Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (22/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 104

559838 NORMAS LEGALES Sábado 22 de agosto de 2015 / El Peruano en un plazo no mayor de 90 días calendario, previa coordinación con la Subgerencia de Tránsito y Transporte. Tres.- La mención de zona de estacionamiento en las actuales resoluciones de permiso de operación o de renovación debe ser entendida como paradero. Cuatro.- Los permisos de operación otorgados en aplicación del Art. 3º de la Ordenanza Nº 331-MDC, complementada con la Ordenanza Nº 404-MDC, serán objeto de revisión, con el objeto de verifi car el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos por las normas vigentes citadas. Cinco.- Las renovaciones de los Permisos de Operación otorgados a partir del año 2013 por tres (03) años deberán ser adecuadas a la vigencia recomendada por INDECOPI, asimismo deberá señalarse las placas de rodaje de cada uno de los vehículos que conforman la fl ota vehicular de cada persona jurídica. Seis.- SUSPENDASE, la Constatación de Características del año 2015. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Única.- Déjese sin efecto la Ordenanza Nº 404-MDC de fecha 28 de enero del 2014 y cualquier otra Ordenanza o disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE REGLAMENTO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS O NO MOTORIZADOS DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS A. INFRACCIONES DEL TRANSPORTADOR O PERSONA JURÍDICA AUTORIZADO COD INFRACCIÓN MULTA % (UIT) MEDIDA ACCESORIA A-01 Permitir a los conductores y/o vehículos menores prestar el Servicio Especial sin haber hecho de conocimiento por escrito de la Municipalidad. 2% A-02 Transferir la Resolución de otorgamiento o de Renovación del Permiso de Operación. 5% A-03 Por permitir prestar el servicio especial a vehículo menores sin el Seguro contra acci- dentes de Tránsito SOAT-CAT (AFOCAT). 5% A-04 Persona jurídica que permita estacionarse a sus conductores en paradero que corre- sponda a otro transportador autorizado. 5% A-05 Negarse a la realización del Curso de Educación y Seguridad Vial habiendo sido el mismo visto en la Comisión Técnica Mixta. 5% A-06 Por permitir la prestación del servicio en vehículos menores con lunas oscuras o polarizadas. 5% A-07 Por permitir la prestación del servicio en vehículos menores que porten: Lemas, impresiones, objetos; que difi culten la visib- ilidad, que distraigan al conductor o que no correspondan al reglamento de vehiculos. 3% A-08 Por permitir la prestación del servicio portan- do en los vehículos menores alto parlante, equipo de sonido; que desnaturalizan el servicio especial. 3% A-09 Por permitir la prestación del servicio en vehículos menores con luces estridentes (sicodélicas) o no reglamentarias. 3% A-10 Por permitir la prestación del servicio de vehículos menores que porten stickers o calcomanías y/o tapasoles no reglamentari- os en el parabrisas. 3% A-11 Permitir servicios de mantenimiento mecáni- co o lavado en paraderos. 3% A-12 Por permitir que los conductores presten el Servicio Especial sin portar: Licencia de Conducir, Tarjeta de Propiedad, certifi cado de SOAT – CAT (AFOCAT)). 3% COD INFRACCIÓN MULTA %(UIT) MEDIDA ACCESORIA A-13 Por permitir la prestación del Servicio en ve- hículos menores que no cuentan con el pintado de las placas de rodaje laterales y/o en la parte central posterior inferior del chasís. 3% A-14 Por permitir la prestación del servicio en vehículos menores que no cuentan con el número de la fl ota en la parte posterior del chasís o con el pintado de la placa de rodaje en la parte posterior del conductor. 3% A-15 Por autorizar o permitir la colocación en su(s) vehículo(s) de propaganda comer- ciales. 5% B. INFRACCIONES DEL CONDUCTOR (PROPIETARIO) AUTORIZADO B-01 Transferir el carnet de educación vial. 3% B-02 Por prestar el servicio especial en vehículos menores con auriculares o similares. 3% B-03 Por no participar (asistir) al curso de edu- cación y seguridad vial. 5% IDMV B-04 Trasladar pasajeros en excedan el número establecido. 3% B-05 Hacer competencia de velocidad poniendo en riesgo la seguridad e integridad física de los pasajeros y/o transeúntes. 2% B-06 Estacionarse a la espera de pasajeros en áreas de la vía pública no autorizadas. 2% B-07 No prestar el servicio a escolares, ancianos o discapacitados. 2% B-08 Prestar el servicio descuidando su aseo personal. 3% B-09 Prestar el servicio sin haber obtenido el carnet de educación vial. 2% B-10 Por prestar el servicio sin portar el carnet de educación vial 3% B-11 Realizar el servicio en pasajes o aceras. 2% B-12 Por tomar o dejar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares de la vía pública que atent- en contra su integridad física o de los pasajeros. 2% B-13 Prestar el servicio en vehículo que no tienen cobertor (máscara o protector), cobertura (techo) y/o parabrisas. 5% IDMV B-14 Prestar servicio en vehículos con chasís, toldera y/o asientos deteriorados o sucios. 2% B-15 Prestar el servicio con persona (s) al costa- do del conductor. 5% IDMV B-16 Prestar servicio en vehículo menor sin el sticker vehicular, salvo que haya sido objeto de robo o accidente. 5% IDMV B-17 Prestar el servicio en vehículo menor con cobertura (toldera o techo) sin la razón so- cial de la persona jurídica correspondiente. 3% B-18 Por posesionarse con su vehículo menor a la espera de pasajeros en zona de estacio- namiento y/o paradero que corresponde a otra persona jurídica autorizada. 3% B-19 Recoger pasajeros a menos de 40 metros lineales de la(s) zona(s) de estacionamiento y/o paraderos de otra persona jurídica autorizada. 2% B-20 Hacer caso omiso y/o fugarse ante el requerimiento del inspector municipal. 5% IDMV B-21 Prestar servicio en vehículo menor de una persona jurídica distinta a la que está afi liado. 2% B-22 Prestar servicio en forma reiterada (piratear) en las vías o áreas colindantes a los paraderos o muy próximos a éstos, los cuales pertenecen a otra persona jurídica autorizada. 5% IDMV