Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2015 (27/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013), así como las disposiciones contenidas en la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar excepcionalmente, hasta el domingo 29 de noviembre de 2015, la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Municipales 2015, en las 10 circunscripciones que se detallan en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo N° 0222015-PCM, convocada para la fecha en mención. Artículo Segundo.- Precisar que dicha prórroga sólo surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1316762-1

oficina en la modalidad de agencia, ubicada en Avenida Guardia Civil Nº 346 ­ C, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas (e) 1316072-1

Prorrogan el sometimiento al régimen de intervención de la Derrama de Retirados del Sector Educación - DERESE en Intervención, establecido mediante Res. SBS N° 6167-2015
RESOLUCIÓN SBS Nº 7186-2015 Lima, 25 de noviembre de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 26516 del 24.07.1995, se incorporó al control y supervisión de esta Superintendencia, entre otras, a la Derrama de Retirados del Sector Educación ­ DERESE; y esta norma fue reglamentada con el Decreto Supremo N° 160-95/EF del 28.12.1995. Posteriormente, mediante Ley N° 29532 del 10.05.2010, se modificó el artículo 2° de la Ley N° 26516, disponiéndose que el control y supervisión que ejerce esta Superintendencia comprende las facultades de reestructuración, repotenciación, disolución y liquidación integral de la institución supervisada y los fondos que administra, en aquellos casos en que la intervención de esta Superintendencia determine la existencia de causales objetivas de insolvencia e iliquidez, de conformidad con lo previsto en el estatuto o reglamento de la institución o fondo respectivo o, en su defecto, causales objetivas que apruebe este organismo supervisor por norma reglamentaria, tal como lo hizo mediante Reglamento para la Reestructuración, Repotenciación, Disolución y Liquidación de pensiones de cesantía, jubilación y similares, que se encuentran sometidas a la supervisión y control de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS N° 8504-2010 del 06.08.2010 (en adelante, el Reglamento); Que, el segundo párrafo del artículo 2° de la Ley N° 26516, modificado por la Ley N° 29532, faculta a esta Superintendencia a aplicar, supletoriamente, las disposiciones establecidas en la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (en adelante, la Ley General), la Ley General de Sociedades, así como las normas modificatorias, complementarias y reglamentarias, que resulten pertinentes; Que, en el marco normativo descrito, esta Superintendencia ha sometido a la Derrama de Retirados del Sector Educación - DERESE a un régimen de intervención por el plazo de cuarenta y cinco (45) días, que vence el 26.11.2015, conforme a la causal objetiva prevista en el inciso b) del artículo 9 del Reglamento referida a la insolvencia de la entidad que implique la incapacidad de generar recursos que le permitan el cumplimiento del pago de sus obligaciones futuras, señalada en la Resolución SBS N° 6167-2015 de fecha 12.10.2015, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el día 14.10.2015 y debidamente inscrita en la Partida N° 01976907 del Registro de Personas Jurídicas de Lima; Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 13° y 14° del Reglamento, durante el régimen de intervención se podrán desarrollar acciones tendentes a lograr la reestructuración y repotenciación de la entidad supervisada. En este sentido, la Superintendencia deberá evaluar, en un plazo máximo de diez (10) días, las propuestas que se presenten por cuando menos el treinta por ciento (30%) del total de los afiliados y beneficiarios de la DERESE en Intervención, las que deberán abarcar todos aquellos aspectos que permitan confirmar, bajo escenarios razonables, la superación de las condiciones

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de oficina en la modalidad de agencia ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 6911-2015 Lima, 17 de noviembre de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (e) VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A., para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) oficina en la modalidad de agencia, ubicada en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 30 de junio de 2015, se aprobó la apertura de la referida agencia; Que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación requerida para la apertura de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS Nº 625-2015; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A., la apertura de una (01)

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