Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2015 (12/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Miércoles 12 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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Economía y Finanzas, y sus modificatorias, por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su modificatoria, el Reglamento de Letras del Tesoro, aprobado por Decreto Supremo 051-2013-EF y la Resolución Directoral N° 0222015-EF/52.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquense los numerales 1.19 y los literales b) y d) del numeral 4 del Reglamento de Letras del Tesoro, aprobado por el artículo 1 del Decreto Supremo 051-2013-EF, por el siguiente texto: "1.19 Tratamiento tributario El tratamiento tributario de los intereses y ganancias de capital provenientes de las letras emitidas por la República del Perú, se regirá por lo dispuesto en la Ley N° 30050 o la ley que la modifique o la sustituya." "4. MECANISMOS CENTRALIZADOS NEGOCIACIÓN DE DEUDA PÚBLICA DE

b) Garantizar que el sistema de negociación del Módulo de Negociación Continua opere sin cupos ni límites de contraparte, acepte diferentes tipos de oferta y asegure el calce automático, priorizando las mejores cotizaciones y propuestas. Las entidades que operen en un mecanismo centralizado de negociación podrán establecer restricciones a ciertas contrapartes en función a sus políticas internas. d) Implementar la metodología establecida por la Unidad Responsable para fijar el intervalo máximo de precios, en relación a precios de referencia públicamente calculados, fuera del cual no se puedan ingresar propuestas de compra o de venta en el Módulo de Negociación Continua." Artículo 2.- Modifíquese el numeral 3 del Reglamento de Letras del Tesoro, aprobado por el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 051-2013-EF, por el siguiente texto: "3. PROCEDIMIENTO PARA LA RECOMPRA Y REVENTA DE LETRAS EMISION,

como el rendimiento al que están dispuestos a participar en las subastas. Las propuestas no competitivas son aquellas en las que las entidades elegibles que correspondan sólo indican la cantidad de letras involucradas, aceptando de antemano adjudicarse dichos valores al rendimiento promedio ponderado o la tasa de corte que resulte de la subasta involucrada. Los participantes que remitan propuestas competitivas, deberán diferenciar las propuestas por cuenta propia de las propuestas por cuenta de terceros indicando además el código RUT del participante o de su cliente, así como el nombre de la entidad a través de quien liquidará la operación. En caso de no poder consignar la información a través de la plataforma electrónica utilizada, ésta deberá ser remitida a la Unidad Responsable a efectos de poder realizar el proceso de adjudicación adecuadamente. Las propuestas deben ser presentadas ante la Unidad Responsable, según lo que se haya indicado en cada convocatoria. De considerarlo necesario, la Unidad Responsable podrá recibir propuestas mediante facsímil, mediante sobres cerrados o mediante cualquier otro mecanismo, ya sea en forma alternativa o complementaria. 3.2.1.a) Mercado primario Los participantes, dependiendo del tipo de entidad al que pertenezcan, podrán presentar propuestas competitivas, por cuenta propia o de terceros, o propuestas no competitivas. El número de letras a consignar en las propuestas competitivas y no competitivas no puede incluir fracciones de unidad, y en el caso de la tasa de rendimiento a considerar para las propuestas competitivas, ésta debe indicarse con cuatro decimales. 3.2.1. b) Mercado secundario La Unidad Responsable podrá realizar simultáneamente operaciones de recompra y reventa de letras, en cuyo caso las entidades que presenten propuestas competitivas deberán decidir si participan en la operación de recompra o de reventa de letras. En ningún caso se admitirán propuestas competitivas en ambas operaciones. La Unidad Responsable eliminará las propuestas competitivas de recompra y reventa que las entidades remitan de manera simultánea. Los participantes, dependiendo del tipo de entidad al que pertenezcan, podrán presentar propuestas competitivas, por cuenta propia o de terceros, o propuestas no competitivas. El número de letras a consignar en las propuestas competitivas y no competitivas no puede incluir fracciones de unidad, y en el caso de la tasa de rendimiento a considerar para las propuestas competitivas, ésta debe indicarse con cuatro decimales. Las propuestas válidas presentadas serán irrevocables y cada entidad participante será responsable de la liquidación de las operaciones resultantes de la adjudicación, tanto si lo hace por cuenta propia como por cuenta de terceros, según corresponda. 3.2.2 Envío de las propuestas Las propuestas son remitidas en forma electrónica y tienen el carácter de irrevocables. En caso de presentarse inconvenientes en el funcionamiento del sistema electrónico de subastas involucrado, se podrá hacer uso de otros medios autorizados por la Unidad Responsable. 3.2.2.a) Medios electrónicos La presentación de propuestas deberá efectuarse siguiendo el procedimiento establecido por el operador del sistema electrónico involucrado. Cada entidad participante es responsable de adoptar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso a dichos sistemas con arreglo a sus procedimientos internos, pues, queda obligada a participar con los valores involucrados. Sólo las propuestas que aparezcan vigentes a la hora de corte serán consideradas en el proceso de adjudicación de las operaciones. 3.2.2.b) Otros medios (sobres o por facsímil) Las propuestas podrán ser remitidas en el formulario que proporcione la Unidad Responsable, conteniendo las características de los valores relacionados con cada operación, y deberán ser firmadas por funcionarios que oportunamente hayan acreditado contar con poderes suficientes y firmas registradas, indicando la clave de

En las emisiones, recompras y reventas de letras que la Unidad Responsable efectúe a través de subastas se observará el procedimiento que a continuación se indica. 3.1 Convocatoria 3.1.1La convocatoria para participar en las operaciones mediante subasta se realizará con al menos un (1) día hábil de anticipación respecto de la fecha indicada, a través del portal de la Unidad Responsable www.mef.gob.pe, así como a través de otros medios de difusión disponibles que se considere conveniente utilizar en cada convocatoria. 3.1.2 Información de los anuncios En cada convocatoria se incluirá la siguiente información: - Fecha de ejecución de la subasta - Tipo de subasta - Modalidad de subasta - Tipo de operación a realizar - Denominación y fecha de redención de las letras - Medios a utilizar para la recepción válida de solicitudes. - Montos referenciales. - Montos máximos de adjudicación por cada tipo de entidad participante, incluyendo límites de adjudicación por cuenta propia y cuenta de terceros. - Horario para la recepción de propuestas. - Horario para la comunicación de resultados de la subasta. - Fecha para liquidar las operaciones resultantes de la adjudicación. - Otra información que se considere pertinente. 3.2 Procedimiento para las subastas 3.2.1 Presentación de las propuestas Las entidades podrán participar con propuestas competitivas o con propuestas no competitivas, según corresponda. Las propuestas competitivas son aquellas en las que las entidades elegibles indican la cantidad de letras, así

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