Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2016 (19/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 19 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
ENTIDAD A CARGO DE LA EVALUACIÓN

593495
PERIODO DEL PROCESO DE INTEGRACIÓN Y EJECUCIÖN



DENOMINACIÓN DEL TÍTULO HABILITANTE U OPINIÓN3 Acreditación de Disponibilidad Hídrica, con la que se cumple la Aprobación de Estudios de Aprovechamiento Hídrico para obtención de la Licencia de Uso de Agua4 Autorización para ejecución de obras de aprovechamiento hídrico. Autorización para ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas, fajas marginales o los embalses de las aguas. Autorización de uso de agua para ejecutar estudios, obras o lavados de suelos5. Autorización para vertimientos de aguas residuales industriales, municipales y domésticas tratadas. Autorización para reúso de aguas residuales industriales, municipales y domésticas tratadas. Autorización de desbosque6.

1 2 3 4 5 6 7 8

Autoridad Nacional de Agua ­ ANA

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR

A la entrada en vigencia del presente reglamento

Autorización sanitaria del sistema de tratamiento y disposición final de aguas residuales domésticas con infiltración en el terreno7. Opinión técnica favorable del sistema de tratamiento y 9 disposición sanitaria de aguas residuales domésticas y municipales, para vertimiento y reúso7. Opinión técnica favorable para el otorgamiento de autorización de vertimiento y/o reúso de aguas 10 residuales industriales tratadas: Vertimiento, Reúso, Vertimiento cero o de recirculación7 11 Estudio de Riesgo 12 Plan de Contingencia 13 Derecho de Uso de Área Acuática. Opinión técnica vinculante para el otorgamiento de 14 autorizaciones de extracción de materiales de acarreo en cauces naturales de agua.

Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria - DIGESA del Ministerio de Salud

Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN Dirección General de Capitanía y Guardacostas -DICAPI del Ministerio de Defensa Autoridad Nacional de Agua ­ ANA

Treinta (30) días hábiles a partir de la publicación del presente reglamento

3 4 5 6 7

Denominación en concordancia con el Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI. Denominación en concordancia en concordancia con la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos. Denominación en concordancia en concordancia con el Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI. Denominación en concordancia con el Decreto Supremo N° 001-2016-SA.

1406040-1

DEFENSA
Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N° 1136 - Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO Nº 007-2016-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1136 Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, se determina y regula la naturaleza jurídica, competencias, funciones y la estructura orgánica de la referida Entidad; Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1136, resulta necesario aprobar el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1136 ­ Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, y de

conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658 - Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1136 ­ Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1136 ­ Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que consta de CINCO (05) Títulos, ONCE (11) Capítulos, CUARENTA Y SEIS (46) Artículos, TRES (03) Disposiciones Complementarias Finales y DOS (02) Disposiciones Complementarias Transitorias, que como anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Publicación El Reglamento del Decreto Legislativo N° 1136 Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, aprobado por el artículo precedente, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (www.ccffaa.mil.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.