Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2015 (28/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Miércoles 28 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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y difundir información sobre las intervenciones de los serenazgos conformantes del SEMEL, y proporcionar información confiable, oportuna y de calidad para el diseño, planeamiento y desarrollo de estrategias, actividades y acciones preventivas y disuasivas, de manera distrital, interdistrital o metropolitana, en apoyo de los vecinos y las labores que efectúa la Policía Nacional del Perú. Artículo 8.- Órgano responsable e implementación del Observatorio La Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es la encargada de administrar el Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana, debiendo acopiar, actualizar y sistematizar la información de los 42 Distritos y el Cercado de Lima. Las municipalidades distritales de la provincia de Lima, deberán reportar mensualmente las intervenciones que efectúen en sus jurisdicciones, así como las realizadas interdistritalmente en el marco de la presente Ordenanza, con el objeto de mantener actualizada la información del Observatorio. CAPÍTULO III ESCUELA METROPOLITANA DE SERENOS Artículo 9.- Creación de la Escuela Metropolitana de Serenos Créase la Escuela Metropolitana de Serenos, a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana como órgano de instrucción de los Serenos Municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de las Municipalidades Distritales que la integran, siendo su ámbito la provincia de Lima. Artículo 10.- Malla curricular e instrucción La Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Escuela Metropolitana de Serenos, es la encargada de aprobar la malla curricular que debe comprender la instrucción y preparación de los Serenos, registrando, supervisando y certificando los cursos que se dicten para el efecto. La Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima podrá encargar a terceros y/o delegar a las Municipalidades Distritales, la realización de los cursos de formación necesarios para la acreditación de los Serenos, debiendo supervisarlos para la certificación correspondiente y la anotación en el Registro Metropolitano de Serenos. Artículo 11.- Relación con el Registro Metropolitano de Serenos La Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, actualizará en el Registro Metropolitano de Serenos, en el rubro capacitación, al personal del Serenazgo Metropolitano de Lima ­ SEMEL que apruebe los cursos. TÍTULO III INSTRUMENTOS DE GESTIÓN CAPÍTULO I INSTRUMENTOS Artículo 12.Instrumentos del Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana Los instrumentos de gestión del Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana (SIMESEC) son los mecanismos diseñados para posibilitar la ejecución y el desarrollo de la Política y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana en la provincia de Lima. Estos instrumentos se emitirán en concordancia con las directrices del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana ­ CONASEC y se formularán sobre la base de los elementos siguientes: 1. Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana.- Instrumento de gestión que, a través de un enfoque por resultados, orienta el quehacer de Lima Metropolitana en materia de seguridad ciudadana, desarrollando las políticas nacionales en seguridad ciudadana, estableciendo indicadores, metas y responsabilidades; encamina la actuación del SEMEL mediante la coordinación y el diálogo.

2. Planes Distritales de Seguridad Ciudadana.- Tan igual que el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, los Planes Distritales son instrumentos de gestión que orientan el quehacer de cada uno de los cuarenta y dos (42) distritos que conforman la provincia de Lima, estableciendo indicadores, metas y responsabilidades. Coadyuvan al desarrollo de las actividades del SEMEL. 3. Registro Metropolitano de Información Integral en Seguridad Ciudadana.- Es el instrumento que tiene por finalidad contar con una base de datos unificada, tipificada, sectorizada, integrada y sistematizada sobre políticas nacionales de seguridad ciudadana, el resultado de las encuestas, manifestaciones específicas de violencia, factores de riesgos, entre otras, así como acerca del personal que labora como sereno en los cuarenta y dos (42) Distritos y el Cercado de Lima. 4. Planes Específicos y Normas Complementarias.Son los planes propuestos y aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el ámbito del Cercado de Lima, y por las Municipalidades Distritales en sus respectivas jurisdicciones, orientados a solucionar problemas específicos en materia de seguridad ciudadana en dichos ámbitos, incorporando el aspecto socio económico de cada circunscripción. 5. Planes de Capacitación y Estudios de Investigación en Seguridad Ciudadana.-Son los instrumentos que permitirán establecer los lineamientos generales para el desarrollo de las acciones de capacitación al Serenazgo Metropolitano de Lima (SEMEL), así como promover el desarrollo de investigaciones en materia de seguridad ciudadana de la provincia de Lima. CAPÍTULO II REGISTRO METROPOLITANO DE INFORMACIÓN INTEGRAL EN SEGURIDAD CIUDADANA Artículo 13.- Creación del Registro Metropolitano de Información Integral en Seguridad Ciudadana Créase el Registro Metropolitano de Información Integral en Seguridad Ciudadana, con la finalidad de contar con una base de datos unificada e integrada para la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades Distritales que integran la provincia de Lima, sobre políticas metropolitanas y distritales de seguridad ciudadana, el resultado de encuestas, manifestaciones específicas de violencia, factores de riesgos, entre otras, así como acerca del personal que labora como Sereno en los cuarenta y dos (42) Distritos y el Cercado de Lima. En el Reglamento de la presente Ordenanza, se podrán establecer sub registros que permitan diferenciar la información que contiene el Registro Metropolitano de Información Integral en Seguridad Ciudadana. Artículo 14.- Registro y Sistematización La Municipalidad Metropolitana de Lima, a través de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, será la encargada de registrar y sistematizar la información contenida en el Registro Metropolitano de Información Integral en Seguridad Ciudadana, tipificarla, sectorizarla y ponerla a disposición de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima, así como de la Policía Nacional del Perú, el Ministerio del Interior y cualquier otra entidad pública que solicite acceder a la misma. Artículo 15.- Reporte, actualización y consulta del Registro Las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima son responsables de reportar, actualizar periódicamente y consultar la información contenida en el Registro Metropolitano de Información Integral en Seguridad Ciudadana, para el mejor cumplimiento de las labores que tienen encomendadas en materia de seguridad ciudadana, así como para la contratación de nuevos serenos, a cuyo efecto deberán comunicar a la Municipalidad Metropolitana de Lima la base de datos del personal de Serenazgo de su jurisdicción, de acuerdo a lo que se indique en el Reglamento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Modificación de la Ordenanza N° 638 Modifíquese los Artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6° de la

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