del citado Distrito, amerita disponer la redistribucion de procesos dentro del MORDAZA de acciones administrativas que permitan cautelar la pronta administracion de justicia de paz letrada en el Distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos tercero, MORDAZA y noveno del articulo noventa del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Primero.- DISPONER, la REDISTRIBUCION de los procesos en tramite que se detallan a continuacion:
Del Juzgado Permanente Al Juzgado Transitorio Cantidad Por Especialidad Civil - 50 Expedientes 2do. Juzgado de Paz 4to. Juzgado de 200 Paz Letrado de San Letrado Transitorio de Expedientes MORDAZA de Lurigancho San MORDAZA de Lurigancho Comercial - 50 Expedientes Familia - 100 Expedientes Civil - 250 Expedientes Comercial - 200 2do. Juzgado de Paz 5to. Juzgado de Expedientes 1150 Paz Letrado de San Letrado Transitorio de Expedientes Familia - 500 Expedientes MORDAZA de Lurigancho San MORDAZA de Lurigancho Laboral - 200 Expedientes

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la redistribucion de procesos en tramite en diversos juzgados de paz letrado de San MORDAZA de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 213-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, nueve de setiembre del ano dos mil catorce.VISTOS: El Oficio N° 4-2014-2°JPLT-CSJLE, emitido por la Jueza Supernumeraria del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado Transitorio de San MORDAZA de Lurigancho y el Informe Nº 022014-AE-ADM-CSJLE/PJ, elaborado por el encargado del Area de Estadistica de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolucion Administrativa N° 072-2013-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder

Segundo.- La redistribucion comprende a los procesos cualquiera sea el ano de ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras, asimismo, todos los escritos deberan estar debidamente proveidos bajo responsabilidad. Tercero.- La redistribucion dispuesta en la presente resolucion se efectuara en el plazo de QUINCE DIAS habiles a partir del quince de setiembre proximo y no se considerara para la redistribucion: a) Los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior. b) Los expedientes en lo que se ha llevado a cabo informe oral. c) Los expedientes en reserva, ni con mandato de archivo provisional o definitivo. Cuarto.- En el plazo MORDAZA de diez dias habiles, el MORDAZA y MORDAZA Juzgados de Paz Letrado Permanentes de San MORDAZA de Lurigancho, debera hacer llegar por medio electromagnetico en detalle, la relacion de expedientes a ser redistribuidos, la cual tendra caracter de declaracion jurada y sera publicada en la pagina web de esta Corte Superior de Justicia. Quinto.- Con el fin de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el MORDAZA de redistribucion de expedientes dispuesto en la presente

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