Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2015 (28/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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previos a la convocatoria conforme a las normas vigentes y de llevar un registro ordenado de los procesos. Articulo 9.- Contenido de la convocatoria.- La resolucion de convocatoria a Concurso Publico contendra lo siguiente: - La Convocatoria. - Designacion del MORDAZA Calificador. - Cronograma del Concurso Publico, cuya propuesta sera remitida por la Oficina General de Recursos Humanos en su oportunidad al Superintendente Nacional para su aprobacion; el mismo que debera incluir todas las etapas del MORDAZA, observando los plazos establecidos en el presente Reglamento. - Ficha de Inscripcion. Articulo 10.- Publicidad de la Convocatoria.La Oficina General de Recursos Humanos o quien haga sus veces en la MORDAZA registral, se encargara de disponer que el aviso de convocatoria se publique por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulacion de la Sede de la MORDAZA Registral convocante. Cuando la Convocatoria sea realizada en el ambito nacional o macroregional, ademas del Diario Oficial El Peruano, se publicara en uno de los diarios de mayor circulacion nacional y en los diarios de las ciudades donde tenga su Sede las Jefaturas de las Zonas Registrales vinculadas con la convocatoria. En general, todos los aspectos relacionados con la publicidad del Concurso Publico, deberan realizarse en la pagina web institucional; ademas de la publicidad en carteles en cada una de las oficinas registrales de las zonas registrales convocantes. Articulo 11.- Aviso de convocatoria.- Debera establecer con precision lo siguiente: a) El numero del concurso y de la Resolucion que lo autoriza. b) La plaza o plazas a cubrir con indicacion de la MORDAZA registral y oficina registral a la que pertenece. c) El MORDAZA de contrato que se suscribira con el postulante que alcance una plaza, con indicacion de la remuneracion que corresponda d) El llamado a los postulantes al Concurso. e) El cronograma de las etapas del Concurso, senalando el caracter cancelatorio de todas y cada una de ellas, y la nota minima requerida para acceder a la siguiente etapa. f) El lugar, horario y plazo para la inscripcion de los postulantes. g) Los requisitos para la inscripcion conforme al presente Reglamento. h) La prohibicion expresa de postular a mas de una plaza. i) La indicacion expresa de la informacion que estara disponible en la web institucional; la que estara referida a: - El enlace para la ficha de inscripcion. - Balotario del concurso publico de meritos. - Tabla de calificacion de CV y el formato de MORDAZA - Reglamento de Acceso a la Funcion Registral. TITULO IV REGISTRO DE POSTULANTES Articulo 12.- Del Registro de Postulantes.- La Oficina General de Tecnologias de la Informacion de la Sede Central, implementara, con el apoyo de la oficina responsable de administrar la web institucional, en la pagina web de la SUNARP un Registro de Postulantes dentro del plazo que establezca la convocatoria. En dicho registro se inscribiran los postulantes, agrupandolos segun la plaza a la que concursan. Al cierre del MORDAZA de inscripcion, la Oficina General de Tecnologias de la Informacion de la Sede Central, bajo responsabilidad, remitira al MORDAZA Calificador la lista de postulantes debidamente inscritos, la misma que sera publicada en la pagina web de la SUNARP por la oficina responsable de la Sede Central.

El Peruano Sabado 28 de marzo de 2015

Cada postulante podra concursar solo a una plaza determinada en cada concurso, sin admitirse variacion alguna. Cuando se convoque a cubrir plazas en mas de una MORDAZA Registral, la encargada de crear el Registro de Postulantes sera la Oficina General de Tecnologias de la Informacion de la Sede Central Articulo 13.- Requisitos para la inscripcion de los postulantes.- Para inscribirse en el Registro a que se refiere el articulo anterior, los postulantes deberan llenar el formato de inscripcion cuyo contenido minimo obligatorio es el siguiente: a) Plaza a la que postula. b) Apellidos y nombres. c) Numero de Documento Nacional de Identidad o DNI. d) Fecha de nacimiento y estado civil. e) Direccion actual. f) Colegio profesional y numero de colegiatura. g) Correo electronico para las notificaciones respectivas. h) Telefono fijo y celular. i) Las respectivas Declaraciones Juradas de conformidad con la normativa vigente. Articulo 14.- Acreditacion de la inscripcion.Para que el postulante pueda acreditar su inscripcion debera contar con su codigo de postulacion, el cual le sera otorgado al momento de su inscripcion. Asimismo, debera imprimir el formato a efectos de presentarlo con su curriculum vitae en caso de llegar a la etapa de evaluacion curricular, conforme a lo dispuesto por el articulo 24 del presente Reglamento. Articulo 15.- Numero insuficiente de postulantes.En caso de no presentarse postulante alguno para las plazas convocadas, se podra disponer la ampliacion del plazo de inscripcion por un periodo igual al establecido en el aviso de convocatoria; si se mantuviera dicha situacion, se procedera a realizar una MORDAZA convocatoria. En este ultimo caso, el MORDAZA llamado a concurso se MORDAZA bajo la misma numeracion que la primera convocatoria con la indicacion de que se trata de una MORDAZA convocatoria. TITULO V MORDAZA CALIFICADOR Articulo 16.- Composicion y funciones del Jurado.El MORDAZA es un colegiado encargado de conducir el MORDAZA de Concurso Publico de Meritos. Es designado por el Superintendente Nacional al momento de la Convocatoria. Su actuacion se regula por lo dispuesto en el presente Reglamento. Una vez instalado, el MORDAZA toma decisiones que las hace constar mediante actas en donde se consignaran las decisiones que adopte debidamente motivadas. El MORDAZA esta integrado de la siguiente manera: a) El Superintendente Nacional de los Registros Publicos o su representante designado mediante Resolucion, quien lo presidira; b) El Jefe de la MORDAZA Registral convocante o su representante, quien desempenara la funcion de Secretario Tecnico del MORDAZA Calificador. En el caso de las Convocatorias a las que se refiere el articulo 8 del Reglamento, el Superintendente Nacional designara un representante de los Jefes Zonales y su respectivo suplente dentro de los demas Jefes Zonales c) El Director Tecnico Registral de la Sede Central o su representante. Todos los miembros del MORDAZA Calificador tanto titulares, representantes o suplentes podran realizar reuniones de caracter virtual, previo acuerdo de sus integrantes para emitir sus votos a traves del correo electronico institucional. Esta posibilidad no podra ser utilizada para los actos en los cuales se califiquen el curriculum vitae y cuando se apruebe la lista final de resultados. Si durante el desarrollo de las etapas del MORDAZA se realizan evaluaciones simultaneas en diferentes ambitos geograficos o por el alto numero de postulantes,

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