Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2015 (24/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de setiembre de 2015 /

El Peruano

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Naval que a continuación se indica, para que participen en la inspección y recepción de la Segunda Aeronave SH-2G, a realizarse en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, del 28 de setiembre al 3 de octubre de 2015; así como, autorizar su salida del país el 25 de setiembre y su retorno el 5 de octubre de 2015:
Nº 1 Grado Capitán de Fragata Nombres y Apellidos Luis Alejandro BECERRA Ramírez CIP. DNI.

Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 374-2015-DE/FAP Lima, 23 de setiembre de 2015 Visto el Oficio N° 680-2015/DP-CM/EDEC de fecha 16 de setiembre de 2015 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, el Oficio NC-60-G841-N° 1891 de fecha 16 de setiembre de 2015 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú y el Oficio NC-55-COA3-N° 2246 de fecha 18 de setiembre de 2015 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de New York - Estados Unidos de América, del 24 al 30 de setiembre de 2015; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0022015-DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de New York - Estados Unidos de América, del 24 al 30 de setiembre de 2015:
AERONAVE BOEING 737-500 FAP 356 Tripulación Principal Coronel FAP RODER MARINSON BRAVO VALERA NSA: O-9498984 DNI: 43296272 Coronel FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA NSA: O-9544187 DNI: 43412943 Comandante FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA NSA: O-9579890 DNI: 43412386 Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO NSA: O-9589691 DNI: 43623935 Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO NSA: O-9601791 DNI: 09393112 Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Abordo NSA: S-60397183 DNI: 09712366 Técnico de 1ra. FAP MANUEL ACOSTA QUISPE Abordo NSA: S-60608689 DNI: 09592586 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ NSA: C-71212382 DNI: 06565750 Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN NSA: C-71347807 DNI: 44934122 Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA NSA: C-71347907 DNI: 45555238

00917151 18081969 01004268 43313747 02908554 43385400 00066813 45026218

2 Teniente Primero Manuel Felipe SOTO Arata 3 4 Técnico 3º Sad. Luis Alberto MAYTA Yerren Oficial de Mar 2º Neiser SALAS Cabrera Mae.

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Auckland (Nueva Zelanda) - Lima US$ 3,500.00 x 4 personas US$ 14,000.00 Viáticos: US$ 385.00 x 4 personas x 6 días TOTAL A PAGAR: US$

US$

9.240.00 23,240.00

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1291562-7

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