Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2016 (06/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Miércoles 6 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

592063

la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, establece que el Estado adoptará las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, teniendo la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, el artículo 4° del referido Texto Único Ordenado dispone que las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; Que, corresponde a la máxima autoridad de la Entidad designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público, conforme a lo señalado en el literal b) del artículo 3° del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003PCM, modificado por Decreto Supremo N° 070-2013PCM; Que, en dicho contexto, mediante Resolución de Contraloría N° 529-2014-CG de fecha 29 de octubre de 2014, se designó y ratificó a los funcionarios responsables de la entrega de la información a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento, tanto en la sede central como en sus órganos desconcentrados; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 1892016-CG de fecha 28 de junio de 2016, se aprobó una nueva estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República; creándose las Contralorías Regionales como órganos desconcentrados que se encuentran bajo el ámbito de competencia de las Gerencias de Coordinación Regional, con la finalidad de contribuir activamente con el proceso de descentralización del país que nos permita una actuación oportuna y cercana al ciudadano; Que, en el proceso de implementación de la estructura orgánica y las competencias establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, respecto a la atención y entrega de la información de acceso público en virtud al TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, resulta necesario designar a los funcionarios responsables de entregar la información a que se refiere la norma antes mencionada, dejando sin efecto la Resolución de Contraloría N° 529-2014-CG; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM y sus modificatorias, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 070-2003-PCM y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Secretaria General como funcionaria responsable, en la sede central, de entregar la información de acceso público a que se refiere el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- Designar a los Gerentes de Coordinación Regional y a los Contralores Regionales, dentro de su ámbito de competencia, como funcionarios responsables de entregar la información de acceso público a que se refiere el TUO de la Ley N° 27806. Artículo Tercero.- Las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República deberán, bajo responsabilidad, facilitar la documentación y/o información solicitada por los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública, dentro de los plazos establecidos en las normas de la materia. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 529-2014-CG de fecha 29 de octubre de 2014.

Artículo Quinto.- Encargar al Departamento de Desarrollo, Procesos y Calidad la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contraloría General de la República, en lo que resulte pertinente, conforme a lo establecido en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese EDGAR ALARCON TEJADA Contralor General de la República 1400589-1

Designan funcionaria responsable de la elaboración y actualización de la información ofrecida en el Portal de Transparencia Estándar de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 345-2016-CG Lima, 5 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM, tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, según lo previsto en el artículo 5° del referido Texto Único Ordenado, corresponde a la entidad pública identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM, establece la obligación de la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad, de designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. Asimismo, en el artículo 4° se establece que dicha designación se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 0672010-CG de fecha 9 de marzo del 2010, se designó a los funcionarios responsables del contenido y la actualización de la información ofrecida vía el Portal de Internet de la Contraloría General de la República; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 189-2016CG de fecha 28 de junio de 2016, se aprobó una nueva estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República; Que, conforme a la actual estructura orgánica de este Organismo Superior de Control es necesario designar al responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar de la Contraloría General de la República, dejando sin efecto la Resolución de Contraloría N° 067-2010-CG; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM y sus modificatorias, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 070-2003-PCM y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Secretaria General como funcionaria responsable de la elaboración y actualización de la información ofrecida en el Portal de

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