Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2015 (24/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Jueves 24 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Estando a lo acordado. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la República a la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, del 24 al 30 de setiembre de 2015 y en tanto dure la ausencia del Presidente de la República. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1291564-5

se refiere el artículo primero deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1291564-6

Autorizan viaje de la comitiva oficial y de apoyo que acompañará al Presidente de la República a EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 224-2015-PCM Lima, 23 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará del 24 al 30 de setiembre de 2015, con el objeto de asistir a la Cumbre de las Naciones Unidas para la adopción de la Agenda para el Desarrollo Post2015 y al Debate General del 70° período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se realizará en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Que, conforme con lo establecido en el artículo 10º de la Ley Nº 30281 y artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios públicos que integran la comitiva oficial y de apoyo que acompañará durante su recorrido al señor Presidente de la República en lo que respecta al Despacho Presidencial, así como el monto de los gastos que irrogará el citado viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado mediante Decreto Supremo N° 066-2006-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 082-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva oficial y de apoyo que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 24 al 30 de setiembre de 2015, la que está integrada por los siguientes funcionarios: - RICARDO JOSÉ YNOUYE ARÉVALO, Director General de Protocolo del Despacho Presidencial. - OMAR SALVATIERRA ROBLES, funcionario de la Oficina de Protocolo del Despacho Presidencial. - JAIME ANTONIO HERRERA ARCE, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios a que se refiere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 440,00 (Cuatrocientos cuarenta y 00/100 dólares americanos) por concepto de viáticos diarios por persona. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que

Autorizan viaje de miembros del equipo periodístico del IRTP a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 225-2015-PCM Lima, 23 de setiembre de 2015 VISTO: El Oficio Nº 051-2015-PE/IRTP, remitido por la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante la Resolución Legislativa N° 30342, se autoriza al Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, a salir del territorio nacional del 24 al 30 de setiembre de 2015, con el objeto de asistir a la Cumbre de las Naciones Unidas para la adopción de la Agenda para el Desarrollo Post-2015 y al Debate General del 70° período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se realizará en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; Que, en tal sentido, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de dicha actividad oficial, motivo por el cual es de interés institucional autorizar el viaje de los señores Diego Viaña Rosa Pérez, Bernabé Valenzuela Tapia y Julio Omar Figueroa Flores, miembros del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002PCM y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Diego Viaña Rosa Pérez, Bernabé Valenzuela Tapia y Julio Omar Figueroa Flores, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 24 al 30 de setiembre de 2015, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional

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