Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2014 (11/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano Jueves 11 de setiembre de 2014

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3. Asimismo, segun lo dispuesto por el articulo 21 del Reglamento, el horario de atencion al publico en el dia cierre de MORDAZA de solicitudes de inscripciones de formulas y listas de candidatos se iniciara a las 08:00 horas y culminara a las 24:00 horas (enfasis agregado). Sobre el analisis del caso concreto 4. De la revision de los actuados, se observa que el personero legal titular del partido politico Accion Popular realiza una interpretacion erronea de las normas ya mencionadas, en tanto considera que es suficiente el ingreso de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al sistema de Personeros Candidatos y Observadores Electorales (en adelante PECAOE) para entender que su solicitud tenga que ser tomada como presentada y habilitada para la calificacion correspondiente por parte del JEE competente. 5. En el presente caso, debe precisarse que, de acuerdo al cronograma electoral establecido para las Elecciones Municipales y Regionales 2014, aprobado mediante Resolucion Nº 081-2014-JNE de fecha 5 de febrero de 2014, y conforme al Reglamento en el acapite precedente, la fecha de cierre de MORDAZA de solicitudes de inscripciones de listas de candidatos ante el JEE competente, en la que deben presentarse los documentos senalados en el articulo 25 del citado Reglamento, plazo que vencio el 7 de MORDAZA de 2014, a las 24:00 horas. 6. Sobre el particular, de acuerdo a lo afirmado en los parrafos anteriores, para solicitar la inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores, la citada organizacion politica debio presentar, entre el 1 de junio hasta el 7 de MORDAZA de 2014, ante el JEE, toda la documentacion requerida en el articulo 26 del citado Reglamento, dentro del plazo establecido, esto es, hasta las 24:00 horas del 7 de MORDAZA de 2014. 7. Sin embargo, de la revision de los actuados se aprecia que la referida agrupacion politica solicito la inscripcion de su lista de candidatos para el Concejo Distrital de Sicaya, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, recien el dia 8 de MORDAZA de 2014, a las 12:11 horas, conforme es de verse del cargo de recepcion de mesa de partes del JEE, esto es, al dia siguiente, despues de haber vencido el plazo para la MORDAZA de la mencionada solicitud, con lo cual se concluye que la misma fue presentada de manera extemporanea. 8. Asimismo, de lo MORDAZA mencionado, se tiene a la vista el acta de cierre de inscripcion de listas municipales y regionales, suscrito por el Pleno del JEE, en la que se aprecia que la MORDAZA solicitud de inscripcion de lista de candidatos ingresada dentro de la fecha de vencimiento de MORDAZA de solicitudes de inscripcion, fue la de la organizacion politica Bloque Popular. De lo afirmado, se concluye que el JEE recibio todas las solicitudes de inscripcion de listas de candidatos que fueron presentadas dentro del plazo de cierre MORDAZA referido. 9. En consecuencia, este Supremo Tribunal Electoral estima que el partido politico Accion Popular, al no presentar su solicitud de inscripcion de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Sicaya, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, dentro del plazo establecido en la MORDAZA, no puede pretender que la misma sea calificada por el JEE; considerando lo senalado, debe declararse infundada la presente apelacion, confirmarse la decision del JEE y disponerse el archivo de los presentes actuados. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, personero legal titular del partido politico Accion Popular, y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 00012014-JEE-HUANCAYO/JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Sicaya, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, presentada por

VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Accion Popular, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, en contra de la Resolucion Nº 0001-2014JEE-HUANCAYO/JNE, del 10 de MORDAZA de 2014, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Sicaya, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica con el objeto de participar en las elecciones regionales de 2014. ANTECEDENTES Con fecha 8 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, personero legal titular del partido politico Accion Popular, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo (en adelante JEE), presenta su solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Sicaya, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA (fojas 22 a 97). Mediante Resolucion Nº 0001-2014-JEE-HUANCAYO/ JNE, del 10 de MORDAZA de 2014 (fojas 12 y 13), el JEE declaro improcedente la referida solicitud de inscripcion por extemporanea, debido a que la citada organizacion politica presento su solicitud de inscripcion de lista de candidatos el dia 8 de MORDAZA de 2014, es decir, un dia despues de la fecha de vencimiento para la MORDAZA de la solicitud de inscripcion de listas de candidatos. Con fecha 16 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, personero legal titular de la referida agrupacion politica, interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 0001-2014-JEE-HUANCAYO/JNE (fojas 8 y 9), en base a los siguientes argumentos: a) Que la resolucion recurrida no guarda coherencia entre el visto, considerando y parte resolutiva, dado que no es MORDAZA que el recurrente MORDAZA presentado la solicitud Nº L0723595656 el dia 8 de MORDAZA de 2014, conforme es de verse de los actuados que obran en autos. b) Sostiene que aparece publicado en el MORDAZA electronico institucional del JEE, la solicitud que fue ingresada el dia 7 de MORDAZA de 2014 y no el dia 8 de MORDAZA como senala la resolucion recurrida, indicando que al haberse cerrado el sistema el dia 7 de MORDAZA de 2014 a las 24:00 horas y al no haber alcanzado a presentar el fisico de la solicitud es que se ha presentado el dia 8 de MORDAZA de 2014. CUESTION EN DISCUSION Determinar si MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA personero legal titular del partido politico Accion Popular presento la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos dentro del plazo establecido por la norma. CONSIDERANDOS Respecto de las normas referidas al plazo para solicitar la inscripcion de listas de candidatos 1. Que el articulo 25 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolucion Nº 271-2014-JNE (en adelante, el Reglamento), concordante con el articulo 10 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, que establece que las organizaciones politicas deben presentar sus solicitudes de inscripcion de listas de candidatos a alcaldes y regidores hasta noventa dias naturales MORDAZA del dia de las elecciones. 2. De acuerdo al literal a del articulo 36 de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, los Jurados Electorales Especiales dentro de su respectiva jurisdiccion, tienen la funcion de inscribir y expedir las credenciales de los candidatos o las listas presentadas. En tal sentido, para solicitar la inscripcion de la lista de candidatos para las elecciones municipales, las organizaciones politicas deben presentar ante el MORDAZA Electoral Especial competente, una serie de documentos senalados en el articulo 25 del Reglamento.

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