Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2015 (28/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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precedente, el supervisor podra requerir el MORDAZA de la fuerza publica para el desempeno de sus funciones, el cual debera ser prestado de inmediato bajo responsabilidad, tal como lo establece el Articulo 14° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental. 32.2 En el supuesto mencionado en el Articulo 32.1 precedente, se podra formular denuncia contra el administrado por el delito de resistencia a la autoridad, tipificado en el Articulo 368° del Codigo Penal vigente, para lo cual la Autoridad de Supervision Directa remitira la comunicacion correspondiente a la Procuraduria Publica del OEFA, sin perjuicio de las acciones administrativas correspondientes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- De acuerdo con lo establecido en el Articulo 12° de la Ley N° 29325, la funcion de supervision directa puede ejercerse a traves de terceros supervisores, en cuyo caso las disposiciones del presente Reglamento les resultan aplicables en lo que fuere pertinente, independientemente de su modalidad de contratacion. En este MORDAZA, para efectos de lo establecido en el Articulo 425° del Codigo Penal, las personas naturales independientes y las personas naturales responsables de los informes que emitan las personas juridicas, asi como sus representantes legales, seran consideradas funcionarios publicos. Segunda.- Conforme a la actual estructura organica del OEFA, entiendase que: (i) la Autoridad de Evaluacion Ambiental es la Direccion de Evaluacion, (ii) la Autoridad de Supervision Directa y la Autoridad Acusadora es la Direccion de Supervision, y (iii) la Autoridad Instructora es la Subdireccion de Instruccion de la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos. Tercera.- Mediante directivas aprobadas por Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo se podran desarrollar procedimientos especificos de supervision que complementen el presente Reglamento u otros mecanismos de supervision a los administrados. Cuarta.- En caso que el Titular de la actividad transfiera, traspase o ceda la actividad a un tercero, el adquiriente o cesionario esta obligado a comunicar dicho cambio al OEFA, en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles, contado desde la celebracion del acuerdo que contempla el cambio de titularidad. En caso el cambio de titularidad se MORDAZA realizado con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento, el actual titular debera comunicar al OEFA dicha situacion en el plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles, contado desde la fecha de la publicacion de la presente norma. En la comunicacion al OEFA, se debera adjuntar la documentacion que sustente el cambio de titularidad de la actividad. Quinta.- Si como resultado de las acciones de supervision directa efectuadas por el OEFA se advierten deficiencias de los instrumentos de gestion ambiental, la Autoridad de Supervision Directa informara de manera sustentada acerca de dicha situacion ante la autoridad de certificacion ambiental competente para que adopte las medidas correspondientes. Sexta.- La Autoridad de Supervision Directa implementara, fisica y virtualmente, un registro de hallazgos subsanados, en el cual se consignara, respecto de los hallazgos moderados, como minimo, la siguiente informacion: (i) El numero de expediente; (ii) El nombre, denominacion o razon social del administrado; (ii) El hallazgo moderado subsanado; y, (iii) El numero y fecha de notificacion del acto mediante el cual se da la conformidad a la subsanacion realizada. Setima.- Las disposiciones contenidas en la presente MORDAZA resultan aplicables para las supervisiones que se inicien con posterioridad a su entrada en vigencia. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Las supervisiones que a la fecha de entrada en vigencia del presente reglamento se encuentren en

El Peruano Sabado 28 de marzo de 2015

tramite se rigen por lo establecido en el Reglamento de Supervision Directa del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, aprobado mediante la Resolucion de Consejo Directivo N° 007-2013-OEFA/CD. Segunda.- La presente MORDAZA puede ser aplicada de manera supletoria por las Entidades de Fiscalizacion Ambiental (EFA) de ambito nacional, regional o local, para el ejercicio de la funcion supervisora a su cargo, en el MORDAZA de sus competencias, en tanto el OEFA no apruebe el Reglamento de Fiscalizacion Ambiental modelo. 1217688-1

Designan Asesora de la Alta Direccion del OEFA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 038-2015-OEFA/PCD MORDAZA, 27 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Literal e) del Articulo 15° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, aprobado por el Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM, establece que corresponde al Presidente del Consejo Directivo designar y remover a los funcionarios y asesores de la entidad; Que, encontrandose vacante el cargo de Asesor de la Alta Direccion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, resulta necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, y en uso de la atribucion conferida por los Literales e) y t) del Articulo 15° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar a la senora MORDAZA Josset MORDAZA MORDAZA en el cargo de Asesora de la Alta Direccion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental OEFA, con efectividad a partir del 30 de marzo del 2015. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo 1217680-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo Intendencia Regional MORDAZA
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 121-024-0000910 /SUNAT Punchana, 11 de marzo del 2015 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA para

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