Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2015 (24/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de setiembre de 2015 /

El Peruano

solicitó disponer de una inspección al predio ubicado en el Lote N° 9, Huerta Lacito, con frente a la Av. Colonial (hoy Av. Oscar Benavides 6ta. cuadra esquina Av. Ramón Cárcamo 6ta. cuadra), Cercado de Lima, distrito, provincia y departamento de Lima, el mismo que fue atendido mediante el Oficio Nº 1356-2015-OS/OR, ingresado con Registro N° 2522833 de fecha 03 de agosto de 2015, concluyendo que no existen instalaciones eléctricas en el área que corresponde al predio señalado; Que, el literal d) del artículo 119 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, dispone que el Ministerio de Energía y Minas, a pedido de parte o de oficio, declarará la extinción de las servidumbres impuestas en caso se dé término a la finalidad para la cual se constituyó la servidumbre; Que, en mérito a los documentos mencionados en los considerados precedentes, así como el Informe Nº 4482015-MEM/DGE-DCE de fecha 21 de agosto de 2015, resulta procedente declarar extinguida la servidumbre constituida al amparo de la citada Resolución Ministerial N° 305-99-EM/VME, correspondiente a la Subestación Eléctrica de Distribución N° 5175; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar extinguida la servidumbre de ocupación constituida al amparo de la Resolución Ministerial N° 305-99-EM/VME de fecha 30 de junio de 1999, correspondiente a la Subestación Eléctrica de Distribución N° 5175, sobre el predio ubicado en el Lote N° 9, Huerta Lacito, con frente a la Av. Colonial (hoy Av. Oscar Benavides 6ta. cuadra esquina Av. Ramón Cárcamo 6ta. cuadra), distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, inscrita en la Partida N° 07023856 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, liberándola del referido gravamen. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1290528-1

los proyectos que se desarrollan en el marco de la Ley General de Electrificación Rural; De conformidad con lo establecido en el inciso u) del artículo 64º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Deróguese la Resolución Directoral N° 003-2007-EM/DGE que aprobó el Reglamento Técnico "Especificaciones Técnicas y Procedimientos de Evaluación del Sistema Fotovoltaico y sus Componentes para la Electrificación Rural". Artículo 2°.- Aprobar la Norma DGE "Especificación Técnica para Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural", que forma parte de la presente Resolución y que será publicada en la página web del MEM al día siguiente de publicarse la presente Resolución. Artículo 3°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MURO ROSADO Director General Dirección General de Electricidad 1290526-1

INTERIOR
Aprueban porcentajes máximos de viáticos en función de escala detallada en el artículo 5 del D.S. N° 047-2002-PCM, para el caso de invitaciones de viajes al exterior del personal policial y civil del Sector Interior que incluyan financiamiento parcial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0570-2015-IN Lima, 22 de setiembre de 2015

Aprueban la Norma DGE "Especificación Técnica para Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 203-2015-MEM/DGE Lima, 4 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, publicada el 1º de junio de 2006, establece que los Sistemas Eléctricos Rurales deberán contar con normas específicas de diseño y construcción, para lo cual la Dirección General de Electricidad (DGE) del Ministerio de Energía y Minas emitirá las correspondientes normas de diseño y construcción a propuesta de la Dirección General de Electrificación Rural (DGER), las mismas que deberán ser actualizadas permanentemente; Que, mediante Resolución Directoral N° 0032007-EM/DGE, publicada el 21 de febrero del 2007, se aprobó el Reglamento Técnico "Especificaciones Técnicas y Procedimientos de Evaluación del Sistema Fotovoltaico y sus Componentes para la Electrificación Rural", la cual es necesario actualizarla de acuerdo a los cambios tecnológicos de sus principales componentes fotovoltaicos, considerando el mejor uso de los recursos y sin afectar los aspectos de seguridad eléctrica; Que, resulta necesario aprobarse, en reemplazo del Reglamento descrito en el considerando que antecede, la nueva Norma DGE "Especificación Técnica para Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural", constituyendo una alternativa más de energía renovable a ser utilizada en proyectos de Electrificación Rural, la cual será de cumplimiento obligatorio para

CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, el artículo 5 del citado Decreto Supremo, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establece que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas detalladas en el mencionado artículo; Que, asimismo, el segundo párrafo del artículo 5 de la norma acotada precisa que sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Oficial "El Peruano", las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 0562013-PCM, para el caso de invitaciones de viajes al exterior del personal policial y civil del Sector Interior que incluyan financiamiento parcial; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado

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