Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2016 (06/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de julio de 2016 /

El Peruano

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la IX-2016 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de mayo de 2016, el Dictamen N° 029-2016-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen N° 020-2016-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas y el Dictamen N° 016-2016-MSBCDU de la Comisión de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, establecen que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, ejercen potestades tributarias para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en el numeral 3.4 del inciso 3 del artículo 70° dispone que, en materia de organización del espacio físico y usos del suelo, las municipalidades distritales, tienen funciones específicas exclusivas para disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial; Que, mediante Informe N° 054-2016-MSB-GM-GDUUPUC, la Unidad de Planeamiento Urbano y Catastro, con el visto bueno de la Gerencia de Desarrollo Urbano, ha informado que, para culminar el proceso de ordenamiento de nomenclatura y numeración del Distrito dispuesto por Acuerdo de Concejo N° 153-99-CDSB-C de fecha 22 de octubre de 1999; Ordenanza N° 259-MSB, Ordenanza N° 300-2004-MSB, que aprueba el Programa "Identifica Tu Predio" y Acuerdo de Concejo N° 083-2011-MSB-C, que aprueba la propuesta de Reajuste de la Nomenclatura Vial y Numeración con la finalidad de corregir los yerros del Registro de Nomenclatura y Vías, se hace necesario entregar el certificado de nomenclatura y numeración a los propietarios de los predios que por el ordenamiento deben modificar estos identificadores. Solicitándose de este modo, que se exonere del pago de los derechos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica en el Informe N° 124-2016-MSB-GM-GAJ ha señalado, que conforme a lo dispuesto en el numeral 3.4 del artículo 79° de la Ley N° 27972, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales disponer la nomenclatura de las calles, avenidas, jirones, pasajes, parques y plazas, así como la numeración predial; en este contexto, la Municipalidad Distrital de San Borja pretende culminar el proceso de ordenamiento de la nomenclatura y la corrección de los yerros a nivel Distrital, lo cual constituye un acto de la administración que generará impacto a los vecinos. Con el fin de causar el menor impacto posible para los administrados, corresponde la entrega de los certificados de numeración sin que activen procedimientos administrativos con carga sobre los vecinos, estando los mismos por consiguiente, exentos de pagar cualquier derecho por este concepto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9°, 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONTINUACIÓN DEL PROCESO DE ORDENAMIENTO, ACTUALIZACIÓN Y CORRECCIÓN DE YERROS DE NOMENCLATURA Y NUMERACIÓN EN EL DISTRITO DE SAN BORJA, Y DISPONE LA ENTREGA DE CERTIFICADOS DE NUMERACIÓN EN FORMA GRATUITA Artículo Primero.- DISPONER la continuación del proceso de ordenamiento, actualización y corrección de yerros de la Nomenclatura y Numeración de los predios del Distrito de San Borja, encargándose dicho proceso a la Unidad de Planeamiento Urbano y Catastro.

Artículo Segundo.- DISPONER la entrega gratuita del certificado de numeración que corresponda a los vecinos de los predios que se ubican en las vías materia de corrección o actualización, y asimismo de los certificados que deban entregarse como parte del Saneamiento Físico Legal que el Organismo de Formalización de la Propiedad Predial ­ COFOPRI realiza en el Conjunto Habitacional Torres de San Borja. Artículo Tercero.- ESTABLECER el plazo de seis (06) meses para concluir el proceso de ordenamiento dispuesto en el artículo primero. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal que haga de conocimiento al Registro Nacional de Identificación ­ RENIEC; a las empresas de servicios SEDAPAL, Luz del Sur, Telefonía y Superintendencia Nacional de Registros Públicos de la nueva Nomenclatura o Numeración que corresponda a los predios materia del proceso de ordenamiento, actualización y corrección de yerros, información que será proporcionada por la Unidad de Planeamiento Urbano y Catastro. Artículo Quinto.- DISPONER que para el cumplimiento de la presente Ordenanza, la Gerencia de Participación Vecinal coadyuve en las acciones de información y sensibilización a los vecinos del proceso de ordenamiento y saneamiento de la Nomenclatura y Numeración de predios. Artículo Sexto.- DISPONER que la Gerencia de Tecnologías de la Información viabilice a través del Sistema de Gestión Interna, la emisión automática de los Certificados de Numeración que corresponda al proceso de ordenamiento y corrección de yerros, dispuesto en la presente norma. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional y a la Gerencia de Participación Vecinal, la difusión de la presente Ordenanza, que entrará en vigencia, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Borja. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Ordenanza en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital, www.munisanborja.gob.pe Artículo Séptimo.- Dejar sin efecto la Ordenanza N° 259-MSB y toda norma que se oponga para los fines de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 1400442-1

Modifican la Ordenanza N° 526-MSB que incorporó artículos a la Ordenanza N° 306MSB y modifican Cuadro de Infracciones y Sanciones anexo de la Ordenanza N° 485MSB
ORDENANZA Nº 559-MSB San Borja, 11 de mayo de 2016. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; en la IX-2016 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de mayo de 2016, el Dictamen N° 030-2016-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen N° 003-2016-MSB-CSEG de la Comisión de Seguridad; y, CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional, las

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