Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2016 (13/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Miércoles 13 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Sector Justicia y Derechos Humanos, para el año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0158-2016-JUS Lima, 30 de junio de 2016 VISTOS: El Acta de Reunión N° 012-2016 del Comité de Inversiones de Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Sector Justicia y Derechos Humanos, para el año 2016; el Informe N° 1902016-JUS/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 673-2016-MINJUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece como una de sus funciones, la de supervisar que las acciones en materia de inversión público - privada se realicen en coordinación con la autoridad competente; Que, el Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Púbico Privadas y Proyectos en activos, en adelante Decreto Legislativo N° 1224, tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, aprobado por Decreto Supremo N° 410-2015-EF, en adelante el Reglamento, establece que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas es el instrumento de gestión elaborado, por cada Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local, que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de Asociaciones Público Privadas a fin de ser incorporados al proceso de promoción de la inversión privada en los siguientes tres (03) años de su emisión; Que, el numeral 14.2 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, dispone que la propuesta del referido Informe Multianual de Inversiones, deberá ser realizada por el órgano encargado del planeamiento del Ministerio, siendo de responsabilidad del Comité de Inversiones la elaboración oportuna del mismo; Que, la Resolución Ministerial N° 004-2016-JUS, crea el Comité de Inversiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y establece la conformación de sus miembros, quienes deberán ejercer sus funciones de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1224, y su Reglamento; Que el numeral 14.3 del artículo 14 del Reglamento, señala que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas y sus modificaciones, es aprobrado mediante Resolución Ministerial del sector, a más tardar el dieciséis de febrero de cada año; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, dispone que, durante el año fiscal 2016, la aprobación del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privada se realizará a más tardar el primer día hábil de junio; Que, por Resolución Directoral N° 002-2016-EF/68.01 se aprueban los "Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2016", que constituye una herramienta metodológica de apoyo para las entidades

públicas, que requieran elaborar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2016"; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Sector Justicia y Derechos Humanos, para el año 2016, recomendado su aprobación; Que, el Comité de Inversiones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, luego de la revisión y evaluación ha opinado que el citado Informe Multianual cumple con las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1224, en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, en los Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2016, aprobados por la Resolución Directoral N° 002-2016-EF/68.01, así como la Resolución Directoral Nº 004-2016-EF/68.01 que aprueba los Lineamientos para la Aplicación de los Criterios de Elegibilidad de los Proyectos de Asociación Público Privada, otorgando conformidad a la propuesta de Informe; Que, de acuerdo a lo expuesto, es necesario aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Sector Justicia y Derechos Humanos para el año 2016; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Sector Justicia y Derechos Humanos, para el año 2016. Aprobar el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Sector Justicia y Derechos Humanos, para el año 2016, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación El Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas del Sector Justicia y Derechos Humanos, para el año 2016, y su anexo, aprobado por la presente Resolución, será publicado en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1403442-1

Aprueban los "Protocolos de ejecución de la vigilancia electrónica personal", en el marco de la Ley N° 29499
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0163-2016-JUS Lima, 11 de julio de 2016 VISTO: El Proveído Nº 2056-2016-JUS/SG, de fecha 7 de julio del 2016, remitido por la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Informe Nº 704-2016-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente en materia de política penitenciaria;

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