Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2016 (19/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 19 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

593499

y de los programas de atención integral en el ámbito de su jurisdicción, así como de evaluar y supervisar a las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana, que constituyen instancias de gestión educativa descentralizada de dicha Dirección Regional; resuelven en segunda y última instancia administrativa los recursos de apelación interpuestos contra los actos administrativos emitidos por dichas instancias de gestión. La organización y funciones de este órgano se desarrollan en sus respectivos documentos de gestión aprobados por Resolución Ministerial; Que, con Resolución Ministerial N° 215-2015-MINEDU se aprobó el Manual de Operaciones de la DRELM, como documento de gestión de carácter técnico y normativo que establece su estructura orgánica y funciones, así como los principales procesos y productos que faciliten el cumplimiento de su objetivo y funciones. Dicho instrumento establece, también, la estructura orgánica y funciones de las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima Metropolitana; Que, el literal b) del artículo 12 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que la Carrera Pública Magisterial reconoce a cuatro (04) áreas de desempeño laboral para el ejercicio de cargos y funciones de los profesores, entre estas, el Área de Gestión Institucional, que comprende a los profesores en el ejercicio de los cargos de Director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), Director o Jefe de Gestión Pedagógica, Especialista en Educación de las diferentes instancias de gestión educativa descentralizada, director y subdirector de institución educativa; Que, mediante el Informe N° 078-2016/MINEDU/ VMGI-DIGEGED-DIFOCA de la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades de la Dirección General de Gestión Descentralizada, así como el Informe N° 36-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Método de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y el Informe N° 052-2016-MINEDU/SG-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, se sustenta la necesidad de modificar el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, con la finalidad de incluir en la DRELM, los cargos del área de gestión institucional, acordes a la Ley de Reforma Magisterial; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado con Resolución Ministerial N° 0091-2012-ED, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 042-2014-MINEDU, 171-2014-MINEDU, 251-2014-MINEDU y 051-2015-MINEDU, en los términos señalados en el Anexo de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1405715-1

Vistos, el Oficio N° 3636-2016-MINEDU/VMGIPRONIED, el Informe Nº 645-2016-MINEDU/VMGIPRONIED-OAJ, el Memorándum N° 716-2016-MINEDUVMGI-PRONIED-UGM, los Informes N° 0332016-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM-LMBF, N° 1942016-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM y N° 0012016-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DIPLAN-YLRA, los Oficios N° 1044 y N° 253-2016-MINEDU/VMGP/DIGEBR/DEI, y el Informe N° 610-2016-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; asimismo, el literal i) del artículo 80 de la citada Ley, establece que es función del Ministerio de Educación, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, a través del literal c) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autorizó al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2016, a financiar el acondicionamiento de los locales de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI) ubicados en zonas rurales, hasta por la suma de S/ 17 440 000,00 (diecisiete millones cuatrocientos cuarenta mil y 00/100 soles), los que consideran hasta la suma de S/ 1 150 000,00 (un millón ciento cincuenta mil y 00/100 nuevos soles) para el monitoreo y seguimiento de las actividades de acondicionamiento previstas; Que, el referido artículo establece que el mecanismo de desembolso será de manera directa mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación, a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado y/o docente coordinador en los casos del PRONOEI, bajo la modalidad de subvenciones. Asimismo, se establece que dicho acondicionamiento debe ser ejecutado en todas sus etapas, procesos y/o acciones, a partir de la vigencia de la referida Ley, hasta el 30 de setiembre de 2016, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; debiendo aprobarse, mediante resolución ministerial, las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el referido artículo; Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnica Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante Oficio N° 3636-2016-MINEDU/VMGIPRONIED, la Dirección Ejecutiva del PRONIED, remite los Informes N° 033-2016-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGMLMBF y N° 194-2016-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento y el Informe N° 645-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, a través de los cuales se recomienda la aprobación de la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de la infraestructura de los locales de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial ­ PRONOEI", así como la aprobación "Listado de PRONOEI que forman parte del Acondicionamiento de los locales de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial - PRONOEI", ambos en el marco de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Asimismo, los referidos informes señalan que el proyecto de norma tiene por finalidad regular

Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de los locales de los Programas No Escolarizados de Educación Inicial - PRONOEI"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 338-2016-MINEDU Lima, 18 de julio de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.