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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (26/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Viernes 26 de setiembre de 2014 533417 de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS N° 2684-2013 de fecha 02 de mayo 2013, se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REG- SGE-360-04; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 23 de enero de 2014, califi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Jaime Vargas Malaga postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Jaime Vargas Malaga con matrícula número N-4262, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1141954-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) el traslado de agencia ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 6055-2014 Lima, 11 de setiembre del 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) para que se le otorgue autorización para el traslado de su Agencia ubicada en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación correspondiente para el traslado de la agencia solicitada; Que, mediante la Resolución SBS N°2077- 2009 de fecha 01 de abril de 2009, se autorizó la apertura de la agencia en cuestión; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32°de la Ley N° 26702 – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorando N° 725 – 2014 – SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A. (CMAC Trujillo) el traslado de su Agencia ubicado en la Manzana A, Lote 20 (Av. Túpac Amaru N° 3865 – 3867 – 3869), Urbanización San Agustín, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, a la Manzana T Lote 38 (Av. Túpac Amaru N° 2878), Urbanización Repartición, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIANA LEÓN CALDERÓN Intendente General de Microfi nanzas (a.i.) 1142158-1 Autorizan a El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros, el cierre de agencia ubicada en el departamento de Áncash RESOLUCIÓN SBS Nº 6107-2014 Lima, 12 de setiembre de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autorice el cierre de una (01) agencia ubicada en el departamento de Ancash. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1109-1998 de fecha 05 de noviembre de 1998, se autorizó a la Compañía la apertura de una (01) ofi cina especial ubicada en Av. Mariscal Luzuriaga N° 1060, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash; Que, mediante Resolución SBS N° 9197-2012 de fecha 07 de diciembre de 2012, se autorizó a la Compañía la conversión de la ofi cina especial antes mencionada, en agencia; Que, mediante Resolución SBS N° 3262-2013 de fecha 28 de mayo de 2013, se autorizó a la Compañía la modifi cación de la dirección que fi gura en la Resolución SBS N° 1109-1998 y en la Resolución SBS N° 9197- 2012, como “Av. Mariscal Luzuriaga N° 1060, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash”, por la de “Av. Mariscal Luzuriaga N° 1054, distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash”; Que, en aplicación de los numerales 5.1 y 8.1 del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N° 6285-2013, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) agencia ubicada en el departamento de Ancash; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros “B”; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modifi catorias, la Resolución SBS N° 6285-2013; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 5829-2014 de fecha 05 de setiembre de 2014;